REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 24 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-000005
ASUNTO : NP01-P-2010-000005
Luego de celebrada la audiencia preliminar y oídas las exposiciones de las partes involucradas en la presente relación jurídico procesal, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO SE ADMITE EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES LA ACUSACIÓN presentada por parte de la Fiscal Noveno del Ministerio Público, ABG. OBNIL HERNANDEZ en contra del ciudadano LUIS JUAN VALLERA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en el articulo 43 con la agravante establecida en el segundo aparte y el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre las Mujeres a una vida Libre de Violencia y VIOLACION previsto y sancionado en el articulo 374 ordinal 1° del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la Niña el cual se omite su identificación de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.- De igual forma SE ADMITE totalmente las PRUEBAS ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público, en su escrito de acusación contra el imputado de autos, por SER PERTINENTES, LÍCITAS, ÚTILES, Y NECESARIAS, para el esclarecimiento de los hechos en la búsqueda de la verdad por las vías jurídicas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, señaladas en el Libelo acusatorio.
SEGUNDO ADMITIDA COMO HA SIDO LA ACUSACIÓN SE INSTRUYO A LA ACUSADA RESPECTO AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se le pregunta a la misma, lo siguiente: ¿Diga usted, si desea admitir los hechos? Quien manifestó en voz alta “NO DESEO ADMITIR LOS HECHOS”.
TERCERO: Se mantiene incólume el principio de la comunidad de las pruebas.-
CUARTO: Se mantiene incólume la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad que le fuera impuesta al acusado de autos en su oportunidad, por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen a su decreto.-
QUINTO: Se Ordena el ENJUICIAMIENTO y en consecuencia el PASE A JUICIO del acusado: LUIS JUAN VALLERA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en el articulo 43 con la agravante establecida en el segundo aparte y el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre las Mujeres a una vida Libre de Violencia y VIOLACION previsto y sancionado en el articulo 374 ordinal 1° del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la Niña el cual se omite su identificación de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEXTO: Se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (05) días, comparezcan ante el Juez de Juicio respectivo.
SEPTIMA: Se instruye a la Secretaria de Sala a los fines de remitir al Tribunal competente la Fase Intermedia y a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, la Fase de Investigación. Maturín, a los Veinticuatro 24 días del mes de Agosto del 2010. Regístrese, publíquese la presente decisión Déjese copia certificada. Hágase lo conducente. Dada, sellada y firmada Conste.
La Jueza,
ABG. FLOR TERESA VALLES MORA
El Secretario
ABG. KEDIN CALDERON