REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 20 de abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-000769
AUTO
Visto el contenido de las Actas (y demás anexos que anteceden), suscritas por las partes de la presente causa (demandantes y demandada), vale decir, por los ciudadanos los ciudadanos ELEYDA FUENMAYOR, MIREYA FERNÁNDEZ, GREANETTE ROMERO, MANUEL FERNÁNDEZ, COSME SÁNCHEZ, DARWIN CHIRINOS, NOIRALYN CHIRINO, MARITZA ROSILLON, MELIDA PEREZ, OMAIRA CERRADA, LINA BELLAEZ, EDGAR IBARRA y ANNELIESES BARBOZA, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 9.780.270, 4.150.381, 4.993.609, 7.605.013, 5.860.787, 14.278.973, 16.985.531, 4.534.031, 9.165.555, 5.792.659, 7.802.675, 18.573.011 y 7.972.611 respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano Abogado ORLANDO GONZÁLEZ y, el ciudadano Abogado CARLOS ARAUJO, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil CENTRO MATERNO INFANTIL SANTA MARGARITA C.A. (CMISM C.A.), contentiva de la Transacción celebrada por las mismas, éste Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable de los referidos trabajadores, dándole el carácter de COSA JUZGADA.
Se ordena el archivo definitivo del expediente. CÚMPLASE.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
El Secretario
Abog. Melvin Navarro Guerrero