N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000550
PARTE ACTORA: JOHAN GRATEROL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: TRINA SARMIENTO LEÓN
PARTE DEMANDADA: VIZUCA C.A. y SEGURIDAD INTEGRAL, C.A. (SEGUINTECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARGARITA ASSENZA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 7 de Abril de 2010, siendo las 8:45 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente la abogada MARGARITA ASSENZA, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil SEGURIDAD INTEGRAL, C.A. (SEGUINTECA), se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano JOHAN GRATEROL, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 y 199.



El Juez

El Secretario

Abg. Marlene Rojas de Siu





Los Presentes