REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cinco (05) de abril de dos mil diez (2010)
Años: 199º y 151º

ASUNTO: OP02-L-2010-000054


Vista la diligencia de fecha 24-03-2010 presentada por la ciudadana NETTY ORDAZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.197.457, debidamente asistido por el abogado RANDALL JOSÉ MARCANO DE SILVA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.67.438, parte actora, del presente asunto y por la otra parte el abogado JUAN ALBERTO MONTERO DIAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.127.370, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en la cual consigna copia de cheque girado contra la entidad bancaria Banco Mercantil cheque número 27080004, por la cantidad de diez mil bolívares sin céntimos (10.000,00). En consecuencia este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo homologa el acuerdo celebrado por las partes, ordenando el archivo del expediente en su debida oportunidad. Cúmplase.-
LA JUEZ.,


Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ





LA SECRETARIA,





ESV/er.-