JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 03 de agosto de 2010
200° - 151°
Exp. N° 170-04
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente REPABE, C.A. en contra de la Resolución No. RZ-DFC-1557, de fecha 10 de octubre de 2001 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 21 de septiembre de 2009 este Tribunal homologó y dio por consumado el desistimiento del presente recurso y le dio el carácter de cosa juzgada al expresado desistimiento, ordenándose notificar de la misma.
En la misma fecha se libra oficio de notificación No. 525-2009 dirigido a la Procuradora General de la Republica y el 12 de noviembre de 2009 el Alguacil de este Tribunal de este Tribunal consignó el referido oficio de notificación recibido firmado y sellado en la oficina Regional Occidental de la Procuradora .
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 08 de diciembre de 2009.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 21 de septiembre de 2009, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
La Juez,
Dra.Maria Ignacia Añez
La Secretaria,
Yusmila Rodríguez Romero.
Resolución No. _______-2010.-
|