JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 01 de octubre de 2009
199° - 150°

Exp. N° 313-03
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 18 de marzo de 2005; por el ciudadano HALIM MOUCHARFIECH, portador de la cédula de identidad No. 3.925.487, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.695, en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “TRANSPORTE SARI, C.A.” en contra del Acta de Intervención Fiscal S/N de fecha 10 de abril de 2003, emanada del Servicio Autónomo de Administración Tributaria (SAMAT); en fecha 02 de agosto de 2005, este Tribunal homologó el desistimiento presentado por la parte recurrente y por consiguiente extinguido el presente proceso; ordenándose la notificación de las partes intervinientes.
En fecha 13 de junio de 2007, se libró oficio de notificación dirigido al Síndico Procurador Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; siendo el 19 de noviembre de 2007, cuando el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la referida notificación.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de la inactividad de la parte interesada en recurrir de la decisión de fecha 02 de agosto de 2005, relativa a la homologación del desistimiento presentado por la parte recurrente; y, habiendo transcurrido con creces el lapso de apelación señalado en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario de 2001; este Tribunal declara firme dicha decisión, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE. Así se declara.-
El Juez
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,
Abg. Yusmila Rodríguez.
Resolución No. _______-2009.-
RLB/dcz.-