REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 23 de agosto 2010
200º y 151º
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JUEZ PRESIDENTE: ABOG. RUBIS GOMEZ VIVAS.
SECRETARIA: ABOG. VERONICA VALBUENA.
I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ACUSADOS: FELIPE SEGUNDO PEREZ, MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, y EVELIO PEREZ PALMAR,
DELITO: OCULTAMIENTO DE SUTANCIAS ESTUPEFACENTES Y PSICOTROPICAS
DEFENSA: ABOG. FATIMA REYES
FISCALÍA: ABOG. EDICTA QUIROGA Y ANDREA RINCON CEDEÑO, FISCAL 24 Y 24 (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.
II
ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO
Los hechos que dieron origen al presente proceso y que constituyen el fundamento de la acusación presentada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, son los siguientes: El día 05 de febrero de 2008, siendo las 03:00 horas de la mañana, encontrándose de comisión los efectivos: TTE. (GN) VÍCTOR ROA ZAMBRANO, G/NAL. NEUBAL LEÓN AVILA, G/NAL. HÉCTOR VIVAS CRUZ, G/NAL. ÓSCAR CARRASCO BRITO y G/NAL. JHONNATAN MEDINA MÁRQUEZ, adscritos al Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro. 3 de la Guardia Nacional Bolivariana, cuando realizaban patrullaje de seguridad ciudadana en el vehículo militar tipo duro placas 5-3012, dos (02) vehículos particulares perteneciente a la empresa P.D.V.S.A, siglas 21837 y 21818 y dos (02) vehículos militares tipo moto placas GN-657 y GN-668, específicamente en el Barrio Jaime Lusinchi, de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo, cuando avistaron un ciudadano con características de la etnia wayuu, que al notar la presencia de la comisión, tomo una actitud sospechosa y nerviosa, el mismo salió corriendo tratando de darse a la fuga, iniciándose una persecución, donde el referido ciudadano logro introducirse y encerrarse en una vivienda confeccionada una pieza en laminas de zinc y la segunda pieza en bloque rojo, localizada en el mismo barrio y signada con el numero de casa M18-S1A, ubicado a 150 metros del poste Nro. 51, cerca del Colegio Jaime Lusinchi. tocando en reiteradas oportunidades la puerta de la vivienda antes descrita y mencionando en voz alta que se trataba de una comisión de la guardia nacional y al ver que hacían caso omiso a nuestro llamado y no abrían la puerta, procediendo a entrar a la casa, donde se encontraban tres (03) ciudadanos (dos hombres y una mujer todos integrantes de la etnia wayuu, )efectuándole una inspección corporal a los ciudadanos del sexo masculino, solicitándole su cédula de identidad; quedando identificados como: Felipe Segundo Pérez Palmar, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.495.060, Evelio Pérez Palmar, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.946.550 y una ciudadana quien dijo ser y llamarse Maribel González Fernández (indocumentada). Seguidamente procedieron a ubicar cuatro ciudadanos para que sirvieran como testigos presénciales de la inspección de la casa antes mencionada, los mismos fueron identificados como Daniel Ernesto Rodríguez Luzardo, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.684.238; Richard Enrique Montenegro Aguilar, titular de la cédula de identidad Nro. E-83.242.550; Darío Enrique Badel Montiel, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.292.218 y Luís Javier Parra Villalobos, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.657.323, seguidamente en presencia de los ciudadanos antes mencionados procedieron a efectuar una minuciosa inspección de la casa signada con el numero M18-S1A, la cual esta constituida de la forma siguiente: una construcción de laminas de zinc de dos por dos metros cuadrados, con piso de tierra, a la cual se encuentra contigua una construcción de bloque rojo sin frisar de aproximadamente seis por cuatro metros cuadrados, con piso de tierra, justo en el centro de esta habitación pudiendo detectar que la tierra se encontraba removida, razón por la cual en presencia de los testigos procedieron a excavar en el sitio, encontrando a unos veinte (20) centímetros de profundidad aproximadamente una tapa de material plástico de color negro, que al tratar de sacarla resulto ser la tapa de un tobo de material plástico de color blanco con inscripciones en color rojo donde se puede leer aceite monogrado CF/CF-2 SAE-50 Diesel, contentiva en su interior de seis (06) envoltorios (panelas) de forma rectangular y dos (02) envoltorios (tacos) en forma cuadrada, todos forrados con una capa de papel plástico de color azul rey, seguidamente una capa de papel plástico transparente y seguidamente una capa de papel blanco amarillento, contentivos en su interior de restos vegetales de color marrón verdoso con olor fuerte y penetrante, evidencia que bajo análisis resultó ser CANNABIS SATIVA LINNE CON UN PESO NETO DE 6 KILOS CON 130 GRAMOS y 62.9 GRAMOS, respectivamente, la cual procedieron a incautar al igual que algunos objetos como un (01) peso marca el cóndor color multicolor (rojo, plateado y blanco) con su respectiva bandeja color plateado, una (01) calculadora - marca kenko color negro con plateado, un (01) rollo de cinta plástica para embalar marca Morropac, un (01) teléfono celular marca LG, modelo LG-MD185, serial 605KPRW0573414, color gris oscuro con gris batería, un (01) teléfono celular marca ZTE, modelo ZTEA37, serial 321070756059, color gris, sin batería, un (01) teléfono celular marca Telcel Neopoint INC. modelo NP1660, serial 5W366A, color gris claro con gris oscuro, con su respectiva batería, un (01) teléfono celular marca Huawei, modelo Huawei2600, serial CQ9WAA770414271, sin batería, un (01) teléfono fijo, marca Axess. TEL, modelo PX120F, serial E73227151C, color negro, con su respectiva batería, un (01) cargador de celular marca Travel Charger, modelo SA-A040-A, serial RA73024637, color negro, un (01) cargador de celular marca Travel Charger, modelo SA-MA460, serial HH-SCCOOIA. color negro, un (01) cargador de celular marca Travel Charger, modelo MOC210, serial HH-SCCOOIG, color negro, un (01) cargador de celular marca Nokia, modelo AC-2U, serial 067558066, color negro, un (01) cargador de celular ^ marca Huawei, modelo PPCA-053065U, serial TP75107523, color negro, un (01) certificado judicial y de policía del Departamento Administrativo de Seguridad de la República de Colombia, Registro T.D. NQ. 84.076.678, a nombre de Evelio Pérez Palmar, nacionalidad Colombiana, C. NQ 84.076.678, color verde oscuro, una.(Gl) cédula de identidad de la República de Colombia perteneciente a Evelio Pérez Palmar Nro -84.076.678, dos (02) cédulas de identidad de la República Bolivariana de Venezuela, ambas pertenecientes a Evelio Pérez Palmar V-24.946.550, un (01) carnet militar de las \% fuerzas militares de la República de Colombia perteneciente al ciudadano Felipe Segundo Pérez Palmar, una (01) cédula de identidad de la República Bolivariana de Venezuela perteneciente al ciudadano Felipe Segundo Pérez Palmar, V-16.495.060, una (01) tarjeta de debito del banco Industrial de Venezuela Nro 60175020208440605 624, una (01) tarjeta de debito del Banco de Venezuela Nro. 5899415323117609 912, una (01) tarjeta de debito del BOD Nro. 601400000024261915 868, siete (07) fotografías donde aparecen ciudadanos portando armas de fuego, procediendo a efectuar la detención de los ciudadanos Felipe Segundo Pérez Palmar, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.495.060, Evelio Pérez Palmar, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.946.550 y Maribel González Fernández (indocumentada).
Los hechos anteriormente narrados, a juicio de la ciudadana Fiscal Vigésima Cuarta del Ministerio Publico, permiten establecer que la conducta desplegada por los ciudadanos FELIPE SEGUNDO PEREZ, MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, y EVELIO PEREZ PALMAR, se encuadran en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el articulo 31 en su primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Trafico y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Siendo la oportunidad procesal se realizo el debate oral y publico durante los días 20-05-2010, 02-06-2010, 15-06-2010, 25-06-2010, 08-07-2010, 20-07-2010 , 02-08-2010 , 05-08-2010 Y 09-08-2010, en el cual cada una de las partes hizo uso de las facultades conferidas por la constitución y las leyes y expusieron sus argumentos de cargos y descargos.
Por su parte la Defensa en la persona de la Abogada FATIMA REYES, manifestó en la audiencia que sus defendidos eran inocentes y que los hechos imputados por el Ministerio Publico son falsos, por cuanto no hay elementos para sustentar una sentencia condenatoria, exigiendo la absolución de sus defendidos.
Al momento de conceder la palabra a los acusados, impuestos de las garantías constitucionales, manifestaron su deseo de declarar, declarando todos antes de la recepción de pruebas.
III
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE FUERON OBJETO DE JUICIO
De conformidad con lo establecido en los Artículos 354, 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal en la audiencia oral y pública la Representación Fiscal y la Defensa, presentaron las siguientes pruebas testimoniales, las cuales fueron acogidas recíprocamente por las partes, en virtud del Principio de la Comunidad de la Prueba:
1.- Con la declaración sin juramento, libre de coacción del acusado FELIPE PEREZ PALMAR, expuso: puso: Ese día yo llegue de punto fijo yo trabajo de vigilante allá, llegue a que mi hermano a las nueve de la noche nos pusimos a conversar un poco y después nos acotamos y como a las 3 de la mañana escuche un ruido me asome y abrí la puerta y vi que estaba la guardia y dijo manos arriba sino te matamos me golpeo escuche un grito de una mujer que era Maribel nos montaron en el carro y nos llevaron para el Comando.- LA FISCALIA INTERROGA 1.- Usted refiere que llego de Falcón diga la hora Contesto. 9 AM 2.- A que hora se acostó ese día, Contesto. No se estaba conversando con mi hermano.- 3.- Cuantas personas estaba con usted. Contesto: Mi hermano y yo.- 4.- Como esta construida la casa.- Contesto: Con laminas de zinc y un baño con bloque. 5.- Como era el piso Contesto: piso.- 6.- Que tamaño tiene la construcción. Contesto: Como cuatro metros.- 7.- Esa construcción tenía luz.- Contesto: Si 8.- En la parte interna había luz. Contesto. Si.- 9.- Cuantos bombillos podría haber dentro de la casa.- Contesto: una afuera y otro adentro.- 10.- En que lugar estaba la Guardia Nacional Contesto: Afuera de la casa.-11.- Características de la casa abandonada.- Contesto: No se-. 12.- Usted después que escucho el grito de una mujer escucho si había otra persona. Contesto: Escuche a Maribel.- 13.- Por que lo detuvieron,- Contesto: No nos dijeron no los dijeron aquí en el tribunal por droga.-14.- A que se dedica a su hermano.- Contesto: En la construcción. 15.- Su hermano es casado.- Contesto: Tiene un hijo.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- Evelio vive solo en su casa o acompañado.- Contesto: Con su esposa pero en ese momento no estaba,. 2.- Los funcionarios que lo golpearon son los mismo que estaba en el comando.- Contesto: No lo se.- 3.- Maribel vive a que distancia de que Evelio.-Contesto: No lo se.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1. No sabe en donde vive Maribel. Contesto: Yo conocí a Maribel en el comando yo no conocía a Maribel.
