REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintidós de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO VP01-L-2008-002224




En el día hábil de hoy, veintidós (22) de septiembre de 2009, siendo las 2:30 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana MARÍA GONZALEZ, identificada en actas, asistida por la abogada WENDY ECHEVERRIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 114.165 y el abogado ANGEL PAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 52.095, en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Mara, en representación del INSTITUTO MUNICIPAL DEL AMBIENTE (I.M.A) y autorizado por el Alcalde del Municipio para la realización de la presente transacción, en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, llegando las partes al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en un (01) folio útil escrito contentivo de la transacción con () anexo, mediante el cual ofrecen cancelar a la trabajadora la cantidad total de UN MIL QUININTOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 1.500,00) que serán cancelados el día 15 de noviembre de 2009 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, en horas de despacho.
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto, se ordena el archivo definitivo del expediente y se hace entrega a las partes de los escritos de pruebas con sus respectivos anexos consignados al inicio de la audiencia. Así se decide..
La Juez.

Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria
Los Presentes.
Abg. Yasmelys Borrego