REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Abril de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000167
ASUNTO : NP01-D-2010-000167

JUEZA: ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
FISCAL: ABG. MIRIAN GARELLI
SECRETARIA: ABG. YRIS JACKELINE RONDON
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSA: ABG. TERSA DE ABREU
VICTIMA: ESTADO VENEZOLANO

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en la presente investigación en la cual la Fiscal Décima del Ministerio Público presentó a los fines de que se designara defensor y ser oído en libertad, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPIAS, previstos y sancionados en los artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de sustancias Estupefacientes Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, solicitando se decrete procedimiento Ordinario y medida cautelar contenida en el Artículo 582 literales “c” y “g” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente y la defensa solicito la libertad plena e inmediata de su representado , observando al respecto quien aquí decide lo siguiente:

DE LA APREHENSION Y SU VALORACION

Del acta policial inserta a los folio 00, suscrita por el funcionario GERMAN MARCANO adscrito a la Comandancia General de la Policía de este Estado, donde dejan constancia que el día 28-04-10siendo aproximadamente las 3:20 horas con cero minutos de la tarde, encontrándose de servicio de patrullaje por la Calle 08 del Sector Campo Ayacucho de esta ciudad de Maturín,…dicho patrullaje se realizaba debido a un dispositivo de seguridad motivado al incremento del índice delictivo en la zona, cunado observamos a unos ciudadanos sentados en la parte posterior de una casa en estado de abandono, al percatarnos de la situación de la residencia y varias personas que no quisieron identificarse por temor a represalias futuras en contra de ellos, informando que en esa casa se encontraba abandonada desde hace mucho tiempo y la misma servia como guarida de balandros para cometer fechorías y que en varias oportunidades han detenido a varios ciudadanos en esa misma guarida con droga y que en menos de un mes han estado nuevamente en la calle, al recibir la información por parte de esa personas procedimos a dirigirnos hacia la avenida principal de dicho sector donde avistamos a un ciudadanos …le solicitamos la colaboración nos sirviera como testigo ya que íbamos a realizar una inspección a una casa abandonada, donde estaban varios ciudadanos presuntamente distribuyendo sustancias estupefacientes y psicotrópicas aceptando el ciudadano sin ningún problema quedando identificado como CESAR MARIN, …trasladándonos con el ciudadano hasta la casa donde realizaríamos la inspección una vez en la casa en mención observamos en la parte posterior específicamente en la parte del fondo sentados debajo de unas matas de mangos varios ciudadanos que al notar la presencia policial los mismos emprendieron la huida en veloz carrera introduciéndose en una zona boscosa viendo la situación procedimos a darle la voz de alto… introduciéndose dentro de una zona boscosa practicando la captura a cuatros de los ciudadanos donde una vez se procedió a trasladar al ciudadano testigo para que presenciara la revisión que se le realizaría a los mismos, encontrándole a ABRAHAN ENRIQUE FREITES de 25 años de edad…dentro del bolsillo del pantalón lado derecho tipo bermuda de color negro con rojos, varios envoltorios confeccionados en papel de aluminio que al destapar uno de esto en presencia del testigo contiene en su interior restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana que al ser contabilizado arrojo la cantidad de nueve envoltorios cinco de crack y cuatro de marihuana…al ciudadano JONATHAN ALEXADNER VARGAS encontrándole en su poder varios envoltorios ocultos dentro del bolsillo del pantalón tipo jeans de color azul del lado izquierdo varios envoltorios confeccionados el papel de aluminio al destapar uno de ellos contenía en su interior restos vegetales de color verdoso de color penetrante de la presunta droga denominada marihuana que al ser contabilizado arrojo la cantidad de cónico envoltorios…al ciudadano ANDRESON ESTEVES MAYORGA ESPINOZA de 20 años de edad… encontrándole en su poder dentro del bolsillo del pantalón lado derecho varios envoltorios confeccionados en papel de aluminio al destapar uno de estos contenía en su interior restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana que al ser contabilizado arrojo la cantidad de ocho envoltorios…IDENTIDAD OMITIDA……que tiene la siguiente características de piel morena, contextura delgada, estatura mediana, quien vestía una franela de color gris con blanco y short de color negro y zapatos deportivos de color negro…a quien le fue encontrado en su poder dos envoltorios confeccionados en papel de aluminio que al destapar uno de estos contenía en su interior restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana...luego procedimos a buscar e los alrededores donde se encontraban los mencionados ciudadanos en presencia del testigo logrando encontrar cubierto con varias malezas una bolsa plástica de color verde con negro transparente contentiva de varios envoltorios confeccionados en papel aluminio al ser destapado varios de estos contenía en su interior restos de vegetales ”.
En base a esos hechos esta Juzgadora al adolescente IDENTIDAD OMITIDA fue capturado juntos con otros adultos por los funcionarios policiales en posesión de dos (02) envoltorios de presunta droga denominada marihuana y todo esto hace presumir con fundamento legal, que el imputado es autor de la comisión de los delito imputado en consecuencia, se Ordena se siga el Proceso por las normas del procedimiento ORDINARIO de conformidad a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal es por remisión expresa del artículo 537 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

DE LA CALIFICACION JURIDICA

De la anterior secuencia de hechos podemos afirmar que existen fundadas sospechas de que se ha cometido un hecho punible, perseguible de oficio, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita. Y constando en autos:
1.) El acta donde consta la forma de manera tiempo y lugar donde se le incauto los dos envoltorios de presunta droga denominada marihuana al imputado, folio 04 y 05.
2.) Registro de Cadena de Custodia de evidencias físicas de fecha 29-04-10 suscrita por el funcionario GERMAN MARCANO…evidencias físicas colectadas Diecinueve envoltorios confeccionados en papel de aluminio contentivo en su interior de restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana, cinco envoltorios confeccionados en papel de aluminio contentivo de una sustancias sólida de color amarillenta de la presunta droga denominada crack, una bolsa plástica de color verde con negro contentiva en su interior de cuarenta y dos envoltorios confeccionados en papel aluminio contentivos de restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana y una bolsa transparente contentiva en su interior de la cantidad de cuarenta y dos envoltorios confeccionados en papel de aluminio contentivo de una sustancia sólida de color amarillenta de la presunta droga denominada crack…”.
3.-) Acta de entrevista de fecha 28-04-10 rendida por el ciudadano testigo presencia del decomiso de droga quien expuso: “…momentos en que me dirigía hacia mi residencia cuando fui interceptado por una unidad de la policía del Estado perteneciente al grupo táctico especial donde se bajaron dos personas quienes se identificaron como funcionarios de la policía del estado diciéndome que si podía servir como testigo presencial en una revisión que le iban a realizar a unos ciudadanos los cuales se encontraban dentro de una casa abandonada en la parte del fondo donde acepte, procediéndome a montarme en la unidad policial, una vez que llegamos a la residencia observe que los funcionarios policiales salieron corriendo dándole la voz de lato a los ciudadanos que estaban sentados en al parte del fondo de la casa abandonada donde estos ciudadanos se introdujeron dentro de un monteral luego los funcionarios hicieron lo mismo quedándome en la unidad en compañía de uno de los funcionarios policiales, luego se acuerdo el comandante de la unidad en compañía de unos de los funcionarios policiales, luego se acerco el comandante de la unidad hacia donde estaba mi persona indicándome que lo acompañara hasta el fondo de la casa ya que había capturados a los ciudadanos, por lo que me dirigí hacia donde tenia detenidos a estos, después el comandante de los funcionarios le indico a uno de ellos para que revisara a los ciudadano observando que al primero de los detenidos le consiguieron dentro del bolsillo del pantalón lado derecho varios envoltorios donde el funcionario destapo varios envoltorios donde el funcionario destapo varios de estos y me informo que estaban llenos de una sustancias sólida de color amarillenta de la presunta droga denominada crack y de restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana que al ser contabilizado arrojo la cantidad de nueve envoltorios cuatro de marihuana y cinco de crack, al segundo ciudadano le fue conseguido también dentro de los bolsillo del pantalón izquierdo varios envoltorios al ser destapado estos por el funcionario indico que estaban llenos de restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana donde fue contada arrojando la cantidad de cinco envoltorios, al tercero le fue conseguido dentro del bolsillo del pantalón lado derecho varios envoltorios envueltos en papel de aluminio donde fue destapado todos estos por el funcionario informándome que contenía restos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana donde fueron contados y arrojo la cantidad de ocho envoltorios y cuando de los ciudadanos le fue encontrado dos envoltorios dentro del bolsillo del pantalón que tenia dos envoltorios que al ser destapados por el funcionario congenia también estos vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana luego estos procedieron a buscar en los alrededores donde se encontraban los mencionados ciudadanos y mi presencia lograron encontrar cubierto con varias maleza una bolsa plástica de color verdoso con negro transparente contentiva de varios envoltorios confeccionados en papel aluminio que al ser destapado varios de estos contenía en su interior restos de vegetales de color verdoso de olor penetrante de la presunta droga denominada marihuana, al ser contabilizado arrojo la cantidad de Cuarenta y Dos envoltorios, asimismo fue encontrado un rollo de papel aluminio, una hojilla de afeitar de color gris, siguiendo con la inspección observamos del lado derecho cubierto con varios hojas secas y maleza una bolsa transparente contentiva de varios envoltorios confeccionados en papel aluminio al destapar varios de estos contenía en su interior una sustancia sólida de color amarillenta de la presunta droga denominada crack al ser contabilizada arrojo la cantidad de cuarenta y dos envoltorios posteriormente los funcionario policiales procedieron a embarcar a la unidad luego manifestaron que debía acompañarlos para que atestiguara sobre lo que le fue incautado en su poder a estos ciudadanos…”.
4.) Orden de inicio de fecha 28-04-10 suscrita por la Fiscalia Décima del Ministerio público.
5.) Acta de Inspección Técnica 2468 (folio 26) en el lugar de los hechos suscrita por los funcionarios JAVIER MEJIAS Y CARLOS VASQUEZ, donde se fija el lugar de los hechos: CALLE OCHO, CASA SIN NUMERO DEL SECTOR CAMPO AYACUCHO MATURIN ESTADO MONAGAS...”.
6.) Experticia Químicas Botánica N° 9700-128-0555 de fecha 29-04-10 realizadas por los funcionarios DR. ELISEO PADRINO MARIN y DRA. MARVIN MARCHAN SALAS… a las sustancias incautadas…”.