2. Con la Declaración sin juramento, libre de coacción del acusado EVELIO PEREZ PALMAR, quien una vez juramentado expuso : Eso fue el día 05-02-2008 mi hermano llego de punto fijo conversamos nos acostamos a dormir como a a las tres de la madrugada escuchamos un ruido y me asome en la puerta y la abrí vi que era la guardia nacional nos sacaron de la casa nos dieron de golpes y nos llevaron a una casa abandona nos dejaron allí con la cara tapada y ellos decían que había conseguido droga al rato escuche un grito, era Maribel pero no sabia quien era me di cuenta que era ella por que la vi en el comando. El defensor publico nos dijo aquí que estábamos preso por droga.-Es todo.- LA FISCALIA INTERROGA. 1. Que ruidos escucho.- Contesto: Tumbando la casa. 2.- En que momento vio a los guardia. Contesto: Cuando me asome para averiguar porque pensé que se metieron en la casa del vecino.- 3.- Como es la casa abandonada.- Contesto: Una casa de bloque.- 4.- Cuanto tiempo tiene abandonada.- Contesto. No lo se tiene tiempo abandonada.-5.- En que lugar de la casa lo dejo a usted y a mi hermano.- Contesto: En el patio dentro.- 6.- Que distancia hay de su casa la casa abandonada.- Contesto: Una casa.-7.- En que momento escucha los grito de una mujer.- Contesto: En la casa abandonada.- 8.- Usted conoce a la señora Maribel .- Contesto: Solo de vista, no de trato.- 9.- Cada que tiempo viene de punto fijo.-Contesto: A cada rato.- 10.- Cuanto tiempo tiene viviendo en el barrio.- Contesto: No lo se.- 11.- Cuantos tiempo tiene Maribel en el barrio. Contesto. No lo se.12.- Cuantos funcionarios de la guardia nacional estaba en el procedimiento. Contesto: No lo se.- Los funcionarios de la Guardia Nacional revisaron su casa.- Contesto: No lo se, se que hablaron13.- Podría describirnos su casa como es.- Contesto: Siete metros es el racho. 14. -Tiene algún otro tipo de construcción. Contesto: No. LA DEFENSA NO INTERROGA. EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- De quien era la casa abandonada.- Contesto: De una colombiana.- 2.- Sabe el nombre.- Contesto: Maria Quiroz. 3. Cuanto tiempo tiene abandonada.- Contesto: Cuando llegue al barrio ya estaba abandonada.- 4.- Que tiempo tiene viviendo allí.- Contesto: Tres años cuando caí preso. 5.- La casa estaba cuando usted llego allí.-Contesto: Si ya estaba abandona.- 6.- Tiene bombillo.-Contesto: Si.- 7.- La casa abandonada tienen piso. Contesto: No se.-8.- Usted no ha entrado allí. Contesto: No. 9.- En donde lo tiran al piso adentro o fuera de la casa. Contesto. Afuera.- 10.- Usted en el procedimiento no vio si los funcionarios sacaron algo. Contesto: No.
3. Con la Declaración sin juramento, libre de coacción de la acusada MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, quien expuso: Eso fue el 05-02-2008 a las tres de la madrugada estaba en mi casa llega me tocan la puerta y me pare y me tarde porque no conseguía la llave y me gritaba que abriera entonces como no abría la puerta me la tumbaron la puerta y nos dijeron que saliéramos de la casa porque iban a revisar la casa, yo le digo que, que paso y me dijeron que se había metido un malandro y les dije que los buscara se fueron y se quedo uno de los funcionarios se quedo conmigo al rato recibió una llamada el funcionario que estaba conmigo y me dijo que me iba con ellos entonces me metieron en una casa y con una manta me taparon la cabeza yo escuche que estaban golpeando a unos muchachos entonces le dije que pasaba conmigo y me dijeron que me iba a llevar a declarar como testigos.- LA FISCALIA INTERROGA. 1.- Usted antes que le tocaran la puerta escucho un ruido.-Contesto: No, solo escuche cuando tocaron la puerta.- 2.- A que distancia vive de la casa de Felipe.- Contesto :A una calle, el vive a tres casa del fondo de mi casa.- 3.- Cuantos tiempo tiene viviendo allí.-Contesto: Dos años.- 4.- Que hace usted.- Contesto: Hago chinchorro tejo.- 5.- Describa la casa de Felipe.- Contesto: Un racho de zinc.- 6.- Hay luz eléctrica en los ranchos.- Contesto: Si. 7.- Visito la casa de Evelio.- Contesto: No, he pasado solo por allí.- 8.- En algún momento llego a ver a Felipe y Evelio llegar con la guardia.- Contesto: Cuando el funcionario me llevo a una casa que tenia tiempo sola ellos estaba tirados en el piso.- 9.- Antes no lo vio. Contesto: No. 10.- Usted conocía algún guardia nacional antes de los hechos.- Contesto: No. 11.- Cuantos funcionario había.- Contesto: Cinco funcionarios. 12.- Había una persona de civil.- Contesto: No. 13-. A que distancia de la casa abandona esta la casa de Evelio.- Contesto: Una casa.- 13.- Podría describir la casa abandonada.-Contesto: De bloque de alambre de púa. 14.- En esa casa abandonada había servicio eléctrico.- Contesto: Si. 15.- Como estaba Evelio y Felipe Contesto: Ellos estaba tirado en el piso esposado y tapado.- 16.- En la casa abandonada había bombillo. Contesto: Afuera en la cerca.- 17.- A usted la maltrataron los guardia.- Contesto: Si yo o me quería montar entonces ellos me jalaron y me montaron a la fuerza.- 18.- Como era la camioneta Contesto: Dos camionetas de PDVSA.- 19.- A Evelio y Felipe se lo llevaron en que camioneta.- Contesto: Conmigo en la camioneta.- 20.- Los funcionarios llevaban algún tipo de bolso o balde.-Contesto: No.- 21.- Le informaron porque estaba detenida.- Contesto: No me tomaron en mesa y que agarra eso y que dijera que era de nosotros .- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- En que momento se dan cuenta que lo acusa por ocultamiento de droga.- Contesto: En el tribunal. 2.- En las calles puede pasar vehículo.- Contesto: Puro hueco. 3.- Como entraron la camionetas allí.- Contesto: la dejaron en la otra calle.- 4.- No había mas personas solo los funcionarios.- Contesto: Si. EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- Usted conoce a Evelio.- Contesto: El es vecino no lo trato solo lo saludo cuando paso por su casa.- 2-. Sabe usted de quien es la casa abandonada.- Contesto: Cuado legue al barrio ya la casa estaba abandonada.- 3. Cuanto tiempo tiene viviendo allí.- Contesto: Dos años.- 4.- La casa tiene bombillo.- Contesto: Afuera.- 5.- Usted estuvo atada todo el tiempo. Contesto: Si. 6.- Usted conoce al ciudadano Felipe.- Contesto: No el no vive en el barrio
4. Con la declaración de la ciudadana GLADIS GONZALEZ, quien expuso: Como a las tres de la mañana escuche un ruido de un carro y me asome salí frente de mi casa y vi una camioneta blanca que decía PDVSA frente a la casa de Maribel y cuando me puse oír por la pipa escuche un grito de Maribel González, entonces pensé que pasara con ella entonces escuche gritar a Maribel tiraron la puerta y la sacaron de la casa con su mama y se metieron a la casa. Al rato la sacaron de la casa y la llevaron a casa de Evelio los cuatro funcionarios se metieron a la casa de Evelio le tiraron la puerta también y sacaron a Evelio con su hermano Felipe con la cara tapada y esposa y los pusieron boca abajo y quedaron unos guardias cuidándolo a ellos y otros entraron al casa de Evelio Pérez y la registraron.- Es todo”.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- Cuantos funcionarios observaron en el procedimiento.- Contesto: Cinco2. Cuantos vehículo eran.- Contesto: Dos camioneta que decían PDVSA.- 3.- A que organismo pertenecía los funcionarios.- Contesto: Vestían de guardia. 4.- Algún institución publica de la casa de ellos.-Contesto: No. 5.- En el sitio e donde estaba hay electricidad.- Contesto: Si. 6.- Toda la casa tiene el mismo número o tienen numero diferentes.- Contesto: Diferentes.- 7.- Como es la casa de Felipe. Contesto Racho de techo de lamina de zinc.8.- Y los piso de que Contesto: Una casa que tipo rancho de cerca de púa.- Alambre de púa.- 9.- Puede observar de una casa a la otra.-Contesto: Es un barrio que esta todo pegado. 10.- Sacaron algo de casa de Maribel y Evelio.- Contesto: No sacaron nada solo vi que sacaron los abanicos y el chichorro. 10.- En que trabaja Maribel Contesto: En casa de familia. 11.-Y Evelio.- Contesto: En la construcción. 12.- Felipe visita eventualmente a Evelio.- Contesto: De vez en cuado.- 13.- Como es la casa abandonada.- De bloques rojos.- LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- Ese mismo tiempo tiene viviendo Maribel allí.-Contesto Si. 2. Y Evelio. Contesto: También. 3.- Usted visita la casa de Evelio.- Contesto: Si. 4.- Nos puedes decir como es la casa de Evelio. Contesto: Rancho de lámina y techo de lámina.- 5. Donde esta el baño-.Contesto: Esta afuera.- 6.- Que distancia hay de la casa de Maribel a la casa de Evelio.- Contesto: Esta al fondo de casa de Maribel. 7.- De que material es la cerca de Evelio.-Contesto: De alambre de púa.- 8.- Con quien vive Evelio.- Contesto: Con su mujer y el hijo.- 9.- Cuanto tiempo tiene ese casa abandonada.- Contesto: No se ella se fue y no volvió mas.- 10.- Esa casa tiene luz,. Contesto: No tiene luz.- 11.- Puede describir la camioneta.-. Contesto; Dos camioneta blancas que decían PDVSA.- 12.- Puede describir la casa de Evelio.- Contesto: Un racho. 13.- La puerta de acceso a la casa de Maribel como es tiene cerradura.- Contesto: Se cierra por dentro. 14.- Cuantas personas vive con Maribel. Contesto. Su mama y su hijo.-15.- Para donde se llevaron a Maribel. Contesto:. Para el frente de su casa- 16.- Llevaron a Maribel para otro lado. Contesto: Se llevaron a Maribel para casa de Evelio y la dejaron cuidando con un funcionario y después la llevaron la casa abandonada.- 17.- Observo si los guardia se llevaron alguna cosa.- Contesto: Se llevaron los corotos de casa.- 18.- Cuando los guardia se fueron a casa de Evelio se llevaron algo.- Contesto: Nada.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- Para donde se llevaron a Maribel. Contesto: A que Evelio. 2. Cuando usted dice que los maltrataron en donde lo hicieron. Contesto: En casa de Evelio.- 3.- Ha visto la casa abandonada por dentro. Contesto: No, una vez entre y no había nada y el piso es de tierra.- 4.- Cuantas casa de su casa vive Maribel. Contesto: Al lado esta mi casa y esta la de Maribel.- 5.- Usted es amiga de Evelio, Felipe y Maribel. Contesto: Si vecinos.,- 6.- Cuanto tiempo la casa esta abandonada.- Contesto: Bastante no se.- 7- La casa abandonada tiene luz. Contesto: No la vecina si que los vecinos que esta pegados si.-A
