Exp. 47.260/J.R






JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 16 de Septiembre de 2009
199º y 150°
Vista la anterior solicitud de medida, suscrita por la ciudadana JOHANA ROSALY CANTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.513.771, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la abogada en ejercicio MARIA GONZALEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.813.268, donde solicita se decrete medidas Preventivas de Embargo sobre los diferentes conceptos que devenga el ciudadano STANLEY OLIMPIADES GUERRA YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-9.113.821, y de igual domicilio, como empleado al Servicio del Hospital General del Sur “Doctor Pedro Iturve” de esta localidad; Ahora bien, Observa esta Jurisdicente de las actas que compone el presente expediente, al analizar nuevamente el escrito de solicitud de medida presentado por la parte actora, se evidencia que la misma no dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en fecha cinco (5) de Agosto del presente año. En consecuencia ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, NIEGA la referida medida solicitada por la parte actora, por no cumplir con los extremo de ley contemplado en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE.
Sin embargo, se le hace saber a la parte interesada, que el Tribunal podrá decretar medidas cautelares en cualquier estado y grado de la causa, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ:
Abog. HELEN NAVA DE URDANETA MSc.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL:
Abog. LAURIBEL RONDON.
En la misma fecha se dictó y Público en fallo que antecede bajo el No. 48.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL: