REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.689.-
En horas de despacho del día de hoy 15 de Abril del año dos mil diez, siendo las 8.10AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las Oficinas de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicadas en el Casco Central, calle Obispolazo, Edificio Don Diego del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 02. EXP. No. 11885. Con motivo de HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN solicitado por los ciudadanos MILADYS GONZALEZ Y VICENTE FLORES, portadores de la Cédulas de Identidad No. 16.929.248 y 10.424.557 a favor de los niños CATHERINE Y CRISTIAN FLORES GONZALEZ.- En este estado presente el ciudadano: ROGER DEVIS, portador de la Cédula de Identidad No.7.624.121 quien se identificó con el carácter de ABOGADO.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado ordenó retener: 1) la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 700,00) a razón de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) quincenales del sueldo que devenga el ciudadano VICENTE FLORES, antes identificado como POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA, - 2) Adicional a la pensión mensual en el mes de Agosto la cantidad QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) mensuales por concepto de la lista escolar y los uniformes de los niños antes mencionados .- 3) De las utilidades , aguinaldos o bonificación de fin de año serán descontadas la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVAES (Bs. 2500,00) para satisfacer las necesidades materiales y espirituales de la época.-.- Dichas cantidades a retener en los conceptos establecidos anteriormente deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos ciudadana, MILADYS GONZALEZ portadora de la Cédula de Identidad No 16.929.248.,- ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- En este estado el (la) notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 8:15 AM
LA JUEZ:
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG.
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