REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 26 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-001755
ASUNTO : NP01-P-2009-001755
Visto el escrito interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Sede Judicial Penal, en fecha 25-08-2010, y recibido por este Tribunal en la misma fecha; por la defensa Pública Abg. Mirian Leonet, en representación del ciudadano imputado: ALEXANDER RAFAEL MONTILLA PACHECO, a quien se le sigue Asunto Penal por ante este Órgano Judicial por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano JULIO CALZADILLA y quien solicita de este Despacho les sean extendidas las presentaciones que ha venido cumpliendo cada Quince (15) Días a Treinta (30) Días, en virtud de que el mismo tienen que cumplir compromisos laborales, habiendo tenido dificultades en algunas oportunidades en sus lugares de trabajo, , consignando anexo del presente escrito de solicitud constancia de trabajo y constancia de Residencia .
Ahora bien, después de analizada dicha solicitud, y de la revisión dispensada a las actuaciones que conforman el Asunto in comento, se evidencia que el referido imputado cumplen a cabalidad con las presentaciones impuestas por este Tribunal de Control en su oportunidad aunado a que han comparecido a los llamados de este Órgano Judicial, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de Extensión de las presentaciones al ciudadano imputado ALEXANDER RAFAEL MONTILLA PACHECO, de Quince (15) días a Treinta (30) Días, por ante la oficina del alguacilazgo de este circuito judicial penal, considerándose Procedente lo requerido por la defensa Publica Penal . Y así se decide. Líbrese Boleta de Notificación a las partes así como al ciudadano imputado. En la sala del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Monagas, a los Veintiséis (26) días del Mes Agosto del año 2010. Cúmplase.
El Juez
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
El Secretario