REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Nueve
199º y 150º
ASUNTO: VP01-S-2009-000187
Se da por recibida el día Veintitrés 23 de Septiembre de 2009, diligencia constante de Acta Transaccional, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por el ciudadano NOLBERTO SALAZAR, titular de la cédula de identidad No. V- 14.511.261, asistido por la abogada MARIA HERNADEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 129.554 por una parte, y por la otra la Abogado en ejercicio, ALBERTO JESUS BRACHO, titular de la cédula de identidad No. V-13.742.761,inscrito en el inpreabogado bajo el No 87.732, en su condición de representante Legal de la Sociedad Mercantil JACK´S WELDING SERVICES,(JACWELS, C.A). donde se le cancela al trabajador NOLBERTO SALAZAR la cantidad de SIETE MIL CICUENTA Y CINCO BOLIVARES CON 81/100 (Bs 7.O55,81) , mediante Cheque Nº 03938327 de fecha 15 de Septiembre de 2009,girado contra el Banco ProvincialO a nombre de NOLBERTO SALAZAR . Este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente . Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
Abg, MARIANELA BRAVO
La Jueza
EL SECRETARIO.
La Secretaria
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