JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 07 de octubre de 2009
199° - 150°

Exp. N° 350-05
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto de forma subsidiaria en fecha 31 de mayo de 2005; por el ciudadano RODULFO URDANETA DÍAZ, portador de la cédula de identidad No. 1.666.786, en su carácter de Director y Apoderado de la contribuyente “SERVICIOS MARÍTIMOS DE TRANSPORTE, C.A.” en contra de la Resolución No. GJT-DRAJ-A-2004-4334, de fecha 30 de julio de 2004, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del SENIAT; en fecha 16 de mayo de 2007, este Tribunal admitió temporalmente el presente recurso y declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el proceso; ordenándose la notificación de las partes intervinientes.
El 09 de julio de 2007, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la notificación de la Procuradora General de la República.
En fecha 01 de octubre de 2007, se recibió oficio O.R.O No. 002551-N emanado de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la República.
En fecha 28 de julio de 2008, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la notificación de la contribuyente.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de la inactividad de la parte interesada en recurrir de la decisión de fecha 16 de mayo de 2007, relativa a la perención de la instancia y habiendo transcurrido con creces el lapso de apelación señalado en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario de 2001; este Tribunal declara firme dicha decisión, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE. Así se declara.-
El Juez

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,

Abg. Yusmila Rodríguez.

Resolución No. _______-2009.-
RLB/dcz.-