REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, quince de abril de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO : VP01-L-2010-000009
Visto el escrito presentado en fecha veinticuatro de marzo de dos mil diez, suscrito por el ciudadano JORGE LUIS FUENMAYOR ORTEGA, asistido por el Profesional del Derecho PEDRO HERNANDEZ BESEMBEL, actuando en su carácter de parte actora en este proceso, y por el Profesional del Derecho GERARDO GONZALEZ NAGEL, en su carácter de apoderada de la demandada GLOBAL CARE SERVICES, C.A., por medio del cual celebran transacción, este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumada dicha transacción, la HOMOLOGA, por considerar que la misma no menoscaba derechos irrenunciables del trabajador, ni lesiona normas de orden público, y cumple los requisitos exigidos por el Artículo Tercero de la Ley Orgánica del Trabajo, pasándola en consecuencia en autoridad de cosa juzgada declarando terminado el presente juicio y ordenando el archivo definitivo del expediente.-

El Juez.


Mgs. Hugo Cordero Morillo.

La Secretaria.

Abog. Yasmira Galue.