REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Calle e 84 con avenida 2 (El Milagro) Edificio Torre Mara Maracaibo, Edo. Zulia
COMISION No. 4.693.-
En el día de hoy, 21 de Abril del año dos mil diez, siendo las¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ 10:10 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Base Aérea General Rafael Urdaneta (BARU), vía al Aeropuerto Internacional la Chinita, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SALA Nº 4 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: 17127. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana ELSY PIEDAD BARRIOS DE OROÑO, venezolana, portador de la Cédula de Identidad No. 15.625.980, quien obra en beneficio de los niños y/o Adolescentes ELSY MARIAN, MARIAGNY PAOLA, BRIAN JOSE Y ELYMEITH DEL CARMEN OROÑO BARRIOS, contra del ciudadano MARIO LEONARDO OROÑO VILLALOBOS, portador de la Cédula de Identidad No. 9.754.927.- En este estado presente el ciudadano (a): YONEIDA ADARME, titular de la Cédula de Identidad No 12.515.033, quién se identifico con el carácter de JEFE DE PERSONAL DE LA BASE. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó, MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, ordenando retener; A: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo, que le corresponde al obligado ciudadano, MARIO LEONARDO OROÑO VILLALOBOS; quien presta servicios como OBRERO al servicio de la BASE AREA GENERAL RAFAEL URDANETA. B: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la bonificación de fin de año. C: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del bono vacacional. D: EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o útiles escolares y juguetes que le correspondan a los niños y/o Adolescentes antes identificados. E: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomisos, caja de ahorros, y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano, MARIO LEONARDO OROÑO VILLALOBOS, antes identificado. Una vez que se haga efectiva dicha medida, las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales (A, B, C Y D) deberán ser entregadas directamente a la reclamante ciudadana ELSY PIEDAD BARRIOS DE OROÑO antes identificada, y la establecida en el literal (E) deberán ser remitidas en figura de Cheque de Gerencia a nombre del DEL JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SALA Nº 4 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP. No. 17127. Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba anual o mensualmente el ciudadano MARIO LEONARDO OROÑO VILLALOBOS, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero arriba mencionadas.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:50 AM
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG
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