REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, veintisiete (27) de Agosto del año 2010
200° y 151°

Decisión N°1018 Causa N°3C-913-09

Visto y estudiado el escrito presentado por la Abogada MARÍA EUGENIA DUPUY ACURERO, en su condición de Fiscal Quinta (A) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, donde solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de los ciudadanos DANY HINESTROZA y ANDERSON ANDRADE; todo con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado por esa representación del Ministerio Publico, a criterio de este Juzgador no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 Ejusdem, por encontrarse debidamente fundamentado, y en razón de haber transcurrido más de diez (10) año y siete (07) meses desde que se cometió el delito, dificultando así la ubicación de las victimas y que éstas puedas aportar nuevos elementos. De lo ante expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:

Del estudio de las presentes actuaciones que conforman la investigación, no existe el objeto material pasivo del delito, en virtud de no riela en actas el respectivo reconocimiento Médico Legal, efectuado a las victimas del hecho, en tal sentido, no se observa ningún elemento concreto que comprometa la responsabilidad penal de persona alguna, razón suficiente para que este Juzgador considere procedente y ajustado a Derecho Decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, todo de conformidad con lo dispuestos en el ordinal 1º del artículo 318 Ejusdem. ASÍ SE DECLARA.-

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de los ciudadanos DANY HINESTROZA y ANDERSON ANDRADE; todo de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese, déjese copia en archivo, y remítase al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.
Juez Tercero de Control,

Dr. JESÚS ENRIQUE RINCON.
La Secretaria,
Abog. KAREN MATA PARRA
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N°1018-10, y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación según Oficio N°3788-10.-

La Secretaria,
Abog. KAREN MATA PARRA
JER/edward*