5. Con la declaración de la ciudadana MARIA DEL CARMEN PALMAR PALMAR, quien una vez juramentada expuso: Ese día vi lo que paso, eso fue en el año 2008, a las tres de la mañana escuche uno ruidos cuando tumbaron la puerta de casa de Maribel salí para ver que pasaba vi cinco funcionarios de la guardia nacional y escuche gritos, me fui para atrás del baño para ver que pasaba y vi cuando halaron a Maribel para afuera y preguntaba porque se la llevaba se la llevaron arrastrada. El hijo de Maribel llego a la casa llorando y le pregunte que porque se la llevaron y dijo que no sabía.- LA DEFENSA INGTERROGA.- 1.- Cuantos carro habían y en donde se trasladaba los funcionarios.- Contesto: Era dos camionetas blancas de PDVSA.- 2.- Cuantos funcionarios habían. Contesto: Cinco (5) funcionarios,.- 3.-Puedo ver otro funcionarios- Contesto: No. 4.- Observo que los funcionarios golpearon a Felipe, Evelio y Maribel. Contesto. Solo escuche el grito de Evelio pero si vi que golpearon a Maribel.5.- Como era la casa de Maribel.- Contesto: Piso de arena, de lamina.- 6.- Y la de Evelio. Contesto: De lamina.- 7.- Otra construcción en la casa de Evelio.- Contesto: No. 8.- Vio que fueron golpeados.-Contesto: No solo escuche los gritos de Evelio.- 9.- Dirección de casa de Maribel.- Contesto: La misma calle 51.- 10.- Que diferencia una calle.- Contesto: Pasa una casa.- 11.- Cuanto tiempo conociendo a Evelio y a Maribel. Contesto: Doce años conociendo a Maribel.12.- Cuanto tiempo tiene viviendo en el sector.-Contesto: Evelio como ocho y Maribel como diez.-13.- Cuanto tiempo tiene la casa abandonada.- Contesto: Como dos años.- 14.- Cuanto tiempo tiene en el sector.- Contesto: Ella es mi vecina a veces la voy a visitar.- 15.-Que trabaja Maribel. Contesto: En casa de familia y le gusta tejer.-16.- Y Evelio en que trabaja. Contesto: En construcción,.-17.- Con quien vive Evelio.- Contesto: Con su mujer el hijo y su hermano.- LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- Cuando sale de su casa lo hace antes o después de escuchar los gritos de Maribel. Contesto: Cuando tumbaron la puerta salí.- 2.- A que distancia vive de casa de Maribel.- Contesto: Yo vivó la fondo de casa de Maribel.- 3.-Usted para vivir allí compro. Contesto: Si.- 4.- Para donde se llevaron a Maribel.- Contesto: Para la otra casa.- 5.- A que casa se refiere.- Contesto: a casa de Evelio-. 6.- Cuando se llevan a Maribel ella tenía la cara cubierta o descubierta. Contesto: Toda.- 7.- Usted ha entrado a la casa de Evelio.-Contesto: Si.- 8.- Como es la casa.- Contesto: Lamina de techo de zinc.- 9.- Cuantas personas vive en casa de Evelio.- Contesto: Su mujer, el hijo y su hermano Felipe. 10.- Evelio y Maribel tenia amistad, Contesto: Son vecinos conocidos.- 11.- Usted en algún momento vio visitando Evelio a Maribel. Contesto: No solo son vecinos.- 12.- Felipe y Maribel se conocían.- Contesto: Si son vecinos.- 13.- Puede ver lo que pasa en casa de Evelio.- Contesto: No. 14.- Usted vive en la misma calle de Maribel. Contesto: Si-EL TRIBUNAL INTERROGA. 1.- Felipe vive con Evelio.- Contesto: Si.- 2. El vive allí.- Contesto: Si y trabaja en punto fijo ellos son hermanos.- 3.- Usted vio cuando se llevaron a Evelio y Felipe a la casa abadanada.-Contesto: No.-
6. Con la declaración de la ciudadana SUNILDA MARIA PALMAR, quien una vez juramentada expuso. El 05-02-2008 me encontraba en mi casa, a las tres de la madrugada salí para ver que pasaba y vi a Maribel que la llevaban en un carro de PDVSA con la cabeza tapada y un funcionario quedo con ella y cuatro de ellos de los funcionarios llegaron a casa de Evelio los sacaron de la casa y lo llevaron a una casa abandonada.-Es todo”.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.-Cuantos funcionarios era. Contesto: Cinco funcionarios. 2.- Que tiempo tiene conociendo a Maribel.- Contesto: Diez años.- 3.- Como es la casa de Evelio.- Contesto: Lamina de zinc- 4.- Y el Piso.-Contesto: De cemento. 5.- Como es la casa de Maribel.- Contesto: De lamina.-6.- .Y el piso de cemento o piso. Contesto: Piso.- 7.- Que trabaja Evelio. Contesto: Construcción. 8.- Y Maribel.- Contesto: En casa de familia.-9.- Tu has visitado la casas de ellos- Contesto: No.10.- Tu observaste que golpearon a lo muchachos.- Contesto: Si le echaron agua le pusieron electricidad. 11-. En ese sector entra vehículo.- Contesto: Si.- 12.- Cerca de la casa de ellos hay iglesia colegio alguna entidad publica.- Contesto: No. 13.-Cada casa tiene numero. Contesto: Si pero la mía no tiene.-14.- Cuanto tiempo tiene Evelio viviendo allí. Contesto: Maribel diez años y Evelio tiene ocho años.-15.- Usted vio si sacaron algo de casa de Maribel. Contesto: Nada.- 16.- Y de casa de Evelio. Contesto: Tampoco. LA FISCIA INTERROGA. 1. Que distancia existe entre su casa y casa de Maribel. Contesto: Tres casa ella vive al fondo de mi casa.-2.- Y que distancia hay de su casa a la Evelio.. Contesto: Evelio vive enfrente de mi casa una casa.- 3.- Tiene sistema de seguridad.-Contesto: Si, tiene pasaron por dentro. 4.- Cuando sale de su casa se llevaba a Maribel. Contesto: Si la llevaba .- 5.-Ella llevaba la cara cubierta o descubierta.- Contesto: Cubierta..- 6.- Hacia donde llevaba a Maribel. Contesto: La dejan allí.- 7.- Pudo observar cuando los funcionarios entraron a casa de Evelio.- Contesto: Si.- 8.- Ellos tocaron la puerta o la tumbaron.- Contesto: La tumbaron.-9.- Cuantos personas vive en casa de Evelio. Contesto: El vive con su mujer.- 10.- Quien mas vivía allí .Contesto: Nadie mas.- 11-.Cuantos tiempo tiene conociendo Felipe.- Contesto: Muy poco. 12.- Y Maribel y Evelio cuantos tiene conociendo. Contesto: Muy poquito.- EL TRIBUNAL INTERROGA. 1.- Usted vio cuando golpearon a los ciudadanos.-Contesto: Si. 2.- En que sitio los golpearon. Contesto: En una casa, a dos casas de su casa.- 3.- Usted vio que sacar algo de casa de Maribel o de Evelio.- Contesto: Nada-.- 4.- El señor Felipe vive con Evelio.- Contesto: No.- 5.-
7. Con la declaración del ciudadano JORGE ENRIQUE GONZALEZ PALMAR , quien una vez juramentado expuso: Primero yo estaba en casa de un hermano mío, llegaron unos funcionarios a casa de Maribel de la guardia nacional, yo estaba conversando con mi hermano con a las tres de la madrugada y nos asomamos para ver que pasaba y cuando vemos por donde queda un puente, cuando yo estaba a que mi hermano llegaron los funcionarios después que tumbaron la puerta de casa de Maribel eran cinco los funcionarios cuatro salieron de casa de Evelio, este también se asomo para ver que pasaba de los cuatro funcionarios ellos también sacaron de la casa después que lo sacaron de la casa lo sacaron con la cara tapada se lo llevaron a Evelio y a su hermano también entonces de allí se lo llevaron y de allí no se mas.-Es todo”.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1. Que tiempo tiene conociendo a Evelio y Maribel. Contesto: Como ocho años de vista no vivo en ese barrio por mi hermano que vive allí.- 2.- Se encontraba en el sitio cuando llegaron los funcionarios. Contesto: Si. 3.- Como es la casa de Evelio.- Contesto: Un rancho. 4.- De que tipo de material.- Contesto: Zinc.- 5.- Como es el Piso.- Contesto: De cemento.- 6.- La casa de Maribel como es.- Contesto: De lata 7.- Y como es Piso. Contesto: No tiene piso.- 8.- A que distancia vive Evelio de Maribel.- Contesto: 20 mts.- 9.- En la misma calle o en otra calle.- Contesto: En el fondo. 10. Que tipo de carro cargaba los guardias.-Contesto: Dos camionetas.- 11.- Que sabe usted en que trabaja Evelio.- Contesto: No se, se que sale en la mañana y llega en la tarde.- 12.- Que trabaja Maribel.- Contesto. No se.- LA FISCALIA INTERROGA. 1.- Dice que ustedes estaban haciendo vigilia. Contesto: Mi hermana .- 2.- Donde hicieron la vigilia,. Contesto: En el barrio 12 de febrero.- 3.- Cuantos funcionarios logro ver. Contesto: Cinco.- 4.- Además de los funcionario había otra personas de civil. Contesto: No. 5.- Llegaron primero a casa de Maribel. Contesto: Si.- 6.- Escucho algún ruido o algo.- Contesto: Estaban tumbando la puerta, escuche que estaba gritando. 7.- Quien gritaba.-Contesto: la mama y Maribel. 8.- Que hicieron los funcionarios de la Guardia Nacional después que sacaron a Maribel de la casa.- Contesto: Lo llevaron pa donde estaba la camioneta de la Guardia Nacional.- 9.- Al señor Evelio y Felipe vio cuando lo sacaron de la casa.- Contesto: Si- 10.- Lo llevaron a la camioneta o para otro lado a la camioneta- Contesto: Para la camioneta.- 11-. Cuando salieron de casa de Evelio llevaba algo un balde un bolso.- Contesto: No.- 12.- Los guardia llevaron algo en la casa. Contesto: No.- 13.- Usted es familia de alguno de ellos.-Contesto: No.- 14.- A visitado la casa de algunos de ellos.- Contesto: No.15.- Con que frecuencia va a casa de su hermana.-Contesto: Casi todo los días.-16.- En que trabaja usted. Contesto. En el centro.- 17.- Que tipo de negocio tiene usted en el centro.- contesto: Ropa 18.- Quien lo atiende.- Contesto: A veces yo a veces mi esposa o mi hijo.- 19.- Que hacen los guardias cuando llevan a Maribel a la camioneta.- Contesto: Los montaron-. 20.- Que paso después.- Contesto: Se fueron de allí.- 21.- A que distancia estaba usted de la casa de Maribel.- Contesto: Al fondo de la casa.- 22.- Y de la casa de Evelio.- Contesto: Estoy en el medio de la casa de los dos hay una cañada un puente 23.- De donde usted estaba se puede ver a casa de Maribel y Evelio.- Contesto. Si. 24.- Esa invasión estaba iluminada.- Contesto: Si. EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- Ubicación de la casa de Evelio y la de Maribel de donde usted estaba. Contesto: Yo estoy en el fondo de la casa de Evelio y Maribel.- 2.- Usted vio cuando sacaron a Maribel y Evelio de la casa la guardia se va.- Contesto: Se los llevaron
8. Con la declaración del funcionario JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, Funcionario adscrito a la guardia Nacional, quien una vez juramentado y puesto de manifiesto el acta Policial de fecha 05-02-2008 expuso: Nos encontrábamos de comisión 05-02-2008 a las tres de la mañana conjuntamente con cinco efectivo por la parroquia Jaime Lusinchi yo soy motorizado, observo un ciudadano en actitud sospecha al vernos el sujeto se dio a la fuga y se mete en una casa la única puerta que tiene la casa tiene un porche de lamina de zinc para poder entrar, se le dice que salga de la vivienda se le manifestó que saliera de la misma en virtud de que no sale procedimos a introducirse en la vivienda, encontramos de la presencia de tres ciudadanos dos caballeros y una dama empezamos a escarbar en el sitio en donde la tierra estaba floja empezamos a escarbar y escarbar allí había un cuñete levantamos la tapa allí encontramos unos paquetes y llevamos a los cuidadnos y nos llevamos un peso .- Es todo”.-LA FISCALIA INTERROGA. 1.- Se encuentra su firma y el sello del departamento seguridad urbana.-Contesto: Si esa es mi firma y el sello.-2.- Cuantos efectivos actuaron en el procedimiento. Contesto: Cinco 3.- Puede dar los nombres de los funcionarios.- Contesto: Si, eran Vivas, león, Carrasco y mi persona,.- 4.- Describía que quiere decir usted con actitud sospechosa.- Contesto.- El ciudadano va por la calle y ve a el funcionario se pone nervioso y corre .- 5.-Dentro de la vivienda se encontraba el ciudadano que salio corriendo.- Contesto: Si el señor que se encuentra en la sala de camisa rosada(el tribunal deja constancia que señala a Evelio Pérez 6.- Los testigos observaron que encontraron la sustancia. Contesto: Si. 7.- En su exposición escarbaron que utilizaron para escarbar.- Contesto: Una pala de madera, la pala se encontraba con arena en la pala.-8.-Cuando ingresa a la vivienda ellos estaban como parados o sentados. Contesto: Ellos estaban parados.- 9.-Dentro de la casa había mobiliario.- Contesto: Un chichorro.- 10.- Había personas de la comunidad que escucharon. Contesto: Nadie.- 11.-Pero se asomaron personas.- Contesto: Si. - LA DEFENSA INTERROGA.-. 1.- Me puedes especificar la fecha y la hora.-Contesto: Parroquia Jaime Lusinchi, el día 05-02-2008, a las tres de la madrugada.- 2.- Porque en el acta policial no identifica al cuidando en actitud sospechosa.- Contesto: cuando se hace un procedimiento y los tres resultaron detenidos por encontrársele drogas lo que se procede a describir el procedimiento la actuación - 3.-Dan las características físicas de los detenidos y ni del sospechoso.- Contesto: Los rasgos wayu no se le da importancia .- 4.- Porque lo asevera con tanta Objeción Con jugar. 5.-En que momento ubican a los testigos.- Contesto: El jefe de la comisión en el mismo momento que se introduce en la casa.- 6.-Lapso hubo que se hizo el procedimiento entre la inspección corporal y que viene sus parámetros con los testigos.- Contesto: Dos o tres minutos.- Objeción. -7.- En que tipo de vehículo se trasladaba.- Contesto: Un vehículo militar dos camionetas de PDVSA y dos motos. 8.- Cuantos vehículo había.- Contesto: Cinco. 3.- Uno por cada funcionario.- Contesto: Si. 9.- El sitio donde hicieron el operativo había luz o solo en la casa,.-Contesto: Dije que en la casa había bombillo.- 10.- Características de la casa.- Contesto: Casa de bloque rojos con un cuarto de laminas de zinc.- 11.- Sabes el nombre de los testigos.- Contesto: No lo sé.- 12.- En que fueron trasladados los testigos.- Contesto: Llegaron otros funcionarios y se llevaron en la camioneta de PDVSA .- 13.- Pidieron apoyo de funcionarios o de vehículo.- Contesto: De funcionarios.- 14.- En la carreteras del sector puede pasar vehículo.- Contesto: Hasta cierto sector vehículo de cuatro ruedas en otro sector de dos ruedas y en otro sector a pie porque hay piedras troncos.- 15.-Como son casa del sector. Laminas de zinc, de bloques rojas no son unidas las casa.- 16.- Que distancia hay de una casa a la otra.- Contesto: De nueve a ocho metros.- 17.-Como es la cerca. Contesto: Alambres de púas.- 18.-Los testigos presenciaron cuando sacaron la droga.- Contesto: Si. 19.- Como puede describir la droga.- Paneles en material azul olor penetrante así los envuelve.- 20.-Color tenia .Contesto: verde, marroncito.- 21.-Como era el cuñete.- Contesto: De color blanco letras rojas de tapa negra marca de un aceite.- 22.-Cuantos testigos asistieron.- Contesto: Cuatro testigos.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- Ciudadano con actitud nerviosa que se mete en la casa lo perdió de vista.- Contesto: No. 2.-Usted refiere en donde esta la droga. Contesto: En la de bloque rojo. Dentro de la casa además del chichorro, que otros objetos habían.- Contesto: Carnet militar colombiano, celulares, fotos de unos de los ciudadanos con armamento un peso, una calculadora, cinta adhesiva.- 4.-Donde estaba esos.- Contesto: a los lados del chinchorro. 5.-Los cuatro testigos de que sexo era.- Contesto: Cuatro hombres entre las edades 27, 33, 37 .-6.- Los testigos era de la etnia wayuu.-Contesto: No.
9.Con la declaración del ciudadano VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO, Funcionario adscrito a la guardia Nacional quien una vez juramentado y puesto de manifiesto el acta policial y expuso: salimos a la Parroquia Venancio a las tres de a mañana estando en el barrio Jaime Lusinchi un ciudadano que al anotar al presencia policial, salio corriendo el motorizado lo persigue este se mete en un rancho de color rojo tocamos la puerta en varías oportunidades, encontramos allí una mujer y dos hombre de la Ennia wayu, llame a un funcionario para que me trajera a unos testigos al llegar los testigos procedimos a realizar la inspección, al caminar siento el piso flojo y solicito que los funcionarios excaven una ves excavado, encontré un tobo con tapa negra adentro seis panelas, logramos retener un peso identificación de nacionalidad colombiana fotografías con arma de fuego tarjeta de debito teléfono celulares luego nos dirigismo al comando y luego se remitieron los detenido al Marte.- Es todo:_ LA FISCALIA INTERROGA. Fecha exacta 05-02-2008 alas tres de la mañana.- 2.- quien decide que una comisión de la GN para que salga a un patrullaje. El Superior mas antiguo.- Usted sale por motus propio o lo envía .- .- Quien estaba a cargo de la comisión. Yo estaba a cargo.- Que tipo de vehiculo utilizó -. Dos vehiculo militares tipo moto de la GN , un vehiculo duro de la GN y dos camionetas blancas de la Empresa PDVSA. Podría indicar las características del ciudadano que avistaron. Un ciudadano de la etnia wayu.- Porque lo perseguían.- Porque salen corriendo. Ustedes estaban uniformados.- Todos.- Que hace el resto de la comisión una vez que el motorizado sale persiguiendo al ciudadano. Nos vamos detrás de ellos.- Podría describir la puerta frágil Madera con metal (latas).- Quien ubica a los testigos.- Otra comisión que se encontraba a los alrededores de la curva de Molina.- Como hizo que esa comisión supiera que estaba solicitando testigos.- Tras llamada telefónicas.- En algún otro procedimiento ha presado apoyo en otra que no sea suya.- Si se solicita apoyo en un hecho sospechoso. En los casos de apoyo realizado por usted, firma el acta .- No ya que no puedo suscribir algo en lo cual no he participado.- Luego del hallazgo de la sustancia que hace.- Procedemos a verificar la cantidad, los testigos observan bien lo que se encontró.- Los testigos y los detenidos los llevaron a bordo de que vehiculo.- Una camioneta de PDVSA al igual que los testigos.- Que pudieran explicar que persona se encontraba en las fotografías portando por arma de fuego. Los ciudadanos que estaba en el inmueble.- Lograron identificar a los ciudadanos detenidos dentro del inmueble. Si usted conocía con antelación a los ciudadanos detenidos. No. Se le practico inspección corporal a los detenidos. Solo a los hombres ya que a la mujer no se pudo ya que no había una funcionaria del sexo femenino.- Que distancia había del lugar de los hechos al sitio de donde estaba los vehiculo.- 20 30 mts.- Algunas personas de la comunidad presenciaron los hechos. No ya que fue dentro de la vivienda.- Cuando hace el pesaje de la sustancia que peso utilizaron. Un peso que esta en la sala de evidencia que se utiliza para eso.- Además de estas tres persona había otra mas.- No, Como era el inmueble Construcción de bloques rojo sin frisar, piso de tierra, techo de de zinc pegado una lamina de zinc que es la cocina.- Puede describir en el interior del inmueble que había.- Ropa escaparate de plástico, Chinchorro, guindado en la pared.- LA DEFENSA INTERROGA.- Sitio en donde realiza. Barrio Jaime Lusinchi, el 05-02-2008 a las tres de la mañana, características de la casa. Un rancho de bloque color rojo sin frisar, techo de zinc. Cuantos funcionarios estaba en la comisión.- Cinco, Puede dar el nombre Vivas León Carrasqueño Medina y mi persona.- 4. ¿Tipo de vehiculo? Dos vehiculo tipo moto, un vehiculo tipo duro militar y dos camionetas de PDVSA.- Donde estaba el ciudadano que persiguieron. 200 mts del rancho. Que le hizo pensar que llevaba algo. Porque salio corriendo. Quien persigue al ciudadano Medina.- Como lo persigue, En la moto hasta donde podían andar en vehiculo luego a pie. Porque usted no dieron la características físicas.- Si de la etnia wayu.- Porque ninguno de los funcionarios ni los testigos dan las características.- La característica la colocan en la reseña del CICPC. Como me identifica a la persona que persiguieron. Se introdujo Como sabe que era.- La vimos un hombre de características wayu.- ¿Que tipo de cerca? De alambre de púa. Que distancia hay de una vivienda a otra. No mide pero 20 mts 15 mts variable. Irme con exactitud que encontraron a la vivienda. Se realizo la inspección corporal se le notamos actitud sospechosa, cuando iba caminando me hundo ordeno excavar se logro detectar un tobo: donde estaban las panelas.- Tobo con tapa negra.- Identificación del tobo. Marca de un aceite.- Que tiempo tardo la comisión para traer los testigos, 15 a 20 minutos.- La cantidad de funcionarios para realizar ese procedimiento. No lo se, que vehiculo Los asignados- recuerda los nombre de los testigos? Los 4 de sexo masculino. Se introduce a la vivienda antes o después. Los testigos presenciaron cuando encontraron la Droga. Si había luz eléctrica en la vivienda.- Adentro de la vivienda un bombillo y afuera creo que también.- Había alguna entidad publica cerca. No lo recuerdo pero en la acta policial dice los puntos e referencia.-Usted antes de entrar realizaron la inspección a otra casa. No. Cuando ustedes los detienen y lo trasladan a la camioneta se acerca algún familiar a la camioneta.- No vi otra persona.- En el momento de realizar el procedimiento ningún vecino se acerco. Alrededor nadie.- En que fue trasladado los detenidos.- Camioneta blanca de PDVSA, los testigos en otra camioneta. Que tipo de vivienda hay a los lados.-No hay.- Como estaba envuelta la droga.- Tres envoltorios de material plástico de color azul otro de color transparente y otro amarillo. De que color la droga, Marrón y verde.- El número de la vivienda en donde hicieron el operativo. No lo recuerdo, esta reflejado en el acta policial. La otra comisión que trajo a los testigos a que destacamento pertenecía. Cuantas habitaciones había en la casa.- Una sola y al lado la cocina construida de lamina de zinc.- El Tribunal Interroga.- 1.- Que muebles había en la cocina. Refrigerador tipo freezer, cocina creo que era de leña.
10. Con la declaración de la ciudadana BERENICE MAYOLA HERNANDEZ SUAREZ, quien una vez juramentada y puesta de manifiesto el resultado de la Experticia 17-03-008 con el Nro 390 expuso: Experticia botánica, resto vétales descripción microscópica presencia de los citolitos bellos transparente ambas muestras positivo observación microscópica.- Se hace Cromato capa fina tres aparato cuantificar y cualificar la muestra placas de silicagel muestra problema recorrido se arroje RF corrobora con ultra violeta apto se inyecta la a la muestra positiva para Marihuana. Certifico que es mi firma y el sello del laboratorio.-Es todo”. LA FISCALIA INTERROGA. 1.- Cuantos años tiene realizando experticias: Ocho años.- Este análisis es de certeza o de orientación. Dos pruebas.- 3.- Que esta llamado a determinar el peso de la sustancia el experto. LA DEFENSA PRIVADA INTERROGA.-. 1.-Descripción del envase en donde esta la droga.- Tobo de material sintético con tapa de prensión
11. Con la declaración del funcionario OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO, Funcionario adscrito a la guardia Nacional, quien una vez juramentado y puesto de manifiesto el acta Policial de fecha 05-02-2008 expuso: El 05-02-2008 a las tres de a mañana salio una comisión de seguridad jurisdicción del Barrio Jaime Lusinchi dos vehículo tipo moto un vehículo tipo duro y dos camionetas un ciudadano con rasgos indígenas tomo una actitud sospechosa salio corriendo se inicio una persecución a pocas metros se introdujo a una casa una de bloques rojos otros de laminas de zinc, en ver que hacia caso omiso entramos en esa vivienda se encontraba tres ciudadano una ciudadana efectivamente procedimos con el procedimiento efectuamos un chequeo a la vivienda en el cuarto de bloque, el piso de tierra como si estaba removido agarra su teléfono y hace una llamada y solicita que traigan unos testigos, llegaron los testigos, se excavo y se encontró un tobo con tapa negra, se procedió a destapar dentro del tobo había seis panelas con tirro color azul se procedió con el procedimiento delante de los testigos se le dejo que nos debería acompañar, se colecto también teléfonos celulares, baterías cedula de nacionalidad venezolano y colombiana -Es todo”.-LA FISCALIA INTERROGA.- 1- Salio a las tres de la mañana.- Vamos pasando por el sitio a esa hora.- 2-Cuantos funcionarios integraron la comisión,. 5 funcionarios.- 3.- Cuantos vehículo.- Contesto. Dos vehículos tipo moto, un tipo duro, y dos camionetas de PDVSA.-4. Usted le sigue las unidades.- Contesto: Lo seguimos hasta cierta distancia. 5.- El resto de la comisión que hizo.- Contesto: Viene atrás o nos sigue.- 6. Cual de los funcionarios le siguieron.- Contesto. No .7.- El jefe de la comisión cuando los acompaña en el procedimiento.- 8. Que hace cuando ingresa al inmueble.- Contesto. Pesquisa corporal, a la mujer se le pide la documentación.- 9.- Lograron identificar a la persona que corría- Contesto .No.- 10.- Ustedes hace la inspección del inmueble antes o después de llevar los testigos.- Contesto: Mas minuciosa cuando llegan los testigos.- 11.- Podría describir el hallazgo. Contesto: Tapa de color negro perteneciente un tobo de aceite letras decía monogrado y otra serie de seriales q no lo recuerda contenía seis panelas de presuntamente marihuana (por el olor) Contesto: los envoltorios.- 12.- Lleva a los detenidos a otro lugar.- Contesto. No.-13.- Describa el inmueble.- Contesto: Una parte de laminas de zinc específicamente de cocina porque habían platos, lo de adentro en donde se encontraba la evidencia piso de arena .-14.- Esa área tenia luz.- Contesto: Si en el centro bombillo.- 15.- Pudo observar cuantos funcionarios llegaron .- Contesto: Aparte de nosotros 4, 5 mas.-15.- Conocía con antelación a los detenidos.- Contesto. No.- 16.- Su compañeros conocía con antelación.-Contesto. No creo.17.- Quien decide la zona de patrullaje,. Contesto: Talavera Requena, hoy en día coronel. 18. Jefe de la comisión. Contesto. Roa Zambrano.19. El inmueble tenia alguna cerca o bajareque.- Contesto: La entrada.-LA DEFENSA PRIVADA INTEROGA.- 1. Específicamente hora lugar y sitio del procedimiento.- Contesto: 05-02-2008, Barrió Jaime Lusinchi.- 2.- Calle. Cerca del liceo creo que lleva el mismo nombre.-3.- .Antes de llega a la casa no visitaron otra vivienda.- No. 4. Que les hacia sospechar para pensar que algo pasaba.- Contesto: La actitud sospechosa- 5.- Cuantos funcionarios.- Contesto: Cinco- .- 6.- Que tipo de vehículo.-Contesto: Dos vehículo tipo moto, un tipo duro, y dos camionetas de PDVSA .- 7.- Quien persigue a la persona que iba corriendo.- Contesto: Fue Medina que estaba mas cerca que andaba en moto.- 8.- Los dos abandona la moto.- Contesto. Si. 9.- Quien resguardo los vehículos.- Contesto. Uno se quedan con los vehículo y el teniente viene detrás de mi.-10. En el sector había alumbrado publico.-Contesto. Si. 11.- en la vivienda.- Contesto: si. 12. Que distancia hay de una casa a otra.- Contesto. En la casa que se encontró la droga hay un terreno.- Las construcciones del sector.- 13.-- Sitio en donde ubicaron a los testigos.- Contesto. Mismo barrio.- 14.- Cuantos funcionarios llevaron a los testigos.- Contesto: No tengo el numero exacto.- 15.- Cuantos testigos era.- Contesto: Cuatro testigos.- 16.- Sabe los nombres de los testigos.- Contesto. Están plasmado en el acta.- 17.- Se acerco un vecino cuando estaba haciendo el procedimiento. Contesto. No me percate esta dentro d la vivienda.- 18.- que tipo de vivienda quedaba al lado de donde encontraron la droga.- Alrededor ranchos. EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- cual de los ciudadanos era el que iba corriendo.- Contesto. El de camisa azul el que esta al lado de la señora-2. Características de los ciudadanos testigos.- Contesto. Están plasmados en la acta 3.- Edad aproximada? treinta y seis años.
12. Con la declaración del funcionario NEUBAL LEON, quien una vez juramentado expuso: : Fuimos enviados a una comisión al Barrio Jaime Lusinchi de patrullaje, avistamos a un ciudadano de etnia wayu que salio corriendo y se introdujo en una vivienda de lata y otra d ladrillo vimos dos ciudadano y una ciudadana les hicimos un chequeo a los dos hombre se veían en el piso una tierra removida, excavamos la tierra y había un tobo con tapa negra seis panelas y dos tacos pequeños, había un peso, cinta de embalaje y procedemos a detenerlos es Todo”.- . LA FISCALIA INTERROGA. 1.- A que hora salen de comisión. Contesto: A las seis de la tarde.- 2.- Cuantos funcionarios integraron la comisión. Contesto: seis.- 3.- Cuantos vehículo integraron la comisión Contesto: Dos vehículo tipo moto, un tipo duro, y dos camionetas de PDVSA .4.- A que hora fue el procedimiento. Contesto. A las tres de la mañana.- 5.- Quien ve a las persona. Contesto. Los dos motorizados. 6. Cuanto era la vivienda. Contesto: Un rancho de lata de 2X2 y una construcción de ladrillo de 2X4.- 6.- Porque hace la inspección de la vivienda. Contesto. Por la actitud sospechosa.- 7.- Que vehículo utilizan para el traslado de los testigos. Contesto: Una camioneta de PDVSA. 8.- Quien fue que se percato de la tierra removida.- Contesto. El comandante. Usted lo lleva a otro sitio,. Contesto. No de allí al comando.- 9.- Quien excavo y que instrumento utilizaron para ellos. Contesto. Uno de los motorizados y utilizaron una pala.- 10.- Que vehículo utilizan para llevar a los testigos. El de PDVSA y lo conducía yo.- 11.- Usted lo llevas a otro sitio. No de allí al destacamento.- 12.- Que es lo que encuentra.- Un tobo tapa negra y cuatro sobre de papel amarillento.-13.- Tiene conocimiento si alguno de los funcionarios conocía a los detenidos o usted. Contesto. No. Que había en la vivienda.- Contesto: En el rancho de lata, una cocina y refrigerador. LA DEFENSA PRIVADA INTERROGA.- 1.- Quienes integraban la comisión. Víctor Roa, Medina Márquez Carrasco Brito y Héctor Viva 2.- Quien iba conduciendo las motos. Contesto: Carrasco y Medina.- 3. Había luz. Contesto: Dentro de la casa había luz en alguna parte de barrio no. 4.- En que llevan los testigos. Contesto. La comisión llevo a los testigos y se retiraron.- 5.- Donde encontraron a los testigos. Contesto. No lo se.- 6.- Como es la edad de los testigos.- Entre 30 y 40 años.- 7.- Antes de entrar a la casa ustedes visitaron otras viviendas.- Contesto. No.- 8.- Usted vieron otras personas o bienes.- Contesto. Nunca se acercaron pero a lo mejor en las casa había personas y observaron desde su casa.- 9.- Los testigos estaban presentes cuando remueven la tierra.- Contesto. Si. A que distancia te encontrabas de la persona que iba corriendo. Como 100 mts.- Existe alguna entidad publica cerca. Contesto. Un colegio. Sabe el nombre de los testigos. No, los conocí ese día .-
Se incorporaron las siguientes documentales, prescindiendo de su lectura de común acuerdo entre las partes:
1. Resultado de Experticia botánica de fecha 17-03-2008 signada con el Nro 9700-135-DT-390., suscrita por los funcionarias Lic. Rainelda Fuenmayor y Berenice Hernández.
2.- Acta Policial de fecha 05-02-2008 suscrita por los funcionarios TTE(GN) Víctor Roa, G/NAL Neubal León, G/NAL Héctor Vivas, G/NAL Oscar Carrasco y G/NAL Jonatan Medina, adscrito al Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela.
3.- Acta de Aseguramiento de Sustancia Incautada de fecha 05-02-2008 suscrita por el funcionario TTE(GN) Víctor Manuel Roa, Zambrano, adscrito al Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela.
4. Acta de Entrevista de fecha 05.02.2008 por ante el departamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela al ciudadano Darío Enrique Badel Montiel.-
5.- Acta de Entrevista de fecha 05.02.2008 por ante el departamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela al ciudadano Luís Javier Parra Villalobos.-
6.- Acta de Entrevista de fecha 05.02.2008 por ante el departamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela al ciudadano Richard Enrique montenegro Aguilar.-
7.- Acta de Entrevista de fecha 05.02.2008 por ante el departamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela al ciudadano Daniel Ernesto Rodríguez Luzardo-.
8.- Acta de Entrevista de fecha 19.03.2008 al funcionario Jhonnathan Medina Márquez adscrito al Destacamento Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela.-
9.- Acta de Entrevista de fecha 19.03.2008 al funcionario Héctor Enrique Vivas Cruz adscrito al Destacamento Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela.-
10.- Acta de Entrevista de fecha 19.03.2008 al funcionario Oscar Carrasco Brito adscrito al Destacamento Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela
IV
ANALISIS Y VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS RECEPCIONADA EN LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO
De la declaración sin juramento, libre de coacción del acusado FELIPE PEREZ PALMAR, quien durante la audiencia oral y publica manifestó que ese día llegó de punto fijo, donde trabaja de vigilante, a que su hermano a las nueve de la noche, conversaron un poco y después se acotaron y como a las 3 de la mañana, escucho un ruido abrió la puerta y observo que estaba la guardia quienes le dijeron que levantaran las manos sino los mataban, le golpearon escucho un grito de una mujer que era Maribel, los montaron y los llevaron al comando. A preguntas formuladas entre otras contesto, Usted refiere que llego de Falcón diga la hora Contesto. 9 AM Cuantas personas estaba con usted. Contesto: Mi hermano y yo.- Características de la casa abandonada.- Contesto: No se-. Usted después que escucho el grito de una mujer escucho si había otra persona. Contesto: Escuche a Maribel.- Por que lo detuvieron,- Contesto: No nos dijeron no los dijeron aquí en el tribunal por droga.- Evelio vive solo en su casa o acompañado.- Contesto: Con su esposa pero en ese momento no estaba. Testimonio que da fe a estos juzgadores en razón que es claro, no evasivo al momento de ser preguntado, aun cuando es contradictorio con lo manifestado por los acusados EVELIO PEREZ Y MARIBEL GONZALEZ, PALMAR, los cuales son desechados por el tribunal.
