EXP-3754 Sent- 10.691
JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo once (11) de Agosto del año dos mil diez 2010.
200° y 151°.-
Por cuanto el Tribunal observa que a los folios 63, 66 y 69 y 70 de la presente solicitud se encuentran agregadas la copias certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos KEYLA DEL MUÑOZ GUTIERREZ y WILMER EDUARDO MUÑOZ GUTIERREZ y constancia de no existencia de la partida de nacimiento de la ciudadana LILEY DEL VALLE MUÑOZ GUTIERREZ, dando así cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 22-06-10, se admite la presente solicitud por cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, Ha ocurrido por ante este Tribunal, la ciudadana MILDRED ISABEL MUÑOZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-7.716.458, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida en ese acto por el Abogado en ejercicio GERARDO CHACON ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 105.332. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto., y solicita se les declaren las anteriores diligencias, titulo suficiente que le acrediten a ella y a sus hermanos ciudadanos OSWALDO MUÑOZ GUTIERREZ, VICENTE ANTONIO MUÑOZ GUTIERREZ, ARNALDO ALFREDO MUÑOZ GUTIERREZ, LILEY DEL VALLE MUÑOZ GUTIERREZ, WILMER EDUARDO MUÑOZ GUTIERREZ, GLENDA MARINA MUÑOZ GUTIERREZ, HELEN GUILLERMINA MUÑOZ GUTIERREZ, KEYLA DE CONSULEO MUÑOZ GUTIERREZ y JENNY COROMOTO MUÑOZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédula de Identidad No Nos V-3.272.611; V-3.383.877; V-3.890.641; V-3.890.392; V-5.839.028; V-7.716.458; V-7.716.459; V-7.716.488; V-7.832.090 y V-9.715.948, respectivamente,.930.247 y V-18.741.850 respectivamente, ut supra, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de sus difuntos padres ciudadanos VICENTE ANTONIO MUÑOZ y GLORIA ISABEL GUTIERREZ DE MUÑOZ, quienes eran venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-1.014.302 y V-126.419, respectivamente, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, el primero fallecido ab-intestato el día nueve (9) de Julio de 2009 y la segunda fallecida ab-intetada, el día 11 de Septiembre del año 1992, tal como se evidencia de las acta de defunción Nos. 582 y 650, respectivamente, ambas emanadas de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en copias debidamente certificadas. Ahora bien, lo solicitante además acompañó los siguientes recaudos: copia certificada de las acta de nacimiento de los ciudadanos VICENTE ANTONIO MUÑOZ GUTIERREZ y ARNALDO ALFREDO MUÑOZ, signada bajo los Nos 914 y 580, expedida la primera por el Consejo Municipal de Maracaibo y la segunda por el Registro Principal del Estado Zulia; inserta a los folio 18, 19 y 20; Acta de nacimiento No 3028, de la ciudadana MILDRED YSABEL GUTIERREZ, expedida de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inserta al folio 31; Acta de nacimiento No 857 de la ciudadana GLENDA MARINA MUÑOZ, expedida del Consejo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inserta al folio 35; Acta de defunción No 519, del ciudadano FERNANDO MUÑOZ GUTIERREZ, expedida por la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Constancia de no existencia de la partida de nacimiento de la ciudadana LILEY DEL VALLE MUÑOZ GUTIERREZ, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inserta al folio 48; Acta de nacimiento No 715, de la ciudadana JENY COROMOTO MUÑOZ, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia; Acta de nacimiento No 7628, de la ciudadana HELEN GUILLERMINA MUÑOZ GUTIRREZ, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta de nacimiento No 137 del ciudadano OSWALDO ENRIQUE MUÑOZ, expedida por el Consejo Municipal del Estado Zulia, inserta al folio 60; acta de nacimiento No 4087, de la ciudadana KEYLA DEL CONSUELO MUÑOZ GUTIERREZ, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa, inserta al folio 63; constancia de inexistencia de la partida de nacimiento de la ciudadana LILEY DEL VALLE MUÑOZ GUTIERREZ, expedida por el Registro Civil y Parroquia Santa Lucia, insertas a los folio 65 y 66; y acta de nacimiento signada bajo el No 160 del ciudadano WILMER EDUARDO MUÑOZ GUTIERREZ, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia, inserta al folio 69 y 70 y justificativo de testigos, evacuado por ante la Notaría Pública Décima de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 24 de Noviembre de 2009, donde los ciudadanos EVENCIO CHACON y ELEAZAR CHACON, plenamente identificados en dicho instrumento, quienes están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidos; y en vista de lo expuesto en la solicitud y de los documentos ya identificados, es por lo que se constata la filiación que existe entre los solicitantes, con su extinto padre y madre por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, es por lo que este Juzgador le da pleno valor probatorio a los mismos
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