Comisión N° 3100/2010
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
200° y 150°
En el día de hoy, viernes veintitrés (23) de abril del año dos mil diez (2010), siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02, en el Juicio por REVISIÓN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana JENNIFER DEL CARMEN SALGUEIRO PEROZO, portadora de la cédula de identidad N° V-16.121.143, en contra del ciudadano ANTHONY NICK MADUEÑO VITOLA, portador de la cédula de identidad N° V- 19.075.091, llevado en el expediente N° 15.865, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA, jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, ubicada geográficamente en la Calle 171, sector La Coromoto con Avenida 41 Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Magda Roman, venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad Nº 7.769.932, en su condición de Asistente Jurídico del mencionada Organismo, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar el concepto a embargar, señalado en el Despacho Comisorio, el cual se describe a continuación: Se ordena retener: ÚNICO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos, ciudadano ANTHONY NICK MADUEÑO VITOLA, portador de la cédula de identidad N° V- 19.075.091, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada su relación laboral, como Oficial adscrito a la POLÍCIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADO, el concepto antes señalado y descrito en esta acta, así como las cantidades derivadas de dicho concepto en las proporciones señaladas y en consecuencia consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado.- Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivadas del concepto establecido en el numeral ÚNICO: deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO.- JUEZ UNIPERSONAL N° 02.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para el Organismo que representa. Siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.------------
EL JUEZ,
ABG. EDMUNDO FINOL RINCÓN
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA,
MGS. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ.
EFR/mvg/ana
C- 3100/2010
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