ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002395
PARTE ACTORA: JOSE RAMON GOMEZ NUÑEZ y GUSTAVO ADOLFO RAMIREZ FERNANDEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Maria Puche.
PARTE DEMANDADA: GRUPO CONTROL 2004, C.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Yolicar Morillo
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,17 de Diciembre de 2010, siendo las 11:08 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE RAMON GOMEZ NUÑEZ, GUSTAVO ADOLFO RAMIREZ FERNANDEZ y GRUPO CONTROL 2004, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece y entrega para el ciudadano Gustavo Ramírez la cantidad de cuatro mil cuatrocientos noventa y un Bolívares con dieciocho céntimos (Bs.F. 4.491,18) a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCO DE VNENZUELA signado bajo el numero: 84010054 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente y para el ciudadano José Gómez le ofrece y entregan a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera la cantidad de Dos mil setecientos nueve Bolívares fuertes con setenta y un céntimos (Bs.F. 2.709,71)en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de la pruebas a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes