REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 17 de diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: VP01-L-2010-002364
AUTO

Visto el contenido del Acta que antecede, suscrita por las partes de la presente causa (Demandante y Demandada), vale decir, por el ciudadano HUNALDO HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 13.080.577, debidamente asistido por el ciudadano Abogado WILMER SANTOS y, el ciudadano JAMES URDANETA, titular de la Cédula de Identidad No. 9.178.894, actuando en su acreditada condición de Presidente y Representante Legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y TRANSPORTE GLOBAL C.A. (TAMBIÉN CONOCIDA COMO I T G C.A.), debidamente asistido por la ciudadana Abogada ESTHER MORA, contentiva de la Transacción celebrada por las mismas, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable del referido trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA.

Se ordena el archivo definitivo del expediente y la expedición de copia certificada de las actuaciones procesales requeridas por las partes, por lo que se autoriza suficientemente al ciudadano WILLIAM SUE, para que elabore las copias fotostáticas simples que han de certificarse y las confronte con sus originales. CÚMPLASE.

El Juez


Abog. Samuel Santiago Santiago


La Secretaria


Abog. Ana Mireya Pérez