REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, trece (13) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
INADMISIÓN

ASUNTO : VP01-L-2010-000394

Vista la demanda de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano ANDRES ALVAREZ COY, titular de la cédula de identidad: 17.835.558, en contra de la Sociedad Mercantil CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., este Tribunal luego de haber revisado el Libelo de la Demanda presentado, en fecha 23 de febrero de 2010, ordenó subsanar el mismo. Ahora bien, se observa que en fecha 25 de marzo de 2010, la parte actora se dio por notificado, sin que hasta la fecha conste el haber cumplido con lo ordenado por este Tribunal; como era el indicar el cargo del ciudadano GERARDO OCUMARE, dentro de la Sociedad Mercantil demandada CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación.
Siendo así, es forzoso para quien decide DECLARAR LA INADMISIBILIDAD de la presente causa por no llenar los requisitos del artículo 123, numerales 3º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, máxime en tanto y en cuanto el demandante no subsano el defecto de su escrito libelar de la manera indicada por este Juzgado según auto de fecha veintiséis (26) de febrero de 2010. Así se decide. Publíquese y Regístrese.
La Juez.
Mgs. Judith del Carmen Castro
La Secretaria.
Abog. Joselyn Urdaneta.