JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 30 de abril de 2010.-
200º y 151º
Vista la diligencia de fecha 29 de abril de 2010 suscrita por la abogada en ejercicio GLORIA VILCHEZ, donde solicita se le haga entrega de dinero que se encuentran depositados como consecuencia de la intimación de honorarios el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, en primer lugar SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada 12 de mayo de 2008 y en fecha 30 de junio de 2009 sobre la cantidad que se encuentra depositada en la cuenta bancaria de este Juzgado y ejecutada por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San francisco, Mara, Paez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Asimismo, se ordena oficiar al Banco Bicentenario, Banco Universal, a los fines de que se sirva hacer entrega, únicamente a la ciudadana GLORIA DELGADO DE VILCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.647.531, la cantidad de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CATORCE BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BS. 19.814,20) más los intereses generados hasta la fecha de los haberes existentes en la cuenta de ahorros Nº 0007-0060-67-0060226450; monto correspondiente a la caución consignada por la ciudadana antes mencionada. Del mismo modo se ordena emitir cheque signado bajo el Nº 26670056 de fecha 30 de Abril de 2010, girado contra el Banco Bicentenario, Banco Universal, por la cantidad de OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 81.751,49), a nombre de la ciudadana GLORIA DELGADO DE VILCHEZ, monto conforme con lo expresado según comunicación del Banco Central de Venezuela por motivo de corrección monetaria, asimismo se ordena cancelar l a cuenta de ahorros antes indicada. Todo con ocasión al juicio que por ESTIMACIÓN DE HONORARIOS sigue la ciudadana GLORIA DELGADO en contra del ciudadano JORGE GONZÁLEZ RINCÓN. Emítase cheque.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria,
Abog. Carlos Rafael Frías.-
Maria Rosa Arrieta Finol.-En la misma fecha se oficio bajo el Nº -2010 y la anterior resolución quedo signada bajo el No. 66
La Secretaria,
CRF/kd.-