Declaración sin juramento, libre de coacción del acusado EVELIO PEREZ PALMAR, quien una vez juramentado durante el debate oral y publico manifestó que el día 05-02-2008, su hermano llego de punto fijo, conversaron, se acostaron a dormir, como a las tres de la madrugada escucharon un ruido y se asomo a la puerta y la abrió, observo que era la guardia nacional, los sacaron de la casa, les dieron de golpes y los llevaron a una casa abandona, los dejaron allí con la cara tapada y ellos decían que había conseguido droga al rato escucho un grito, era Maribel pero no sabia quien era, se di cuenta que era ella por que la vio en el comando. A preguntas formuladas entre otras contesto: Que ruidos escucho.- Contesto: Tumbando la casa. Como es la casa abandonada.- Contesto: Una casa de bloque.- 4.- En que lugar de la casa lo dejo a usted y a mi hermano.- Contesto: En el patio dentro. Que distancia hay de su casa a la casa abandonada.- Contesto: Una casa.-7.- En que momento escucha los grito de una mujer.- Contesto: En la casa abandonada. Cada que tiempo viene de punto fijo.-Contesto: A cada rato.- De quien era la casa abandonada.- Contesto: De una colombiana. Sabe el nombre.- Contesto: Maria Quiroz. Cuanto tiempo tiene abandonada.- Contesto: Cuando llegue al barrio ya estaba abandonada.- - Que tiempo tiene viviendo allí.- Contesto: Tres años cuando caí preso. La casa estaba cuando usted llego allí.-Contesto: Si ya estaba abandona.- Tiene bombillo.-Contesto: Si.- En donde lo tiran al piso adentro o fuera de la casa. Contesto. Afuera.- 10.- Usted en el procedimiento no vio si los funcionarios sacaron algo. Contesto: No. Testimonio al cual el tribunal no le asigna valor probatorio en razón de la contradicción existente con el acusado FELIPE PEREZ PALMAR, quien en ningún momento refiere haber sido llevado a una casa abandonada, por el contrario refiere haber escuchado cuando un ruido abrió la puerta y observo que estaba la guardia quienes le dijeron que levantaran las manos sino los mataban, le golpearon escucho un grito de una mujer que era Maribel, los montaron y los llevaron al comando, por lo que a juicio de estos juzgadores el testimonio es rendido con el solo animo de exculparse.
De la Declaración sin juramento, libre de coacción de la acusada MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, quien manifestó durante la audiencia oral y publica, que el día 05-02-2008 a las tres de la madrugada, se encontraba en su casa tocan la puerta y se para, tardo porque no conseguía las llaves y le gritaban, le tumbaron la puerta y les dijeron que salieran de la casa porque iban a revisar la casa, le dijeron que se había metido un malandro y les dijo que los buscara se fueron y se quedo uno de los funcionarios con ella, al rato recibió una llamada el funcionario que estaba con ella y le dijo que se iba con ellos entonces la metieron en una casa y con una manta le taparon la cabeza, y escucho que estaban golpeando a unos muchachos, entonces le dijo que pasaba con ella y le dijeron que la iba a llevar a declarar como testigos. A preguntas formuladas entre otras contesto: A que distancia vive de la casa de Felipe.- Contesto: A una calle, el vive a tres casa del fondo de mi casa. Cuanto tiempo tiene viviendo allí.-Contesto: Dos años. Visito la casa de Evelio.- Contesto: No, he pasado solo por allí.- En algún momento llego a ver a Felipe y Evelio llegar con la guardia.- Contesto: Cuando el funcionario me llevo a una casa que tenia tiempo sola ellos estaba tirados en el piso.- - Antes no lo vio. Contesto: No. 10.- Usted conocía algún guardia nacional antes de los hechos.- Contesto: No. Como estaba Evelio y Felipe Contesto: Ellos estaba tirado en el piso esposado y tapado.- 16.- En la casa abandonada había bombillo. Contesto: Afuera en la cerca.- 17.- A usted la maltrataron los guardia.- Contesto: Si yo o me quería montar entonces ellos me jalaron y me montaron a la fuerza.- Los funcionarios llevaban algún tipo de bolso o balde.-Contesto: No.- 21.- Le informaron porque estaba detenida.- Contesto: No me tomaron foto en la mesa y que agarra eso y que dijera que era de nosotros En que momento se dan cuenta que lo acusa por ocultamiento de droga.- Contesto: En el tribunal. Cuanto tiempo tiene viviendo allí.- Contesto: Dos años. Testimonio al cual el tribunal no le asigna valor probatorio en razón de la contradicción existente con el acusado FELIPE PEREZ PALMAR, quien en ningún momento refiere haber sido llevado a una casa abandonada, por el contrario refiere haber escuchado cuando un ruido abrió la puerta y observo que estaba la guardia quienes le dijeron que levantaran las manos sino los mataban, le golpearon escucho un grito de una mujer que era Maribel, los montaron y los llevaron al comando, considerando estos juzgadores que el testimonio es rendido con el solo animo de exculparse
De la declaración de la ciudadana GLADIS GONZALEZ, quien expuso, durante el debate oral y publico, que a las tres de la mañana escucho un ruido de un carro, se asomo salió frente a su casa y vio una camioneta blanca que decía PDVSA frente a la casa de Maribel y escucho un grito de Maribel González, escucho gritar a Maribel, tiraron la puerta y la sacaron de la casa con su mama y se introdujeron a la casa. Al rato la sacaron de la casa y la llevaron a casa de Evelio los cuatro funcionarios se metieron a la casa de Evelio le tiraron la puerta también y sacaron a Evelio con su hermano Felipe con la cara tapada y esposa y los pusieron boca abajo y quedaron unos guardias cuidándolo a ellos y otros entraron al casa de Evelio Pérez y la registraron.- Es todo”.-A preguntas formuladas entre otras contesto. Cuantos funcionarios observaron en el procedimiento.- Contesto: Cinco. Cuantos vehículos eran.- Contesto: Dos camioneta que decían PDVSA.- Como es la casa de Felipe. Contesto Racho de techo de lamina de zinc. Sacaron algo de casa de Maribel y Evelio.- Contesto: No sacaron nada solo vi que sacaron los abanicos y el chinchorro. Felipe visita eventualmente a Evelio.- Contesto: De vez en cuado.- 13.- Como es la casa abandonada.- De bloques rojos.- Que distancia hay de la casa de Maribel a la casa de Evelio.- Contesto: Esta al fondo de casa de Maribel. Llevaron a Maribel para otro lado. Contesto: Se llevaron a Maribel para casa de Evelio y la dejaron cuidando con un funcionario y después la llevaron la casa abandonada.- Observo si los guardia se llevaron alguna cosa.- Contesto: Se llevaron los corotos de casa.- Cuando los guardia se fueron a casa de Evelio se llevaron algo.- Contesto: Nada Para donde se llevaron a Maribel. Contesto: A que Evelio. 2. Cuando usted dice que los maltrataron en donde lo hicieron. Contesto: En casa de Evelio. A Cuantas casa de su casa vive Maribel. Contesto: Al lado esta mi casa y esta la de Maribel.- Usted es amiga de Evelio, Felipe y Maribel. Contesto: Si vecinos.,-.- Cuanto tiempo la casa esta abandonada.- Contesto: Bastante no se.- La casa abandonada tiene luz. Contesto: No la vecina si que los vecinos que esta pegados si.-Testimonio al que el tribunal no le asigna valor probatorio toda vez que cae en demasiadas contradicciones con su propio dicho, toda vez que en un primer momento refiere que observo cuando sacan a la acusada Maribel González, de su casa la llevan a casa de Evelio Pérez, los cuatro funcionarios se metieron a la casa de Evelio le tiraron la puerta también y sacaron a Evelio con su hermano Felipe con la cara tapada y esposa y los pusieron boca abajo y quedaron unos guardias cuidándolo a ellos, otros entraron al casa de Evelio Pérez y la registraron y no es sino a preguntas formuladas por la defensa que refiere que fueron llevados a una casa abandonada, igualmente refiere que al escuchar el ruido y se asoma observa una camioneta blanca de PDVSA al frente de la casa de la acusada Maribel González, lo cual no es referido por ninguno de los testigos escuchado por el contrario de lo largo del debate, se estableció que los vehículos no llegaban hasta el sitio incluso ni una moto, ya que los funcionarios tuvieron que realizar la persecución de uno de los acusados a pie, dejando los vehiculo a unos 15 metros del sitio, así como que los funcionarios policiales sacan de la residencia de el ciudadano Evelio y la Ciudadana Maribel, los chinchorros y abanicos lo cual no es referido por los restantes testigo, y por ultimo refiere que en el procedimiento estaban solo dos vehículos tipo camioneta de PDVSA, blanca no hace referencia a las dos motos y el vehiculo Duro perteneciente a la Guardia Nacional, por lo ante tales contradicciones a juicio de estos juzgadores el testimonio es rendido con el animo de ayudar a los acusados quienes son conocido de bastantes años.
De la declaración de la ciudadana MARIA DEL CARMEN PALMAR PALMAR, quien durante el debate manifestó que ese día vio lo que paso, eso fue en el año 2008, a las tres de la mañana escucho uno ruidos cuando tumbaron la puerta de casa de Maribel, salio para ver que pasaba, observo cinco funcionarios de la guardia nacional y escucho gritos, observo cuando halaron a Maribel para afuera y preguntaba porque se la llevaban se la llevaron arrastrada . El hijo de Maribel llego a la casa llorando y le pregunte que porque se la llevaron y dijo que no sabía. A preguntas formuladas entre tras contesto: Cuantos carro habían y en donde se trasladaba los funcionarios.- Contesto: Era dos camionetas blancas de PDVSA.- 2.- Cuantos funcionarios habían. Contesto: Cinco (5) funcionarios.-Pudo ver otro funcionarios- Contesto: No. .- Observo que los funcionarios golpearon a Felipe, Evelio y Maribel. Contesto. Solo escuche el grito de Evelio pero si vi que golpearon a Maribel. Como era la casa de Maribel.- Contesto: Piso de arena, de lamina.- 6.- Y la de Evelio. Contesto: De lamina.- Otra construcción en la casa de Evelio.- Contesto: No. 8.- Vio que fueron golpeados.-Contesto: No solo escuche los gritos de Evelio.- Cuanto tiempo conociendo a Evelio y a Maribel. Contesto: Doce años conociendo a Maribel.- Cuanto tiempo tiene viviendo en el sector.-Contesto: Evelio como ocho y Maribel como diez.-.- Cuanto tiempo tiene la casa abandonada.- Contesto: Como dos años.- Con quien vive Evelio.- Contesto: Con su mujer el hijo y su hermano. Para donde se llevaron a Maribel.- Contesto: Para la otra casa.- 5.- A que casa se refiere.- Contesto: a casa de Evelio-. 6.- Cuando se llevan a Maribel ella tenía la cara cubierta o descubierta. Contesto: Toda.- 7.- Usted ha entrado a la casa de Evelio.-Contesto: Si.- 8.- Como es la casa.- Contesto: Lamina de techo de zinc.- 9.- Evelio y Maribel tenia amistad, Contesto: Son vecinos conocidos.- 11.- Usted en algún momento vio visitando Evelio a Maribel. Contesto: No solo son vecinos.- 12.- Felipe y Maribel se conocían.- Contesto: Si son vecinos.- Felipe vive con Evelio.- Contesto: Si.- 2. El vive allí.- Contesto: Si y trabaja en punto fijo ellos son hermanos.- 3.- Usted vio cuando se llevaron a Evelio y Felipe a la casa abadanada.-Contesto: No.-Testimonio que es desechado por el tribunal por contradictorio, en razón que la misma refiere que observo cuando golpearon a la acusada MARIBEL, lo cual es desvirtuado por la acusada Maribel Palmar quien en ningún momento refiere haber sido golpeada por los funcionarios, igualmente la testigo hace referencia, a solo dos vehiculo dos camionetas Blancas de PDVSA, nunca hace referencia a las dos motos y el Vehiculo Duro perteneciente a la Guardia Nacional, lo que crea duda a estos Juzgadores que efectivamente la misma haya estado en el sitio al momento en que se realiza la detención de los tres acusado.
