REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Calle e 84 con avenida 2 (El Milagro) Edificio Torre Mara Maracaibo, Edo. Zulia

COMISION No. 4.694.-

En el día de hoy, 23 de Abril del año dos mil diez, siendo las¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬10:00 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa MAERSK, Avenida LOS HATICOS, al lado de la Cervecería la Regional del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SALA Nº 2 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: 15881. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana BELKIS DEL VALLE GIL BENITEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 12.407.124, obrando en nombre de sus hijos YONAIKER JOSE y LEOBENNYS LISETH BRICEÑO GIL, en contra el ciudadano LEONARDO RAFAEL BRICEÑO MENDEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 10.439.848.- En este estado presente el ciudadano (a):ANA RAMBAL, titular de la Cédula de Identidad No.17.230.087, quién se identifico con el carácter de OFICINISTA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó, MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, ordenando retener; A: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario mensual que le corresponden al ciudadano LEONARDO RAFAEL BRICEÑO MENDEZ, antes identificado quien presta servicios como OBRERO al servicio de la empresa MAERSK DEL ESTADO ZULIA . B: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las utilidades, vacaciones y bono vacacional que le puedan corresponder anualmente al mencionado ciudadano. C: EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijo y juguetes que le corresponder al ciudadano LEONARDO RAFAEL BRICEÑO MENDEZ. D: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, que le puedan corresponder al demandado antes identificado, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como obrero al servicio de la referida empresa. Una vez que se haga efectiva dicha medida, las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” “C” y “D” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SALA N° 2 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAIL DEL ESTADO ZULIA. EXP. No. 15881. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero arriba mencionadas.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:20 AM.
LA JUEZ,

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.



EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:


ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG