REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 4.429.-

En hora de despacho del día de hoy 22 de Septiembre del año dos mil nueve, siendo las 9:05 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Rectorado de la Universidad del Zulia, ubicado en la avenida 16 Guajira del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora, Abogado HUBERT SOTO PEREZ, inscrito en el inpreabogado No. 57.701, a objeto de llevar a efecto la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVA, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP. No. 14394, con motivo del Juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA CASTILLO DUNO, portadora de la Cédula de Identidad No. 8.501.360, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL SANDOVAL BRACHO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.974.272. En este estado se hace presente el (la) ciudadano (a): JOSE PEREZ, portador (a) de la Cédula de Identidad No: 5.317.351, quién se identifico con el carácter de JEFE DE NÓMINA ADMINISTRATIVA. A quien el Tribunal le notifica y le hace saber que el Juzgado de la causa antes mencionado decretó, MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre A) La cantidad de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 1.350,oo), deducible de las Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano JOSE RAFAEL SANDOVAL BRACHO, la cual deberá ser remitida a la mayor brevedad posible en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP. No. 14.394. B) La cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,oo), mensuales del sueldo que perciba el demandado, como Chofer al servicio de la Universidad del Zulia, para cubrir los gastos de manutención del niño JOSE DAVID SANDOVAL CASTILLO. C) La cantidad adicional de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) de las utilidades que perciba el demandado, para cubrir los gastos propios de la época decembrina. Las cantidades antes señaladas, deberán ser depositadas en la cuenta de ahorro No. 01160101451101338432 de la entidad Financiera Banco Occidental de Descuento, perteneciente a la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA CASTILLO DUNO. EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, la cantidad de dinero arriba señalada. Seguidamente el notificado (a) con el carácter antes indicado, Expuso “En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 9:10 AM.-
LA JUEZ



DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. JOSE A. SOTO A.