Exp N° 47.378/ac
Parte Actora: CRISALINA VICTORIA LUBO PIRELA y CRISALIDA MARÍA LUBO PIRELA
Parte Demandada: PABLO, FELIX, RAFAEL, DOMINIC y DANIEL ANDRADE GONZÁLEZ y TERESA GONZÁLEZ DE ANDRADE
Motivo: NULIDAD DE VENTA






JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 13 de agosto de 2.010
200° y 151°

Visto el anterior desistimiento debidamente homologado por resolución dictada en esta misma fecha y vista la diligencia suscrita por la parte actora en fecha 06 de agosto del año en curso por las ciudadanas CRISALIDA MARÍA LUBO PIRELA y CRISALINA VICTORIA LUBO PIRELA debidamente asistidas por el abogado en ejercicio JOSÉ ANGEL FERRER ROMERO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.917 en cual solicitan se suspenda la medida decretada en la presente causa y se oficie a las entidades correspondientes, este tribunal visto lo solicitado por la parte actora provee de conformidad con lo solicitado y en consecuencia se ordena suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 29 de enero de 2.010 y participada al Registrador Subalterno del Tercer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia según oficio No. 0126-2.010 y en tal sentido se ordena oficiar al Registro Subalterno antes mencionado a los fines de informarle de la suspensión de la medida antes referida acompañándole copia de la homologación dictado en esta misma fecha y del presente auto. OFICIESE.
LA JUEZA:



ABG. HELEN NAVA DE URDANETA (MSc)
LA SECRETARIA:

ABG. LAURIBEL RONDON ROMERO

En la misma fecha quedó anotado bajo el No 2617 y se oficio bajo No. 1319-2.010

LA SECRETARIA: