Comisión 2832/2009.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
199º y 150º
En el día de hoy, MARTES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009, siendo las ONCE horas de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la Medida de EMBARGO, decretada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4, en el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana LIZ MÁRQUEZ SOCORRO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nº 7.688.294, en contra del ciudadano RAUL JOSÉ MORALES FINOL, venezolano, portador de la Cédula de Identidad Nro. 7.600.639; llevado en el expediente No. 14.915, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora ejecutante, específicamente en la sede donde funciona la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (Agencia 5 de Julio), ubicada geográficamente en la calle 77 (5 de Julio), con Avenida 17 (Baralt), del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana EVELYN MATILDE TREJO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V.-5.063.706, quién manifestó ser la Gerente de Zona Centro-Oeste de dicha Entidad Bancaria (BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO).- En este estado, presente la abogada en ejercicio ciudadana LIZ MARÍA MÁRQUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 34.637, actuando en representación de sus propios derechos e intereses, expuso: Solicito al Tribunal Ejecutor, en cumplimiento con el Despacho Comisorio que le fuera conferido, proceda a ejecutar la medida de Embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) del valor de los Bonos del Sur, suscritos por el demandado de autos ciudadano RAUL JOSÉ MORALES, portador de la cédula de identidad No. 7.600.639, y cuyo custodio es la institución bancaria donde se encuentra constituido el Tribunal; a tales efectos, solicito al Tribunal Ejecutor, proceda a requerir dicha información a la Gerente notificada. Es todo.- A continuación, este Juzgado pasa a requerir de la Notificada (Gerente de Zona Centro-Oeste de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO), la información relativa a la existencia de los Bonos del Sur en referencia, que posee el demandado de autos, ciudadano RAUL JOSÉ MORALES, antes identificado, tal y como lo señaló la parte actora ejecutante en escrito que riela en el folio seis (6) de este expediente comisorio, para que sean embargados en un cincuenta por ciento (50%) por este Juzgado. Seguidamente, la Notificada en cuestión (Gerente de Zona Centro-Oeste de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO), expuso: Efectivamente, el ciudadano RAUL JOSÉ MORALES FINOL, portador de la Cédula de Identidad V.- 7.600.639, posee los bonos que a continuación se describen, los cuales se encuentran en custodia de esta institución bancaria: 1) TICC 2019, por un valor de 3.000 $; y 2) BODEN 15, por un valor de 3.000 $. Es todo.- En este estado, presente la parte actora abogada en ejercicio LIZ MARÍA MÁRQUEZ, actuando en su propio nombre y representación, plenamente identificada, expuso: Solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor, proceda a ejecutar la medida de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de los Bonos que posee el demandado de autos y que ya fueron identificados por la institución bancaria donde se encuentra constituido el Tribunal Ejecutor, que forman parte de la comunidad conyugal; e igualmente, solicito al Juzgado, que una vez practicada la presente medida de embargo, se sirva remitir las resultas correspondientes al Tribunal de la Causa.- Es todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Formalmente Embargados Preventivamente el CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS SIGUIENTES BONOS: 1) TICC 2019, por un valor de 3.000 $; y 2) BODEN 15, por un valor de 3.000 $, que se encuentran en custodia de la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento (BOD), cuyo titular de los mismos es el ciudadano RAUL JOSÉ MORALES FINOL, plenamente identificado, y en consecuencia, se declara consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado. SEGUNDO: Este Juzgado Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, y dada la peculiar naturaleza de la presente ejecución, le hace saber a la Notificada (Gerente de Zona Centro-Oeste del Banco Occidental de Descuento), que deberá llevar a cabo las gestiones pertinentes a los fines de materializar la medida de embargo preventivo que en este acto se ejecuta. En este estado, presente la ciudadana EVELYN MATILDE TREJO, (Gerente de Zona Centro-Oeste del Banco Occidental de Descuento), expuso: El Banco procedió a apartar de la disposición del ciudadano RAUL MORALES, la cantidad de 1.500 $, de títulos TICC 2019, y la cantidad de 1.500 $, de títulos BODEN 15, los cuales se encuentran en estos momentos a la orden del Tribunal de la Causa. Es todo.- TERCERO: CUMPLIDA COMO HA SIDO LA PRESENTE COMISIÓN Y TAL COMO FUERE SOLICITADO POR LA PARTE ACTORA EJECUTANTE, SE ORDENA LA REMISIÓN DE LA PRESENTE ACTA CON SUS CORRESPONDIENTES RESULTAS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA; siendo las doce y cuarenta y cinco horas de la tarde (12:45 p.m.). Es todo, se leyó y conformes firman.----------------------
EL JUEZ,
ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.
LA GERENTE DE ZONA CENTRO-OESTE DEL BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, NOTIFICADA,
LA PARTE ACTORA (QUIEN ACTUA EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN),
EL SECRETARIO SUPLENTE,
ABOG. MSc. DIÓSCORO DANIEL CAMACHO SILVA.
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