JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 13 de Abril de 2010
199° y 151°
Visto el escrito de solicitud de Medida de fecha 09 de abril del año en curso, presentado por el ciudadano MIGUEL CASTELLANOS, obrando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JULITZA DEL CARMEN SALCEDO CHIRINOS, titular de la cédula de identidad No. 15.061.796, este Tribunal le da entrada y ordena agregarlo a la pieza de medidas. Ahora bien, de conformidad con lo previsto en el artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 148 y 156 del Código Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) del salario integral restante de las deducciones del seguro social, impuestos, préstamos, del bono vacacional, utilidades o aguinaldos, retroactivo de sueldo, fideicomiso, intereses que genere el fideicomiso, prestaciones sociales y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano ALBERTO DE JESÚS GARCÍA JUÁREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 14.896.365 y de este domicilio quien presta sus servicios como SUPERVISOR DE VENTAS en la empresa CERVECERÍA REGIONAL. Para la ejecución de esta medida, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a quien se ordena librar despacho. Ofíciese. La anterior resolución quedó signada bajo el No. 21.-
El JUEZ PROVISORIO, LA SECRETARIA,
DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS. MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.
En la misma fecha se libró despacho de comisión y se ofició bajo el No. 475.-
LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.
CRF/pg.-
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