De la declaración de la ciudadana SUNILDA MARIA PALMAR, quien manifestó durante el debate que el día 05-02-2008, se encontraba en su casa, a las tres de la madrugada salio para ver que pasaba y observo a Maribel que la llevaban en un carro de PDVSA con la cabeza tapada y un funcionario quedo con ella y cuatro de ellos de los funcionarios llegaron a casa de Evelio los sacaron de la casa y lo llevaron a una casa abandonada. A preguntas formuladas entre otras contesto.-Cuantos funcionarios era. Contesto: Cinco funcionarios. Tú observaste que golpearon a lo muchachos.- Contesto: Si le echaron agua le pusieron electricidad. En ese sector entra vehículo.- Contesto: Si.- Usted vio si sacaron algo de casa de Maribel. Contesto: Nada.- 16.- Y de casa de Evelio. Contesto: Tampoco. Y que distancia hay de su casa a la Evelio.. Contesto: Evelio vive enfrente de mi casa una casa.- Tiene sistema de seguridad.-Contesto: Si, tiene pasaron por dentro. 4.- Cuando sale de su casa se llevaba a Maribel. Contesto: Si la llevaba .- 5.-Ella llevaba la cara cubierta o descubierta.- Contesto: Cubierta..- 6.- Hacia donde llevaba a Maribel. Contesto: La dejan allí.- Pudo observar cuando los funcionarios entraron a casa de Evelio.- Contesto: Si.- Ellos tocaron la puerta o la tumbaron.- Contesto: La tumbaron. Usted vio cuando golpearon a los ciudadanos.-Contesto: Si. 2.- En que sitio los golpearon. Contesto: En una casa, a dos casas de su casa.- 3.- Usted vio que sacar algo de casa de Maribel o de Evelio.- Contesto: Nada-.- Testimonio que es desechado por el tribunal por cuanto es desmentido, toda vez que manifiesta que a los acusados le echaron agua y le pusieron electricidad, lo cual no es manifestado por los acusados, lo que hace evidente que el mismo es rendido con el solo animo de exculpar a los acusados quienes son conocidos de muchos años.
De la declaración de JORGE ENRIQUE GONZALEZ PALMAR , quien manifestó durante la audiencia oral y publica que se encontraba en casa de su hermano , llegaron unos funcionarios a casa de Maribel de la guardia nacional, se asomaron para ver que pasaba y cuando los funcionarios después que tumbaron la puerta de casa de Maribel eran cinco los funcionarios cuatro salieron de casa de Evelio, este también se asomo para ver que pasaba de los cuatro funcionarios ellos también sacaron de la casa después que lo sacaron de la casa lo sacaron con la cara tapada se llevaron a Evelio y a su hermano también entonces de allí se lo llevaron y de allí no se mas.-Es todo”.- A preguntas formuladas entre otras contesto: Que tiempo tiene conociendo a Evelio y Maribel. Contesto: Como ocho años, de vista no vivo en ese barrio por mi hermano que vive allí..- Se encontraba en el sitio cuando llegaron los funcionarios. Contesto: Si. A que distancia vive Evelio de Maribel.- Contesto: 20 mts.- 9.- En la misma calle o en otra calle.- Contesto: En el fondo. 10. Que tipo de carro cargaba los guardias.-Contesto: Dos camionetas.- Además de los funcionario había otra personas de civil. Contesto: No. 5.- Llegaron primero a casa de Maribel. Contesto: Si.- 6.- Escucho algún ruido o algo.- Contesto: Estaban tumbando la puerta, escuche que estaba gritando. 7.- Quien gritaba.-Contesto: la mama y Maribel. 8.- Que hicieron los funcionarios de la Guardia Nacional después que sacaron a Maribel de la casa.- Contesto: La llevaron para donde estaba la camioneta de la Guardia Nacional.- 9.- Al señor Evelio y Felipe vio cuando lo sacaron de la casa.- Contesto: Si- 10.- Lo llevaron a la camioneta o para otro lado - Contesto: Para la camioneta.- 11-. Cuando salieron de casa de Evelio llevaba algo un balde un bolso.- Contesto: No.- 12.- Los guardia llevaron algo en la casa. Contesto: No.- 13.- Usted es familia de alguno de ellos.-Contesto: No.- 14.- A visitado la casa de algunos de ellos.- Contesto: No.15.- Con que frecuencia va a casa de su hermana.-Contesto: Casi todo los días.-16.- Ubicación de la casa de Evelio y la de Maribel de donde usted estaba. Contesto: Yo estoy en el fondo de la casa de Evelio y Maribel.- 2.- Usted vio cuando sacaron a Maribel y Evelio de la casa la guardia se va.- Contesto: Se los llevaron. Testimonio que es valorado por el tribunal por coincidir con el testimonio del acusado FELIPE PEREZ, en cuanto a que la acusada MARIBEL GONZALEZ y los acusados EVELIO PEREZ Y FELIPE PEREZ, son sacados de sus casa y llevados a la Camioneta blanca donde son trasladados al comando en ningún momento refieren haber sido llevados a una casa abandonada.
De la declaración del funcionarios JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, quien refirió durante el debate que se encontraban de comisión el día 05-02-2008 a las tres de la mañana conjuntamente con cinco efectivo por la parroquia Jaime Lusinchi, el conducía una moto cuando observo un ciudadano en actitud sospecha, al verlos el sujeto se dio a la fuga y se mete en una casa la única puerta que tiene la casa tiene un porche de lamina de zinc para poder entrar, se le dice que salga de la vivienda se le manifestó que saliera de la misma en virtud de que no sale procedieron a introducirse en la vivienda, encontraron a tres ciudadanos dos caballeros y una dama empezamos a escarbar en el sitio en donde la tierra estaba floja, empezaron a escarbar y escarbar allí había un cuñete levantaron la tapa allí encontraron unos paquetes y llevaron a los cuidadnos y se llevaron un peso, el cual es corroborado por los funcionarios VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO , OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO y NEUBAL LEON, por lo que este tribunal le asigna valor probatorio en cuanto a la realización del procedimiento donde son detenidos los hoy acusados.
De la declaración del funcionario VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO, quien manifestó durante el debate que salieron a la Parroquia Venancio a las tres de a mañana, estando en el barrio Jaime Lusinchi un ciudadano que al anotar al presencia policial, salio corriendo el motorizado lo persigue este se mete en un rancho de color rojo, tocaron la puerta en varías oportunidades, encontramos allí una mujer y dos hombre de la Ennia wayu, llamo a un funcionario para que trajera a unos testigos, al llegar los testigos procedieron a realizar la inspección, al caminar siente el piso flojo y solicito que los funcionarios excaven una ves excavado, encontraron un tobo con tapa negra adentro seis panelas, reteniendo un peso, identificación de nacionalidad colombiana fotografías con arma de fuego tarjeta de debito teléfono celulares luego nos dirigismo al comando y luego se remitieron los detenido al Marite, lo cual es corroborado por los funcionarios JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, , OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO y NEUBAL LEON, por lo que este tribunal le asigna valor probatorio en cuanto a la realización del procedimiento donde son detenidos los hoy acusados.
De la declaración del funcionario OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO, , adscrito a la guardia Nacional, quienes fueron contestes al afirmar que el día 05-02-2008 a las tres de a mañana salio una comisión de seguridad a la jurisdicción del Barrio Jaime Lusinchi, dos vehículo tipo moto un vehículo tipo duro y dos camionetas ,un ciudadano con rasgos indígenas tomo una actitud sospechosa salio corriendo se inicio una persecución a pocas metros se introdujo a una casa una de bloques rojos otros de laminas de zinc, en ver que hacia caso omiso entraron en esa vivienda se encontraba dos ciudadanos y una ciudadana, procedieron efectuaron un chequeo a la vivienda en el cuarto de bloque, el piso era de tierra estaba removido, el jefe agarra su teléfono y hace una llamada y solicita que traigan unos testigos, llegaron los testigos, se excavo y se encontró un tobo con tapa negra, se procedió a destaparlo, dentro del tobo había seis panelas con tirro color azul se procedió con el procedimiento delante de los testigos se le dijo que los deberían acompañar, se colecto también teléfonos celulares, baterías cedula de nacionalidad venezolano y colombiana -Es todo . Testimonio que es valorado por se corroborado por los funcionarios JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, NEUBAL LEON y VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO, por lo que este tribunal le asigna valor probatorio en cuanto a la realización del procedimiento donde son detenidos los hoy acusados.
De la declaración del funcionario NEUBAL LEON, quien refirió al rendir su testimonio en el debate, que Fueron enviados a una comisión al Barrio Jaime Lusinchi de patrullaje, avistaron a un ciudadano de etnia wayu que salio corriendo y se introdujo en una vivienda de lata y otra d ladrillo, vieron dos ciudadano y una ciudadana, le hicieron un chequeo a los dos hombre, se veían en el piso una tierra removida, excavamos la tierra y había un tobo con tapa negra seis panelas y dos tacos pequeños, había un peso, cinta de embalaje y procedieron a detenerlo. Cuantos funcionarios integraron la comisión. Contesto: seis.- A que hora fue el procedimiento. Que es lo que encuentra.- Un tobo tapa negra y cuatro sobre de papel amarillento, testimonio al cual no se le asigna valor probatorio por ser contradictorio con el testimonio de los funcionarios actuantes JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, OSCAR CARRAZCO Y VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO, en razón que el mismo refiere que la comisión la integraban 6 funcionarios y que dentro del tobo encontrado al excavar en su interior habían cuatro panelas envueltas con papel amarillento, y los mencionados funcionarios en todo momento refieren que eran una comisión conformada por cinco funcionarios y que fueron seis la panelas de droga encontradas y no cuatro.
De la declaración de la experta BERENICE MAYOLA HERNANDEZ SUAREZ, quien explica la Experticia 17-03-2008 signada con el Nº 390 , concluyendo que se trata de Dos muestra de resto vegetales, una muestra compuesta por 6 Porciones de restos vegetales compactados en forma rectangular con un peso bruto de SEIS KILOS CON 130 GRAMOS positiva para CANNABIS SATIVA LINNE ((MARIHUANA) y una segunda muestra de dos porciones de Restos vegetales, compactados de forma cuadrada con un peso bruto de 62.9 GRAMOS positiva para CANNABIS SATIVA LINNE ((MARIHUANA). testimonio que es valorado por devenir de un experto facultado para la realización de la referida experticia, y por ser obtenida conforme a los artículos 197,198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el dictamen pericial de fecha 17-03-2008 signada con el Nro 9700-135-DT-390, por reunir los requisitos señalados en los articulo 238 y 239 Ejusdem, con lo cual quedo demostrada que la sustancia incautada en el procedimiento donde son detenidos los acusado EVELIO PEREZ, FELIOE PEREZ Y MARIBEL GONZALEZ, la cual arrojo como resultado SEIS KILOS CON 130 GRAMOS Y 62.9 GRAMOS de CANNABIS SATIVA LINNE ((MARIHUANA).
Acta Policial de fecha 05-02-2008 suscrita por los funcionarios TTE(GN) Víctor Roa, G/NAL Neubal León, G/NAL Héctor Vivas, G/NAL Oscar Carrasco y G/NAL Jonatan Medina, adscrito al Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela, la cual es valorada por deponer durante el debate los funcionarios que la suscriben.
Acta de Aseguramiento de Sustancia Incautada de fecha 05-02-2008, suscrita por el funcionario TTE(GN) Víctor Manuel Roa Zambrano, adscrito al Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nº 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela, la cual no es valorada por el tribunal por cuanto el funcionario que la suscribe Víctor Manuel Roa, no la ratifica ni depone sobre ella.
