REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 31 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-003400
ASUNTO : NP01-P-2009-003400
AUTO DE EJECUCIÓN Y CÓMPUTOS CON DETENIDO
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 18 de Noviembre de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal; mediante la cual CONDENO a la ciudadana MERCEDES JOSEFINA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad V-16.997.871, natural de la ciudad de Cumaná del Estado Sucre, de 26 años de edad por haber nacido en fecha 14/01/1983, de estado civil: Soltera, de profesión u oficio: Comerciante, hija de los ciudadanos: Jacinta Josefina Velásquez (v) y de David Joel Ramírez (v), domiciliada en: el sector La Florecita, Calle 6, Casa Nº 98, Maturín, Estado Monagas actualmente detenida a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS, UN (1) MES y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE COAUTORÍA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 83 ejusdem, con aplicación de las agravantes contenidas en el artículo 77, ordinales 1, 5, 6 y 8 del código sustantivo penal in comento; en perjuicio de los ciudadanos: ISABELA DE LOS ANGELES URBANI RAMIREZ, ROSANGEL MARÍA REYES AMUNDARAY, PIERANGELA SPINELA VARRONE, MARILIN DEL CARMEN GUZMAN CABELLO, ARMINTA DEL VALLE CONTRERAS, CARLO JOSE GUZMAN BAEZA, JOSE CARLO GUZMAN, MARITZA JOSEFINA CABEZA, ZULAY COROMOTO VELIZ, CARMEN GUZMAN CABELLO, ROSSI JOSÉ RIVERO ROMERO, MARIA VARRONE RINALDI, PEDRO SPINELLA VARRONE, BETSY DEL VALLE MUJICA MORALES, RORIMAR DEL CARMEN CEDEÑO GUZMAN, ZORAIDA JOSEFINA FRANCO RAMOS, IRADIDA JOSEFINA SALAZAR REYES, LTIZIA TRONCHI PICCIN, MARIA PICCIN DE TRONCHI, GAETANO TRONCHI PONTONE, MARIELA TRONCHI PICCIN, VICENZINA TRONCHI y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente se procede a ejecutar dicha Sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 479 en relación con el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Observándose al respecto:
PRIMERO
El Penado MERCEDES JOSEFINA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ plenamente identificada en el presente asunto fue detenida en fecha 16 de Julio de 2009; hasta el día 31-08-2010 por lo que se evidencia que ha estado detenida por un lapso de UN (01) AÑO UN (01) MES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION; por lo que le falta por cumplir de pena CATORCE (14) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTICINCO (25) DIA DE PRISION; la cual terminará de cumplir el día 24 DE AGOSTO DE 2025.
Ahora bien de la pena impuesta a la Penada, MERCEDES JOSEFINA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ ya referido en la presente decisión, se observa que las medidas Alternativas al Cumplimiento de la Pena se cumplen en los siguientes lapsos:
1.- TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al extinguirse Un Cuarto (1/4) de la pena, siendo esta efectivamente vencida en fecha 26-07-2013.-
2.- DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al cumplirse Un Tercio (1/3) de la pena, a partir del 28-11-2014.-
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplirse o extinguirse las Dos Terceras (2/3) parte de la pena, a partir del 12-04-2020.-
4.- Y la CONMUTACION DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, al extinguirse las Tres Cuartas (3/4) partes de la pena, a partir del 15-08-2021.-
SEGUNDO
A los fines de la Redención de la Pena por el Trabajo y/o estudio, el tiempo redimido se computará a partir de que la penada comenzara a cumplir la pena impuesta.-
De conformidad con lo dispuesto en el ultimo aparte del artículo 480 y el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda Notificar al Fiscal Séptimo de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público, a la Penada y a su Defensor de la presente decisión, e igualmente se acuerda remitir copias certificadas de la Sentencia y del presente auto de Ejecución de Sentencia al Director del Internado Judicial del Estado Monagas; al Jefe del departamento de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio de Poder Popular de Interior y Justicia, así como a la división de Antecedentes Penales de ese mismo Ministerio; igualmente a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Trasládese a la penada a los fines de ser impuesta del presente cómputo. Líbrese lo conducente. CÚMPLASE.-
EL JUEZ
ABG. SIMON HURTADO MALAVE
EL SECRETARIO
ABG. GERMAN SALAZAR