REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 24 de Septiembre de 2009
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
En el día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Septiembre de 2009, siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-152-09, seguida en contra del acusado LUIS GUILLERMO CHAVEZ, por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO DE VEHICULO CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, PORTE ILICITO DE ARMA Y APROVACHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO DE ROBO, previstos y sancionados en los artículos 5 en concordancia con el artículo 6, ordinales 1, 2, 3, 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, 277 y 470 del Código Penal, en cometido en perjuicio de LUIS DAVID NEGRON MEJIAS. Se constituyó el DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia de la Fiscal 17° del Ministerio Publico ABOG. CLARITZA MATA, del acusado LUIS GUILLERMO CHAVEZ, quien se encuentra en libertad bajo una medida cautelar sustitutiva, del Defensor Público ABOG. EDWIN OSVALDO PARADA RAMIREZ. Igualmente se deja constancia que no se presentó ninguno de los convocados por Participación Ciudadana. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa cuatro (4) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana, en tal sentido se procede a conceder la palabra al acusado LUIS GUILLERMO CHAVEZ, quien impuesto nuevamente del precepto constitucional contenido en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expuso: “Solicito que el Tribunal se constituya de manera unipersonal, no se realicen más convocatorias y se fije el juicio lo más pronto posible, es todo”. De igual manera se le concede la palabra al Defensor Público N° 23, Abog. EDWIN OSVALDO PARADA RAMIREZ, quien expone: “Ciudadano Juez, en atención a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, vista las cuatro convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal mixto, siendo esta la quinta convocatoria, solicito tome en consideración el pedimento de mi defendido, se constituya el Tribunal Unipersonal y se fije cuanto antes el Juicio Oral y Publico, es todo”. De igual manera se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Público ABOG. CLARITZA MATA, manifiesta: “Esta Representación Fiscal esta de acuerdo con que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día JUEVES VEINTIDOS (22) DE OCTUBRE DE 2.009, A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 p.m.). Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Quedan las partes notificadas. Concluyó el acto siendo las doce y diez minutos de la tarde (12:10 p.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 077-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESUS ENRIQUE RINCON
LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. CLARITZA MATA
EL ACUSADO
LUIS GUILLERMO CHAVEZ
EL DEFENSOR PRIVADO
ABOG. EDWIN OSVALDO PARADA RAMIREZ
LA SECRETARIA
ABG. KEILY CRISTARI SCANDELA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta y se oficio lo conducente.
CAUSA N° 7M-152-09
JER/ks.-