Considerando que están dados los supuestos para presumir la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano en perjuicio del Estado Venezolano, calificación ofrecida por el Ministerio Público y que este Tribunal comparte.

DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO
Por cuanto de lo actuado hasta el presente momento existen fundadas Elementos de Convicción que señalan que el adolescente pudiera estar incurso en la comisión del delito ante señalado a los fines de asegurar las resultas del proceso se decreta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la medida cautelar contenida en el literales “C” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, debiendo presentarse cada 30 Treinta (30) días por ante el Departamento de Servicio Social de este circuito Debiendo de iniciar con sus presentaciones el día de hoy.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ordena se siga el proceso por las normas del procedimiento ordinario de conformidad a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar incurso el joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA (plenamente identificado arriba) en el delito de en la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; previsto y sancionado en el artículo 34 de la Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: A los fines de asegurar las resultas del proceso se hace necesario la aplicación de una Medida Cautelar al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por lo que este Tribunal le decreta la Medida Cautelar contentiva en el literal “C” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente, por considera éste Tribunal necesarias y proporcional al hecho investigado, es decir queda obligado el adolescente a presentarse por ante el Departamento del Servicio Social cada Treinta (30) días, se ordeno el egreso del adolescente de auto desde esta sala. Debiendo de iniciar con sus presentaciones el día de hoy. TERCERO: Se acuerda las copias simples solicitadas por la Defensa, se acuerda remitir las presentes actuaciones al Ministerio Público, en su oportunidad legal. Se ordena oficiar al Servicio Social, a los fines de informarle sobre lo aquí. Regístrese, diaricese, certifíquese, y guárdese copia de la presente decisión Cúmplase.-
La Jueza


ABG. ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ.

LA SECRETARIA

ABG.