REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISION 4370-09

En el día de hoy jueves veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil nueve (2009), siendo las dos y cuarenta minutos de la tarde (2:40 PM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, Agencia oficina Principal, ubicada en la calle 77 (5 de Julio), frente al antiguo Fin de Siglo, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN MANUEL GUIRIRAY GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 16.046.952, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 115.733, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO DE INTIMACION), que sigue la Sociedad Mercantil ARTICULOS DE LIMPIEZA MARACAIBO, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil EMPRESAS CVG, C.A. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.063.706, quien se identificó como GERENTE DE ZONA. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN MANUEL GUIRIRAY GONZALEZ, antes identificado, expuso: “Señalo para ser embargado ejecutivamente el saldo que posean las cuentas corrientes Nos. 8226849, 0007916868, 0004580559, 181301784, existentes a esta institución, a nombre de la demandada Sociedad Mercantil EMPRESAS CVG, C.A., todo hasta cubrir la cantidad señalada en el despacho comisorio referente a cantidades de dinero”. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, antes identificada, a informar a este Juzgado si existen en esta institución las cuentas signadas con los Nos. 8262849, 0007916868, 0004580559, 181301784, asimismo se ordena informe si las mismas pertenecen a la parte demandada Sociedad Mercantil EMPRESAS CVG, C.A., y manifieste si posee el saldo disponible para cubrir el monto requerido en este acto. Seguidamente la persona notificada ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, antes identificada, expuso: “Si existen en esta institución las cuentas anteriormente señaladas y las mismas pertenecen a la parte demandada Sociedad Mercantil EMPRESAS CVG, C.A., y para este momento ningunas de las cuentas mencionadas poseen cantidades de dinero disponibles para cubrir el monto requerido en este acto. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN MANUEL GUIRIRAY GONZALEZ, antes identificado, expuso: “Por cuanto las cuentas antes señaladas no poseen saldo suficiente solicito al Tribunal se abstenga de ejecutar en este momento la presente medida, asimismo solicito al Tribunal no sea remitida la comisión al juzgado de la causa”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la apoderada judicial de la parte actora se abstiene de ejecutar en este momento la presente medida asimismo se abstiene de remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa. Finalmente, el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las tres y veinte minutos de la tarde (3:20 PM), del día hoy.
LA JUEZ,


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-
LA NOTIFICADA – GERENTE DE ZONA




EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO


ABOG. JOSE SOTO ASPRINO