REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (02) de Diciembre de Dos Mil Diez (2010)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001985
PARTE ACTORA: ANTONIO LEAL FERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DANIELA MATOS ACOSTA
PARTE DEMANDADA: ALGOL COSMETICS IMPORT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIANA BRIÑEZ, JESUS RANGEL Y ORLANDO JIMENEZ
MOTIVO: PRESTACIONES
En el día hábil de hoy 2 de Diciembre de 2010, siendo las 11:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, presente los abogados DIANA BRIÑEZ, JESUS RANGEL Y ORLANDO JIMENEZ actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil ALGOL COSMETICS IMPORT, C.A. quienes consignaron documentos poderes en copias simples los cuales se agregaron a las actas que conforman el presente asunto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 y 200.
El Juez
El Secretario
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes
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