REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 16 de Septiembre de 2009
199° y 150°

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL

En el día de hoy, Miércoles Dieciséis (16) de Septiembre de 2009, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-116-08, seguida en contra del acusado RAFAEL ANGEL ATENCIO, por la presunta comisión del delito HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano DIRIMO GONZALEZ. Se constituyó el DR. JESUS ENRIQUE RINCON, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia del Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico del Ministerio Público ABOG. ANGEL CASTILLO, del acusado RAFAEL ANGEL ATENCIO, previo traslado de la Cárcel Nacional de Maracaibo, de la Defensora Pública Nº 17 ABOG. MILAGROS MORALES, en sustitución solo por este acto del Defensor Público N° 31. Igualmente se deja constancia que solo se presentó de los convocados por Participación Ciudadana: GEOYANI DERMANY MEDINA GARCIA. C.I: 15.013.341. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa diez (10) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana, en tal sentido se procede a conceder la palabra al acusado RAFAEL ANGEL ATENCIO, quien impuesto nuevamente del precepto constitucional contenido en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expuso: “Solicito que el Tribunal se constituya de manera unipersonal, para no perder mas tiempo y se fije el juicio lo más pronto posible, es todo”. De igual manera se le concede la palabra al Defensora Pública, Abog. MILAGROS MORALES, quien expone: “Ciudadano Juez, en atención a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, vista las diez convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal mixto, siendo esta la undécima convocatoria, solicito tome en consideración el pedimento de mi defendido, se constituya el Tribunal Unipersonal y se fije cuanto antes el Juicio Oral y Publico, es todo”. De igual manera se deja constancia que el Fiscal del Ministerio Público manifiesta: “Esta representación Fiscal no se opone a que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día MIERCOLES CATORCE (14) DE OCTUBRE DE 2.009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), quedando todas las partes notificadas. Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Se ordena el traslado de los acusados para el día y la hora antes indicada. Concluyó el acto siendo la una de la tarde (1:00 p.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 069-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,


DR. JESUS ENRIQUE RINCON

LA ESCABINO PRESENTE



GEOYANI DERMANY MEDINA GARCIA

EL FISCAL 18° DEL MINISTERIO PÚBLICO


ABG. ANGEL CASTILLO


EL ACUSADO






RAFAEL ANGEL ATENCIO



LA DEFENSA PÚBLICA N° 17



ABOG. MILAGROS MORALES

LA SECRETARIA


ABG. KEILY CRISTARI SCANDELA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta y se oficio lo conducente.
CAUSA N° 7M-116-08
JER/ks.-