REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 26 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2010-005391
ASUNTO : VP11-P-2010-005391
CAUSA N° VP11-P-2010-005391 DECISIÓN N° 4C-1390-2010
Vista la comunicación N° 24-FS-UAV-834-2010, de fecha 25-08-2010, emanada de la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual remite solicitud MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de la ciudadana MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8504046, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6338458, JENNYS TADEA DÍAZ MARTINEZ, venezolana, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7976769, de 42 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6120496, y MARIBEL ANTONIA CARRILLO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7961103, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, domiciliadas en la Carretera H, Sector Delicias Nuevas, Diagonal al Hotel Costa Sol, Número 195, sede del Ministerio Público en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, consistente en la Custodia Personal Permanente por el lapso de SEIS (6) MESES en la siguiente dirección: 1.- Lugar de Residenciadas Carretera H, Sector Delicias Nuevas, Diagonal al Hotel Costa Sol, Número 195, sede del Ministerio Público en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, teléfonos números 0414-6338458, y 0414-6120496, para decidir observa:
DE LA SOLICITUD DEL MINISTERIO PÚBLICO
Observa este Tribunal, que la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia solicita, mediante su comunicación N° 24-FS-UAV-834-2010, de fecha 25-08-2010, MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de las ciudadanas MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8504046, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6338458, JENNYS TADEA DÍAZ MARTINEZ, venezolana, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7976769, de 42 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6120496, y MARIBEL ANTONIA CARRILLO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7961103, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, consistente en la Custodia Personal Permanente en la siguiente dirección: 1.- Lugar de Residenciadas Carretera H, Sector Delicias Nuevas, Diagonal al Hotel Costa Sol, Número 195, sede del Ministerio Público en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, teléfonos números 0414-6338458, y 0414-6120496, y que la protección sea cumplida por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cabimas; quienes son victimas a consecuencia de los hechos ocurridos y que guardan relación con la investigación que cursa ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas N° I-572.750, llevada por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a raíz de la denuncia común interpuesta por la ciudadana DEISY MARIA SANCHEZ ADRIANZA ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas, donde expone los hechos acaecidos el día 25-08-2010, que al momento de bajar del Edificio donde se encuentra la sede del Ministerio Público de este Municipio Cabimas, fue abordada por personas desconocidas que iban en un carro y el que iba en la parte trasera le dice que se monte y la sorprendió y no le hizo caso y como veían que no les hacia caso se bajó un sujeto que iba en la parte trasera del lado del copiloto y la monta a la fuerza, cerraron la puerta y arrancan a alta velocidad, y le decían baja la cabeza, y le piden el celular para ver los números y le pregunta por el nombre de la chiquita que había saludado en el estacionamiento de la Fiscalía, sin decirles nada y la gritaban mucho para intimidarla, conversaban en clave y no les entendía nada y luego la dejaron abandonada, y a preguntas formuladas contestó que la persona a la que ella había saludado en el estacionamiento de la Fiscalía era la Dra. María Eugenia Dupuy, asimismo contestó que ella viene a visitar a la Dra. María Eugenia Dupuy para saludarla y aprender un poco a ya que estudia Derecho en la URBE; luego de iniciada ésta investigación, que adelantan en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas, y que a solicitud de las mencionadas ciudadanas, siendo las circunstancias planteadas una presunción fundamentadas de un peligro cierto para la integridad de una persona así como la inminentes amenazas que atentan contra la vida de las ciudadanas MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, JENNYS TADEA DÍAZ MARTINEZ, y MARIBEL ANTONIA CARRILLO, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 118 y 120.3 del Código Orgánico Procesal Penal.--------------
DE LOS FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL
Observa este Tribunal, una vez leída la solicitud realizada puede constatarse que efectivamente se esta en presencia de un hecho en el cual se ve amenazada la integridad física de las ciudadanas MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8504046, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6338458, JENNYS TADEA DÍAZ MARTINEZ, venezolana, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7976769, de 42 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6120496, y MARIBEL ANTONIA CARRILLO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7961103, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en tal sentido de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 118 y 120.3 del Código Orgánico Procesal Penal, es procedente en derecho otorgar en los términos solicitados la MEDIDA DE PROTECCIÓN, consistente en la Custodia Personal Permanente en la siguiente dirección: 1.- Lugar de Residenciadas Carretera H, Sector Delicias Nuevas, Diagonal al Hotel Costa Sol, Número 195, sede del Ministerio Público en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, teléfonos números 0414-6338458, y 0414-6120496, la protección será cumplida por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas; es por ello que la Custodia Personal Permanente por el lapso de SEIS (6) MESES; por encontrarse un peligro cierto para la integridad de una persona así como la inminentes amenazas que atentan contra la vida de las ciudadanas, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, en concordancia con los artículos 23, 118 y 120.3 del Código Orgánico Procesal Penal, y es deber de esta Juzgadora de garantizar la vigencia de sus derechos y el respeto. Protección y reparación de los mismos. Y ASI SE DECLARA.------------------------------
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA MEDIDA DE PROTECCION de las ciudadanas MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8504046, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6338458, JENNYS TADEA DÍAZ MARTINEZ, venezolana, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7976769, de 42 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, teléfono número 0414-6120496, y MARIBEL ANTONIA CARRILLO, venezolana, casada, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 7961103, de 43 años de edad, profesión u oficio Abogada Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, consistente en Custodia Personal Permanente en la siguiente dirección: 1.- Lugar de Residenciadas Carretera H, Sector Delicias Nuevas, Diagonal al Hotel Costa Sol, Número 195, sede del Ministerio Público en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, teléfonos números 0414-6338458, y 0414-6120496, y que la protección será cumplida por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas, por encontrarse amenazada su integridad física, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, en concordancia con los artículos 23, 118 y 120.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir la presente medida en sobre sellado a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cabimas. Regístrese, Publíquese, Ofíciese y Remítase.-
LA JUEZA CUARTO DE CONTROL
DRA. EGLEE RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABOGADA ZOILA PADRON GRATEROL
En la misma fecha se dio cumpliendo a lo ordenado en esta decisión y se registra bajo el N° 4C-1390-10.-
LA SECRETARIA
ABOGADA ZOILA PADRON GRATEROL
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