ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000667

PARTE ACTORA: FRANCISCO URRUTIA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados MOISES ROSENDO CANDANOZA, YASNELIS HERNÁNDEZ y Kareen Semprun, Inpreabogados N° 92.688, 104.423 y 100.488 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PROA COMUNICACIONES INTEGRADAS, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Nelson José González Farias, Inpreabogado N° 30.400.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 23 de Septiembre de 2009, siendo las 1:43 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los apoderados judiciales abogados Kareen Semprun, Yasnelis Hernández y Moisés Rosendo en representación del demandante y PROA COMUNICACIONES INTEGRADAS, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Nelson González Farias, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga al demandante la cantidad de cuatro mil bolívares (Bs. 4.000,00) en cheque de la cuenta corriente N° 0105 0193 87 11930449326 de Proa Comunicaciones Integradas en el Banco Mercantil, cheque N° 71783695, a la orden de Francisco Urrutia, con la mención NO ENDOSABLE. Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva de preaviso, antigüedad, sabados, domingos y feriados, utilidades, vacaciones y bono vacacional. Las partes consignan acta transaccional en tres (3) folios. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

El Secretario

Los Presentes: