JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 01 de octubre de 2009
199° - 150°

Exp. N° 343-05
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 13 de mayo de 2005; por el ciudadano JESÚS ALFREDO RINCÓN, portador de la cédula de identidad No. 1.094.531, en su carácter de Presidente de la contribuyente “CASA RINCÓN, C.A.” en contra de la Resolución No. RZ-DFC-4087 con sus correspondientes planillas de liquidación, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; en fecha 19 de julio de 2006, este Tribunal declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso; ordenándose la notificación de las partes intervinientes.
En fecha 23 de mayo de 2007, se libró oficio de notificación dirigido a la Procuradora General de la República y boleta de notificación dirigida a la contribuyente.
El 02 de octubre de 2007, se recibió oficio O.R.O No. 002559-N, remitido por la Supervisora de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la República, acusando recibo de la perención de la causa.
El 04 de octubre de 2007, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la notificación de la Procuradora General de la República y el 30 de septiembre de 2008, dejó constancia de la notificación de la recurrente.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de la inactividad de la parte interesada en recurrir de la decisión de fecha 19 de julio de 2006, relativa a la perención de la instancia; y, habiendo transcurrido con creces el lapso de apelación señalado en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario de 2001; este Tribunal declara firme dicha decisión, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE. Así se declara.-
El Juez

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,

Abg. Yusmila Rodríguez.
Resolución No. _______-2009.-
RLB/dcz.-