En horas de Despacho del día de hoy MARTES DIEZ (10) de Agosto de dos mil diez, siendo las NUEVE Y CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (9:40 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue la Sociedad Mercantil DELTA FIRE SYSTEMS, C.A. contra La Sociedad Mercantil SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNATIONAL. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora Abogado EDGARDO RAFAEL SOTO FUENMAYOR, inscrito en el Inpreabogado No. 46.444, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANCO PROVINCIAL, ubicado en la AV. 4 (Bella Vista) con calle No. 72, Municipio Maracaibo el Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a la ciudadana SILA INES ORTEGA LEON, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.787.863, con el carácter de SUB-GERENTE ENCARGADO del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 0108-0587-29-0100000868 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece a La Sociedad Mercantil SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNATIONAL y el saldo que presenta si cubre el monto decretado para embargar. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Preventivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.85.324,54). que posee la Sociedad Mercantil SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNATIONAL, parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 0108-0587-29-0100000868, a fin de que sea embargada Preventivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.85.324,54), QUE POSEE LA SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNATIONAL, PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 0108-0587-29-0100000868. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el número 00155301, girado contra BANCO PROVINCIAL, a nombre del JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.85.324,54). Cumplida como ha sido la presente comisión, el apoderado judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Siendo las DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10: 30 AM) se cierra la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: LA SECRETARIA:
COMISION No. 4567-18
EXP. No. 03205
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