REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 16 de Septiembre de 2009
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
070-09
En el día de hoy, Viernes Dieciocho (18) de Septiembre de 2009, siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 a.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-167-09, seguida en contra del acusado ANGELO NOE PARRA MENDEZ, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de HITON GERARDO FERNANDEZ FERNANDEZ. Se constituyó el DR. JESUS ENRIQUE RINCON, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia de la Fiscal 5° del Ministerio Público ABG. NANCY ZAMBRANO, del acusado ANGELO NOE PARRA MENDEZ, previo traslado especial de la Policía Regional del Estado Zulia, en compañía de su Defensor Privado, ABOG. ALBERTO GONZALEZ SUAREZ. Igualmente se deja constancia que no se presentó ninguno de los convocados por Participación Ciudadana. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa dos (2) convocatorias infructuosas, siendo esta la tercera, no lográndose constituir el Tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana, en tal sentido se procede a conceder la palabra al acusado ANGELO NOE PARRA MENDEZ, quien impuesto nuevamente del precepto constitucional contenido en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expuso: “Informada como me ha sido la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, solicito que el Tribunal se constituya de manera unipersonal, para no perder mas tiempo y se fije el juicio lo más pronto posible, es todo”. De igual manera se le concede la palabra al Defensor Privado, Abog. ALBERTO GONZALEZ SUAREZ, quien expone: “Ciudadano Juez, en atención a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 164, vista las dos convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal mixto, siendo esta la tercera convocatoria, solicito tome en consideración el pedimento de mi defendido, se constituya el Tribunal Unipersonal y se fije cuanto antes el Juicio Oral y Publico, es todo”. De igual manera se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Público manifiesta: “No me opongo a que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día JUEVES QUINCE (15) DE OCTUBRE DE 2.009, A LA UNA DE LA TARDE (1:00 p.m.), quedando todas las partes notificadas. Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Se ordena el traslado del acusado para el día y la hora antes indicada. Concluyó el acto siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 a.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 070-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESUS ENRIQUE RINCON
LA FISCAL 5° DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. NANCY ZAMBRANO
EL ACUSADO
ANGELO NOE PARRA MENDEZ
EL DEFENSOR PRIVADO
ABOG. ALBERTO GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. KEILY CRISTARI SCANDELA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta y se oficio lo conducente.
CAUSA N° 7M-167-09
JER/ks.-