ACTA



N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2009-001000
PARTE ACTORA:DANIS JESUS MEDINA HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GLENNYS URDANETA
PARTE DEMANDADA:ALEJANDRO URDANETA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:DANIS JESUS MEDINA HERNANDEZ y ALEJANDRO URDANETA
MOTIVO:prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy,29 de Septiembre de 2009, siendo las dos y treinta minutos de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano DANIS JESUS MEDINA HERNANDEZ, y ALEJANDRO URDANETA, en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales GLENNYS URDANETA, apoderada actora y CARLOS VARGAS, apoderado de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece pagarle a la parte actora, quien acepta recibirla la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 1.500,oo) la cual cubre la diferencia en el pago de las prestaciones sociales, ello en virtud de que el demandante admite haber recibido anticipos de prestaciones sociales. por lo que ambas partes solicitan se de por terminado el proceso, se homologue el acuerdo de pago celebrado y no se archive el expediente, dado que el pago se verificará por ante la SubInspectoría del Trabajo con sede en Machiques, Estado zulia, el dia MARTES SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL NUEVE, y posteriormente se consignará copia del acta respectiva a los fines del archivo del expediente. . . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el expediente..


El Juez

El Secretario

Abog. Hugo Cordero





Los Presentes