COMISIÓN N° 3109/2010


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
200 y 150°

En el día de hoy, miércoles veintiuno (21) abril del año dos mil diez (2010), siendo las nueve horas de la mañana (09: 00.am.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretado por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, en el Juicio que por HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, siguen los ciudadanos DIRWINGS ARRIETA MONTERO y THAIMARU ARRIECHI YAJURE, portadores de las cédulas de identidad Nos V-11.298.233 y V-13.299.791, llevado en el expediente No. 15.713, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente donde funciona la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, ubicada geográficamente en la Zona Industrial en el Centro Comercial Nasa Sur, en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- Inmediatamente, se procedió a notificar de la Misión del Tribunal a (el) (la) ciudadano (a) Roberto Soto, venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad N° 7.819.955 en su condición de Coordinador de Central de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a Embargar señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: 1) La cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,00) mensuales del sueldo que devenga el ciudadano DIRWINGS ARRIETA MONTERO, portador de la cédula de identidad Nº V-11.298.233, como Concejal al servicio de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia; y dicha cantidad estará sujeta a ajustes en forma automática y proporcional, de acuerdo a la tasa de inflación establecida por el Banco Central de Venezuela y a la capacidad económica del demandado de autos y el atraso injustificado en el pago de la obligación asumida ocasionará intereses calculados a la rata del 12% anual.- 2) La cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), mensuales hasta alcanzar la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS ONCE BOLIVARES CON 08/100 (Bs. 3.611,08) que adeuda el mencionado ciudadano por pensiones de manutención atrasadas.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los conceptos antes señalados y descritos en esta acta, así como las cantidades derivadas de dichos conceptos en las proporciones señaladas y; en consecuencia consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivados de los conceptos establecidos en los numerales ”1” y “2”, deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos, ciudadana THAIMARU ARRIECHI YAJURE, portadora de la cédula de identidad Nº V- V-13.299.791.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para el Organismo que representa. Siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.------------------------------------------------------------------

EL JUEZ,


ABG. EDMUNDO FINOL RINCÓN








EL (LA) NOTIFICADO (A),








LA SECRETARIA,


ABG. MSc. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ











EFR/mvg/ana
C-3109-2010