JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 24 de septiembre de 2009
199° - 150°
Exp. No. 284-05

En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 23 de febrero de 2005 por la ciudadana ADELINA OLIVEROS, portadora de la cédula de identidad No. 8.507.103, en su carácter de responsable de la firma unipersonal denominada OLIVEROS ADELINA (PULILAVADO PAZA AVENTURA, inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el No. V- 08507103-0, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia bajo el No. 79 Tomo 4-A, en fecha 04 de mayo de 1999, asistida por el abogado WILFREDO MARTINEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.243. El 28 de marzo de 2006, este Tribunal declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso, ordenando la notificación de la Procuradora General de la República y de la contribuyente.
Ahora bien, observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 26 de septiembre de 2008.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2006, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez Temporal

Dr. Jesús Alberto Rincón Pirela
La Secretaria,

Abg. Yusmila Rodríguez Romero


Resolución No. _______-2009

JR/dd.-