REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.467
En el día de hoy, 25 de Septiembre del año dos mil nueve, siendo las 9:00AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 15820. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana NANCY BENIGNA VILORIA BRACHO, portador de la Cédula de Identidad No. 9.113.741, en beneficio de los adolescentes: XXXXXXXX Y XXXXXXXX en contra del ciudadano JOSE GREGORIO NAZARIEGO BLANCO, portador de la Cédula de Identidad No. 8.704.045.- En este estado presente el ciudadano (a): DAVID CAMARGO, titular de la Cédula de Identidad No.17.738.492, quién se identifico con el carácter de ASISTENTE DE GESTION. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre 1) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario mensual, mas horas extras que devengue el ciudadano JOSE GREGORIO NAZARIEGO BLANCO, como trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A PETROLEOS S.A. (PDVSA).- 2) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las Utilidades y Bono especial de fin de año que perciba el demandado, para cubrir los gastos propios de la época decembrina.- 3) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las Vacaciones o Bonos Vacacionales que le pudieran corresponderle al citado ciudadano.- 4) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades que por concepto de prima por hijos y útiles escolares, le puedan corresponder a los niños y adolescentes de autos.- 5) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorros y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al mencionado ciudadano demandado en caso de despido, retiro voluntario, o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral .-Las cantidades contenidas en los numerales “1, 2, 3 y 4” deberán ser entregadas directamente a la ciudadana NANCY BENIGNA VILORIA BRACHO, antes identificada y las contenidas en el numeral “5”, deberá ser remitida en su oportunidad, en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP. No. 15820. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero arriba mencionadas.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:05 AM.-
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
ABOG. JOSE A. SOTO A.-
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