REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

Maracaibo, veinte de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: VP01-R-2010-000427

Se recibe el presente el asunto signado bajo el número VP01-R-2010-000427, contentivo del Recurso de Apelación interpuesto en el juicio que siguen los ciudadanos WILSON RAFEL ANTEQUERA y LUIS RAMÓN CACERES, en contra de las Sociedades Mercantiles HERMANOS PAPAGALLO, S.A. y PDVSA PETRÓLEO, S.A., proveniente del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Ahora bien, analizadas y revisadas las presentes actuaciones, esta Superioridad pudo constatar que el folio seiscientos sesenta y dos (662) corre inserto diligencia de fecha cinco (05) de septiembre del presente año, presentada por la abogada VERONICA FUENMAYOR actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada donde interpuso recurso de apelación en contra de la decisión dictada por el Tribunal A quo de fecha 14/07/2010., y la misma se recibió por su Juzgado en fecha 08/11/2010 que riela en el folio seiscientos sesenta y tres (663), y de esta misma manera en fechas 20/09/2010 y 22/09/2010 interpusieron recurso de apelación la representación judicial de la parte demandante y la codemandada respectivamente, y en fecha 16/12/2010 el Tribunal a su digno cargo procedió a pronunciar sobre las apelaciones de la parte demandante y la codemandada; en tal sentido, la presente remisión tiene fin de que sírvase de pronunciar sobre el recurso de apelación que fue interpuesto por la representación judicial de la parte demandada.

En consecuencia de lo anterior ante expuesto esta Alzada ordena la remisión inmediata al Tribunal de origen a los fines de que proceda a escuchar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Remítase.-

MIGUEL URIBE HENRIQUEZ

JUEZ SUPERIOR
MARINES CEDEÑO GOMEZ

LA SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

MARINES CEDEÑO GOMEZ

LA SECRETARIA

MUH/arv.