REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 25 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NK01-P-2003-000014
ASUNTO : NK01-P-2003-000014
Visto el Escrito presentado por la ciudadana acusada ARACELIS RIVAS, asistida por el abogado MIGUEL FEDERICO RODRIGUEZ, a través del cual solicita a este despacho lo siguiente:
“...Se extienda la medida de presentación que viene cumpliendo cada quince (15) días, por la necesidad de viajar constantemente porque posee negocio en el centro comercial Monagas Plaza, que amerita salir fuera de la ciudad a hacer compras de mercancía para proveer el negocio.. . Anexa Registro del Negocio.”
Esta Juzgadora a los fines de decidir, observa que en fecha doce (12) de enero de 2010, la mencionada acusada fue notificada de la decisión que revocó la medida, y en esa misma fecha se le restituyó la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones cada 15 días ante el Servicio de Alguacilazgo, y verificado que cumple con las mismas y que tiene, es por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, declara con lugar lo solicitado por la defensa y acuerda Modificar la peridiocidad en la cual la acusada viene cumpliendo con el régimen impuesto de presentaciones cada quince (15) días a cada veintiún (21) días, es decir a partir de la presente fecha cumplirá con el Régimen de Presentaciones cada veintiún (21) días. Notifíquese a las partes y líbrese Oficio al Alguacilazgo a objeto que estampe la debida nota en Libro de Presentaciones. Cúmplase.
LA JUEZA
ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA MERCEDES ROMERO