REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 30 de abril de 2010.-
200° y 151°
AUDIENCIA ORAL DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE CONFORMIDAD
AL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.
DECISION: N° 0338-10
CAUSA: 1C-7193-08.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL: DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA: ABG. ANDREINA ORTIZ
FISCAL CUADRAGESIMO NN DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. VICTOR VALBUENA.
DELITO: TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS.
DEFENSA PÚBLICO 31: ABOG. YASMELY ALICIA FERNANDEZ
DEFENSA PRIVADA: ANGEL RAMIRO PETIT
ACUSADOS: LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ Y GENOVEBA AGUILAR LUBO.
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.
En el día de hoy Viernes treinta (30) de abril de 2010, siendo las nueve y treinta (09:00) de la mañana, previo lapso de espera para la comparecencia total de las partes, día fijado por este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para llevar a efecto la Audiencia Oral, de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa N° 1C-7193-08, en la causa seguida en contra del Imputado LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ Y GENOVEBA AGUILAR LUBO, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO. Se constituye el Tribunal en su sede ubicada en el Palacio de Justicia, por la Juez DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA, en compañía de la Secretaria ABG. ANDREINA ORTIZ. Seguidamente la Ciudadana Juez dio inicio a la Audiencia y solicito a la Secretaria verifique la presencia de las partes manifestando esta que compareció a la Audiencia el Ciudadano ABOG. VICTOR VALBUENA VILLALOBOS, Fiscal Cuadragésimo NN del Ministerio Público, el imputado LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ Y GENOVEBA AGUILAR LUBO, la Defensora Pública No. 31 ABG. YASMELY ALICIA FERNANDEZ y el Defensor Privado ANGEL RAMIRO PETIT. Seguidamente se le concede la palabra al ABOG. ANGEL RAMIRO PETIT y expone: Como se evidencia de las actas que mi defendida GENOVEBA AGUILAR LUBO, ha cumplido con toda y cada una de las obligaciones que le impuso el Tribunal esta defensa solicita el sobreseimiento de la causa, igualmente solicita copia de esta acta, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Publica 31° ABOG. YASMELY ALICIA FERNANDEZ y expone: Como se evidencia de las actas que mi defendido LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ, ha cumplido con toda y cada una de las obligaciones que le impuso el Tribunal esta defensa solicita el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 45 en concordancia 318 todos del Código Orgánico Procesal Penal y por ultimo solicito copia del presente acto, es todo”. Seguidamente solicitó la palabra el Fiscal y concedida expone: “Visto y verificado el cumplimiento de las Obligaciones impuestas y por cuanto esta representación fiscal, solicito el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, que expresa que una vez cumplidas las condiciones impuestas por el Tribunal decretara el Sobreseimiento de la Causa, es todo” Seguidamente el Tribunal una vez oída la solicitud interpuesta por el Ciudadano Fiscal del Ministerio Público a la cual se adhirió la defensa, observa: Que ciertamente de la revisión realizada a la presente Causa, se observa en relación al acusado LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ, constancia suscrita por el Delegado de Prueba Abogado NELCIDA BRICEÑO, funcionaria de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracaibo, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, de fecha 27 de ENERO de 2010, donde deja constancia que el ciudadano LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ, a quien este Tribunal de Control le otorgó la Medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en fecha 27 de Enero de 2009, FINALIZO el régimen de prueba impuesto con un resultado favorable, asimismo consta en actas copia de la factura Nro 00000358 de fecha 12-03-2009, correspondientes a una impresora, marca Hp, modelo C4480 photosmart, Nro de serie MY859HM19S. En relación a la acusada GENOVEBA AGUILAR LUBO, consta en actas constancia suscrita por el Delegado de Prueba Abogado KIRA MORALES, funcionaria de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracaibo, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, de fecha 12 de FEBRERO de 2010, donde deja constancia que la ciudadana GENOVEBA, AGUILAR LUBO a quien este Tribunal de Control le otorgó la Medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en fecha 20 de Noviembre de 2008, FINALIZO el régimen de prueba impuesto con un resultado favorable, asimismo consta en actas Deposito Bancario en la cuenta de la O.N.G IDEAS CREATIVAS RETO ZULIANO numero 01020459370100007157, EN EL Banco de Venezuela, por la cantidad de Quinientos (500 Bs.) Bolívares, en un tiempo máximo de un mes y, B.- Deposito Bancario en la cuenta del Servicio Autónomo del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales numero 01020501860000939809, del Banco de Venezuela por la cantidad de Cien (100 Bs.) Bolívares, y cumplidos con el régimen de presentaciones así como todas las obligaciones que les fueron impuestas al momento de otorgarle la Suspensión Condicional del Proceso como medida alternativa a la prosecución del proceso, por lo que se observa que evidentemente los acusados LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ Y GENOVEBA AGUILAR LUBO, han cumplido a cabalidad con cada una de las obligaciones inherentes al Régimen de Prueba, con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, en consecuencia lo ajustado a derecho es DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por cumplimiento del régimen de prueba de la Suspensión Condicional del Proceso a los ciudadanos LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ Y GENOVEBA AGUILAR LUBO, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 en concordancia con el artículo 48 numeral 7 y 318 numeral 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo efecto es, y así se declara el cese de toda medida cautelar o restricción a la libertad decretada en el presente asunto, Y ASI SE DECIDE. Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por cumplimiento de las obligaciones contraídas por los ciudadanos GENOVEBA LEOVICIA AGUILAR, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 13-04-1961, de 47 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión Del Hogar, titular de la cedula de identidad N° V-8.500.858, hija de LEONSIO AGUILAR y JOSEFA LUGO, y con residencia en el SECTOR Sierra Maestra, calle 13 con Av. 11 numero de la casa 10-61, diagonal al Deposito Buena Vista y Auto Repuesto Gralca, Municipio San Francisco, Estado Zulia y LUIS ALBERTO LÓPEZ PAZ , de nacionalidad Venezolano, natural de Sinamaica, fecha de nacimiento 18-01-1988, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión chofer, titular de la cedula de identidad N° V-19.213.731, hija de Efraín López y Estilita Paz, y con residencia en el Avenida 73, casa N° 74-17, Sector Barrio Panamericano, Estado Zulia, por haber cumplido con las obligaciones inherentes al Régimen de Prueba en atención a la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO que les fuera concedido por este Juzgado. SEGUNDO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 en concordancia con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por ende y así se declara el cese de toda medida cautelar o restricción a la libertad decretada en el presente asunto. Quedan notificadas las partes presentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que en esta acta se cumplieron con todas las formalidades de ley. Se registro la presente decisión bajo en N° 0338-10. Se da por concluido el acto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
DRA. YOLEIDA MONTILLA FEREIRA
EL FISCAL 40 NN. DEL MINISTERIO PÚBLICO.,
ABOG. VICTOR VALBUENA
LOS ACUSADOS
LUIS ALBERTO LOPEZ PAZ GENOVEBA AGUILAR LUBO,
LA DEFENSORA PÚBLICA,
ABOG. YASMELY ALICIA FERNANDEZ
LA DEFENSA PRIVADA
ABG. ANGEL RAMIRO PETIT
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREINA ORTIZ
Causa N° 1C -7193-08.-
YMF/teo
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