Acta de Entrevista de fecha 05-02-2008, rendida por ante el departamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nº 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos Darío Enrique Badel Montiel, Luís Javier Parra Villalobos, Richard Enrique montenegro y Daniel Ernesto Rodríguez Luzardo, las cuales no son valoradas por cuanto quienes la suscriben, no comparecieron al juicio oral y publico, impidiendo el contradictorio de la prueba y valorar la misma iría contra el principio de oralidad e inmediación regentes del procedimiento oral y publico
Acta de Entrevista de fecha 19.03.2008 al funcionario Jhonnathan Medina Márquez, Oscar Carrasco Brito adscrito al Destacamento Seguridad Urbana del Comando Regional Nº 3 de la Guardia Bolivariana de Venezuela, las cuales no son valoradas por cuanto son valorados los testimonios de quien las suscribe.
V
DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS
De las declaraciones de los funcionarios, JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, NEUBAL LEON , VICTOR MANUEL ROA y ZAMBRANO OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO, todos adscrito a la Guardia Nacional, se desprende que fueron los funcionarios que en fecha 05-02-2008 realizaron la detención de los hoy acusados en fecha 05-02-2008, específicamente en el Barrio Jaime Lusinchi, de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo, lo cual es corroborado por el acusado FELIPE PEREZ Y el ciudadano JORGE ENRIQUE GONZALEZ PALMAR, quienes son contestes en afirmar que el día 05-02-2008, los ciudadano EVELIO PEREZ, FELIPE PEREZ Y MARIBEL GONZALEZ, son detenidos por cinco funcionarios de la guardia nacional y llevados al comando policial, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio constituido Unipersonal , en audiencia oral y pública, dando cumplimiento a los principios y garantías previstas en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un juicio previo y un debido proceso, así como también observando las formalidades previstas para la realización de este acto y en aras de lograr la finalidad el proceso, de conformidad con el Artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal; luego de haber apreciando los alegatos y las pruebas incorporadas válidamente en juicio por las partes según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, según lo establecido en el Artículo 22 del Código Adjetivo Penal, considera probado los siguientes hechos:
Que el día 05-02-2008, los funcionarios JHONNATHAN EDUARDO MEDINA MARQUEZ, NEUBAL LEON , VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO y OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO, adscritos a la Guardia Nacional, realizaron un procedimiento, específicamente en una vivienda ubicada en el Barrio Jaime Lusinchi, de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo, encontraron unos paquetes contentivos en su interior de CANNABIS SATIVA LINNE (MARIHUANA), con la declaración de los funcionarios VICTOR MANUEL ROA ZAMBRANO, JHONNATHAN EDUARDO MEDINA y OSCAR YGNACIO CARRASCO BRITO, quienes son contestes en afirmar que el día 05-02-2008, salieron de comisión al Barrio Jaime Lusinchi de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo, de esta ciudad cuando observan un sujeto que al notar la presencia policial corre introduciéndose en una vivienda de las denominadas rancho, en la cual son incautados varios paquetes contentivos en su interior de CANNABIS SATIVA LINNE (MARIHUANA), y con la declaración de la experta BERENICE MAYOLA HERNANDEZ SUAREZ quien concluye en su experticia que las muestras incautadas en el procedimiento eran una de SEIS KILOS CON 130 GRAMOS compactados seis porciones de restos Vegetales en forma rectangular positiva para CANNABIS SATIVA LINNE ((MARIHUANA) y una segunda muestra de dos porciones de Restos vegetales, compactados de forma cuadrada con un peso bruto de 62.9 GRAMOS positiva para CANNABIS SATIVA LINNE (MARIHUANA).
No obstante, a juicio de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio constituido en forma unipersonal, no se demostró en forma alguna durante la audiencia de Juicio Oral que las personas detenidas residieran en la casa donde es encontrada la droga, ni mucho menos se demostró durante la audiencia de juicio que los acusados fueran detenidos en la casa donde es incautada la droga, llamando la atención a esta Juzgadora no solo que los testigos del procedimiento no acudieran al juicio sino que no fue posible ubicar una sola de las direcciones, incluso por el propio organismo que presuntamente hace el reclutamiento de los testigos instrumentales, aunado a esto se desprende del propio dicho de los funcionarios que fueron incautados teléfonos celulares, no desprendiéndose de la investigación que existan otros medios de pruebas como relación de llamadas que vinculen a los acusados con el delito de Ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como tampoco Movimientos Bancarios de los acusados que hagan presumir su participación en el hecho imputado, llamando igualmente la atención a esta juzgadora que una persona que se sepa incursa en un tipo de delito como este al percatarse de la presencia policial corra al sitio donde supuestamente tiene oculta la Droga, todo lo cual crea duda a esta juzgadora, siendo procedente la aplicación del indubio Pro Reo.
En este sentido, una vez valorado los medios de pruebas y todas las circunstancias de hecho y de derecho surgidas del debate, este Tribunal Unipersonal, concluye , que no existen medios de pruebas suficientes que permitan acreditar con certeza la comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el articulo 31 en su primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Trafico y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, que origino la apertura del presente juicio, así como la participación de los hoy acusados, toda vez que testigos promovidos por la representación Fiscal fueron solo funcionarios policiales lo cual constituye un solo indicio, toda vez que los testigos Darío Enrique Badel Montiel, Luís Javier Parra Villalobos, Richard Enrique montenegro y Daniel Ernesto Rodríguez Luzardo, no comparecieron al juicio oral y publico, no siendo posible ubicar las dirección de los mismos , impidiendo el contradictorio de la prueba, de los cuales infiere este Tribunal que no hay relación de causalidad entre el delito y los acusados MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, EVELIO PEREZ, y FELIPE PEREZ, por lo que no consigue, este Juzgado Unipersonal , elementos de convicción suficientes, que le permitan determinar, sin que medie duda alguna, que los ciudadanos MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, EVELIO PEREZ, y FELIPE PEREZ, sea responsable, de la comisión del delito por el cual lo acusa la ciudadana Fiscal Vigésima Cuarta del Ministerio Público, de forma que este Tribunal considera, que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público no logro desvirtuar el principio de presunción de inocencia que constitucionalmente asiste a los acusados.
En este sentido es apropiado señalar la opinión de las autoras Nelly Arcaya de Landàez y Leoncy Landàez Arcaya, quienes en su obra titulada “Comentarios al Nuevo Código Orgánico Procesal Penal” Editorial Vadell Hermanos segunda Edición. Caracas -Venezuela –Valencia. 2002. Págs. 54 y 55 transcribe textualmente:
“Al aplicar el In Dubio Pro Reo, no se declara en modo alguno la inocencia del Procesado, por cuanto el Juez solo reconoce la falta de certeza acerca de la culpabilidad o de la inocencia”.
Es importante resaltar que en el proceso penal, en especial el sistema acusatorio como el nuestro, tiene como característica la unilateralidad de la carga de la prueba, la cual se concentra en cabeza de la parte acusadora, como consecuencia del principio de Presunción de Inocencia e in dubio pro-reo, que exige que toda imputación de delito debe ser plenamente probada más allá de la duda razonable, por el contrario el acusado no tiene la obligación de probar su inocencia. Por lo que la carga de la prueba es el presupuesto esencial de la actividad probatoria, es el fundamento de su existencia, por ende en el proceso penal no existe contradictorio, si la parte acusadora no desarrollan la mínima actividad probatoria, que anule la presunción de inocencia para poder concluir con una declaración de culpabilidad como lo es la sentencia condenatoria. Siguiendo con lo expuesto considera este Tribunal Unipersonal, que si bien es cierto durante el debate se ventilaron situaciones que no quedaron claras, no es menos cierto que la presente decisión se toma en consideración a las pruebas traídas al juicio, para llegar de esta manera a una verdad procesal, por lo que, ante la imposibilidad de Ministerio Público de probar la relación de causalidad o vinculación del acusado con el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , por el que fue presentada formal acusación se produce la ausencia objetiva de la participación del acusado y persiste el principio de presunción de inocencia por la falta de medios de pruebas contundente, en consecuencia este Tribunal Unipersonal considera que la sentencia dictada en la causa seguida a los acusados EVELIO PEREZ, FELIPE PEREZ Y MARIBEL GONZALEZ , en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el articulo 31 en su primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Trafico y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, ha de ser de INCULPABILIDAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE
VI
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO QUE MOTIVARON LA DECISIÓN
De las pruebas, validamente recibidas en la Audiencia de Juicio Oral y Público, apreciadas por este Juzgado Cuarto de Juicio, constituido en Unipersonal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, considera este Tribunal que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público no logro de desvirtuar el principio de Presunción de Inocencia que consagrado tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como en el Código Orgánico Procesal Penal en favor de cualquier persona y muy particularmente en este asunto a favor de los acusados de las actas EVELIO PEREZ, FELIPE PEREZ Y MARIBEL GONZALEZ
Sobre el Derecho aplicable el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra:
“El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia: ….2.- Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario…”.
Por su parte el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal establece:
“PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: Cualquiera a quien se le impute la comisión de un hecho punible tiene derecho a que se le presuma inocente y a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante sentencia firme.”
Ahora bien, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio, constituido Unipersonal , luego de haber deliberado de conformidad con las normas establecidas en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal y haber analizado todas y cada una de las pruebas validamente recibidas en la Audiencia de Juicio Oral y Privado, apreciadas por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el derecho aplicable, considera que los acusados EVELIO PEREZ PALMAR , FELIPE PEREZ PALMAR Y MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, SON INCULPABLES de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 en su primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Trafico y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
VII
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos, DECLARA: INCULPABLE, y en consecuencia, ABSUELVE a los acusados MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, Venezolana, Natural de Cojoro Municipio La Guajira del Estado Zulia, 39 años , Soltera, fecha de Nacimiento 20-11-71, Artesana. Hija de José Fernández (d) y Maribel González (v) indocumentada y residenciado barrio Jaime Lusinchi calle 51F, Nro 104ª-27 casa sin numero Parroquia Ildefonso Vásquez EVELIO PEREZ PALMAR, Venezolano, natural Maracaibo. Estado Zulia, 32 años de edad, Concubino, 24946550, Fecha de Nacimiento 01-08-77, hijo de Alberto Pérez (v) y María Antonia Palmar (v) y residenciado Barrio Jaime Lusinchi, calle 51G Nro 104 -06Parroquia Idelfonso Vásquez y FELIPE SEGUNDO PEREZ PALMAR, Venezolano , Natural Maracaibo-Estado Zulia, 37 Años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro 6.495.060, Soltero, de profesión u oficio Vigilante fecha de nacimiento 24-04-74, hijo de Alberto Pérez (v) y Marua Antonia Palmar, y reside La cañada de Urdaneta una parcela san Guineo cerca de la Hacienda Rodegon , Municipio La Cañada de Urdaneta, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 EN SU PRIMER APARTE cometido en perjuicio del Estado Venezolano y SEGUNDO: Se acuerda la libertad plena de los acusados MARIBEL GONZALEZ FERNANDEZ, EVELIO PEREZ PALMAR, Y el cese de toda medida cautelar que pesa sobre FELIPE PEREZ PALMAR que hubiere sido decretada con motivo del presente proceso y este sentido se acuerda oficiar a los cuerpos de seguridad para notificar la presente decisión.
El tribunal se acogió al lapso previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, para la publicación del texto íntegro de la Sentencia, dado lo avanzado de la hora. La parte dispositiva de la anterior sentencia fue leída el día 09 de agosto 2010, en la Sala de Audiencias No. 11 del Palacio de Justicia de esta ciudad.
Conforme a lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el citado artículo 367 Ejusdem, se exime a los acusados de las Costas Procesales.
Publíquese y Regístrese la presente sentencia, déjese copia certificada en los archivos de este Despacho
Dada Firmada y Sellado en Maracaibo a los veintitrés días del mes de Agosto de dos mil Diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la federación.
A JUEZ CUARTA DE JUICIO.
ABOG. RUBIS GOMEZ VIVAS
LA SECRETARIA
ABOG. VERONICA VALBUENA
En esta misma fecha y conforme a lo ordenado se dio cumplimiento, quedando registrada la presente Sentencia con el No.049-10, en el libro de Decisiones Definitivas llevadas por este Tribunal.-
LA SECRETARIA
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