REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, nueve de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: VP01-S-2010-000166
Revisada y recibida en el día de hoy como ha sido la transacción, presentada por ante la Unidad De Recepción De Documentos, del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, donde el ciudadano JAIME RAFAEL CELINS AVILA debidamente asistido por la ciudadana abogada Laura Bracho por una parte y por la otra el ciudadano Luís Añez apoderado judicial de la demandada PANAMERICA DE AISLAMIENTO TERMICOS S.A. (PANTERSA). Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, a través de la cual el ciudadano arriba mencionado recibe la cantidad de: Seis mil ciento veinticuatro Bolívares fuertes con doce céntimos (Bs. F. 6.124,12) Se observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, no se da por terminado el presente asunto y no se ordena el archivo definitivo del expediente, debido a que no consta de manera expresa e inequívoca el cumplimiento de lo acordado en el texto de la misma.
El Juez La Secretaria
Abg. Ana Pérez
Abg. Frank Guanipa . .