ASUNTO : VP02-S-2010-005486
RESOLUCION N° 872-10
Se registro en la presente causa solicitud de EJECUCION FORZOSA ,POR INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD. Solicitada por la Abogada: TATIANA DE LOS ANGELES RINCON BRACHO actuando con el carácter de Fiscala Auxiliar Sexta del Ministerio Público, a favor de la Ciudadana: MIGDALIS FONSECA, titular de la cédula de identidad N°: V°-11.281.524, quien figura como victima en la causa VPO2-S-2010-005486; este Juzgado para decidir observa:
ANTECEDENTES
Se desprende de la causa, que la ciudadana: MIGDALIS FONSECA realizó denuncia en contra del ciudadano: REINALDO ANGEL MONTIEL, ,titular de la cédula de identidad N° V.- 6.802.211, por la presunta comisión De los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos:39, 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, consta igualmente : Nueva Comparecencia de la víctima MIGDALIS FONSECA, titular de la cédula de identidad N° V.-11.281.524, ante la Fiscalía Sexta, señalando que el ciudadano: REINALDO ANGEL MONTIEL, incumplió las medidas de protección y seguridad que le fueron impuestas, por esa misma instancia fiscal, de conformidad a lo establecido en los ordinales 3°, 5°, 6° y 13°, de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, donde manifestó entre otras cosas al Ministerio Público:” El señor Reinaldo Montiel, no quiere salir de la casa, él dice que tenemos que pagarle ochenta millones para que salga , sigue embriagándose, el dia 29/05/2010 lo hizo en la casa , llevo a sus amigos , lanzó la amenaza de que tenemos que pagarle lo que exige, temo por mí mamá, ya que la otra vez intento matarla ahorcándola y temo por mi vida y la de mis hijos, porque con todo esto el puede agredirme y tratar de golpearme, ya que la otra vez lo quiso hacer, mi mamá se lo pasa nerviosa porque ella dice él en cualquier momento puede venir a tumbarle su ventana y tratar de agredirla….” Por las razones antes expuestas, esta juzgadora considera que estamos en presencia de un hecho en el cual se ve amenazada la integridad física y psíquica de la Ciudadana,: MIGDALIS FONSECA de nacionalidad venezolana,,titular de la cédula de identidad N° V.- 11.281.524, Víctima en la causa N° VP02-S-2010-00586, siendo las razones por las cuales el Ministerio Público solicita: LA EJECUCION FORZOSA de las Medidas de Protección y Seguridad impuestas como Órgano Receptor de la Denuncia, de conformidad a lo estipulado en el Art. 87 Ordinales 3°, 5°, y 6° de La Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres a Una Vida Libre De Violencia. Y en atención a todo ello, esta Juzgadora Ordena: La salida inmediata del ciudadano.:REINALDO ANGEL MONTIEL, , titular de la cédula de identidad N° V-6.802.211 de la vivienda donde habita la prenombrada víctima, por cuanto la convivencia implica un riesgo para su seguridad integral, Física y Psíquica, de conformidad a lo establecido en el ORDINAL 3° del articulo 87 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, , asimismo se le prohíbe al presunto agresor el acercamiento a la mujer victima de violencia por cualquier medio, de acuerdo a lo estipulado en el ORDINAL 5° ejusdem,; y de la misma manera , conforme a lo consagrado en los ORDINALES 6° y 13 °de la Ley Especial , le esta prohíbido realizar actos de persecución, intimidación o acoso por sí mismo o a través de terceras personas, a la víctima: MIGDALIS FONSECA y o incurrir en cualquier otro hecho de violencia contra ella, para quien aquí juzga es procedente en derecho acordar lo solicitado por el Ministerio Publico para así garantizarle a la víctima la vigencia de sus derechos y el respeto, protección y reparación de los mismos. Se ordena oficiar a los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Maracaibo para que den cumplimiento estricto a la decisión de este tribunal ubicando al ciudadano: REINALDO ANGEL MONTIEL, en la siguiente dirección: Barrio Jorge Hernández, Avenida 57, Casa N° 95E-40, Municipio Maracaibo Estado Zulia. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: 1) CONFIRMAR las Medidas de Protección y Seguridad para la victima, contempladas en el Artículo 87, Ordinales 3°, 5°, 6° y 13° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia., Impuestas al ciudadano: REINALDO ANGEL MONTIEL, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los articulos. 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometidos en perjuicio de la ciudadana: MIGDALIS FONSECA. 2) LA EJECUCION FORZOSA de las medidas de Protección y Seguridad impuestas al presunto agresor, de conformidad con lo establecido en el articulo 87 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, numeral: 3°: En consecuencia se ordena la salida inmediata del presunto agresor: REINALDO ANGEL MONTIEL de la residencia común, por considerar que se encuentra en riesgo tanto la integridad física como psicológica de la víctima, se le autoriza llevar consigo solo sus objetos personales, instrumentos o herramientas de trabajo si fuere el caso..- Se ordena oficiar a los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Maracaibo para que den cumplimiento estricto a la decisión de este tribunal, ubicando al ciudadano: REINALDO ANGEL MONTIEL, en la siguiente dirección: Barrio Jorge Hernández, Avenida 57, Casa N° 95E-40, Municipio Maracaibo Estado Zulia.. Notifíquese al Ministerio Publico de la presente decisión.- CUMPLASE-REGISTRESE.-Y PUBLIQUESE.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,
DRA. ROSARIO DEL VALLE CHACON
LA SECRETARIA,
ABOG. ZAINETH SOTO
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