REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBOJESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ
Y ALMIRANTE PADILLA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Comisión 4403-09
En el día de hoy, jueves diecisiete de septiembre del 2009, en horas hábiles de despacho, siendo las diez de la mañana, se traslado y constituyó este tribunal ejecutor en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora Abrahan Suarez inscrito en el inpreabogado 29.070, en la dirección de la presente ejecutoria inmueble constituido por un apartamento ubicado en la avenida 2 con prolongación 5 de julio, Edificio Residencias Vista Real, Torre 2, Séptima Planta No. 7B del Municipio Maracaibo Estado Zulia, a objeto de darle cumplimiento al mandamiento de ejecución decretado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, expediente 11.528, en el juicio que por Desalojo introdujera la Sociedad Mercantil INVERSIONES M.C. C.A., contra el ciudadano FRANCISCO SANCHEZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad 4.060.666, en el cual fue declarada la ejecución forzosa de la sentencia dictada por el Juzgado de la causa en fecha 26 de septiembre del 2008 y confirmada en fecha 18 de diciembre de 2008 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial Estado Zulia. Para lo cual se ordena a la parte demandada ya identificada hacer entrega del inmueble donde este tribunal se encuentra constituido, ubicado en la dirección ut supra señalada y alinderado de la siguiente manera: Norte: Con hall de distribución y ascensores de cada piso, Sur: Con fachada sur de la torre, Este: Con fachada este de la torre, y Oeste: Fachada oeste de cada torre.- Seguidamente esta juzgadora procede a notificar del traslado y constitución del tribunal ejecutor a un ciudadano que se encontraba presente quien permitió el acceso al tribunal y se identificó con cédula personal como FRANCISCO ROLANDO SANCHEZ NAVARRO, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 4.060.666, de este domicilio, siendo el ejecutado de autos, a tales efectos esta juzgadora le informa el motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor de medidas, asimismo se le indicó que en la presente ejecutoria podría hacerse acompañar de abogado de confianza tal como lo establece la norma fundamental.- Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora expuso: “Solicito a este Tribunal Ejecutor proceda y ejecute la medida para lo cual fue comisionado, es todo”.- Acto seguido el Tribunal procede a nombrar como practico al Ciudadano IGOR DELGADO HUERTA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 5.170.472, de este domicilio para que determine y especifique el inmueble objeto de la presente medida y en el cual este tribunal se encuentra constituido, y a tales efectos procede a juramentarlo de la manera siguiente: ¿Jura usted cumplir con las obligaciones inherentes al cargo recaído en su persona? Si lo Juro.- Esta juzgadora gira las instrucciones necesarias al práctico nombrado a objeto que determine y precise el inmueble objeto de la presente medida y lo realiza de la siguiente forma: “Trátese de un inmueble ubicado en la dirección arriba señalada, estructurado por columnas, viguetas, y fundaciones de concreto armado y vaciado, con paredes de bloques frisadas, dentro de la acepción general de la ley de Propiedad Horizontal en virtud de ser un edificación de uso múltiple (apartamento), el mismo se encuentra conformado por sala, comedor a desnivel, cocina con gabinetes de madera revestido en fórmica en su parte superior e inferior y cerámica en la pared de fondo, tres habitaciones, dos salas sanitarias una común y otra en la habitación principal, una cuarta habitación con una sala sanitaria para uso de servicio, una sala de estar y área de lavandería. El inmueble en cuestión posee pisos de cerámica en todos sus ambientes y cerámica en la pared de fondo de los gabinetes de cocina, el inmueble posee ventanales de metal de aluminio con vidrio tipo corrediza y protecciones de metal de hierro, asimismo hago constar que la puerta de acceso al inmueble protectora es de metal de hierro tipo multilock, de igual manera posee puertas de madera entamborada en todos sus ambientes en buen estado, asimismo los accesorios de la sala sanitaria se encuentra en buen estado y en servicio. El inmueble tiene asignados dos puestos de estacionamiento en espacio correlativo. El inmueble clasifica como en buen estado de uso y de habitabilidad y el mismo se encuentra enclavado en los linderos arriba señalados los cuales doy por reproducidos en este acto.- Siendo las doce del mediodía se presentó en este acto el abogado en ejercicio JAVIER RAMON PARRA PIRELA, inscrito en el inpreabogado 53.557, quien es el apoderado judicial de la parte ejecutada, a tales efectos esta juzgadora le permite la lectura integra del mandamiento de ejecución comisionado.- Acto seguido esta juzgadora insta a la parte ejecutada a objeto de realizar la entrega del inmueble para lo cual este tribunal fue comisionado, que proceda a retirar sus bienes personales por cuanto los mismo no están afectos en la medida que se practica.- Seguidamente el ejecutado conjuntamente con su grupo familiar procedió con la ayuda del personal de mudanza a retirar sus bienes personales, los cuales señaló los trasladaría momentáneamente a casa de un familiar.- Cumplidas como han sido las actuaciones de rigor, seguidamente ESTE TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumpliendo con el despacho comisionado HACE ENTREGA FORMAL DEL BIEN INMUEBLE ANTES DESCRITO Y QUE SE CORRESPONDE CON EL ORDENADO A ENTREGAR EN EL MANDAMIENTO DE EJECUCION COMISIONADO, A LA PARTE ACTORA Sociedad Mercantil INVERSIONES M.C. C.A., representada en este acto por su apoderado judicial abogado en ejercicio ABRAHAM SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 7.723.619, de este domicilio, quien estando presente lo recibe en este acto en nombre de su representada, libre de personas y bienes a los efectos legales correspondientes.- Cumplida como ha sido la presente comisión conferida a este tribunal ejecutor el mismo acuerda su remisión en original y con todas sus resultas al tribunal de la causa a los efectos legales correspondientes. En este acto el tribunal estuvo custodiado por los funcionarios policiales de la Policia Regional del Estado Zulia, Wilfredo García, Credencial 3814 y Fernando Nava credencial 2131.- Concluye el mismo siendo las dos de la tarde.- Dándole cumplimiento a lo establecido en el artículo 26, segundo aparte y 254 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abg.Zimaray Carrasquero.
El Ejecutado y su abogado.
El Ejecutante.
El práctico.
Funcionarios policiales. La Secretaria,
Abg. Linda Avila N.
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