REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN CABIMAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 16 de Octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2008-009876
ASUNTO : VP11-P-2008-009876
CONSTITUCION DEL TRIBUNAL EN UNIPERSONAL ART. 164 COPP
Decisión No.142-09. Causa Nº VP11-P-2008-9876
En el día de hoy, Viernes nueve (09) de octubre del año dos mil nueve (2009), siendo las 9:20 horas de la mañana a los fines previstos en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de realizar el acto de Depuración y Constitución Definitiva del Tribunal con Escabinos, en la presente causa, signada con el N° VP11-P-2008-9876, seguida en contra de los acusados: WILLIM ANDERSON BORREGALES GOMEZ; por la presunta responsabilidad en la comisión de los delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los articulo 406 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ARILU DEL VALLE MUJICA.
A tales efectos se constituyó este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la Sala N° 2 del Despacho habilitada para tal fin, ubicada en el 1° piso de la sede del Poder Judicial, Extensión Cabimas, presidido por el Juez LEANDRO JOSE LABRADOR BALLESTERO, en compañía de la Secretaria, abogada BELKIS ALEJANDRA VASQUEZ MENDOZA. De seguidas, se dio inicio al referido acto, por lo que la ciudadana Secretaria verificó la presencia de las partes conforme a lo solicitado por el Juez de Juicio, verificándose la presencia de las partes, quienes han sido debida y legalmente notificadas; observando la presencia de: la Defensa Privada Abogado. NABETZE SANCHEZ, el acusado WILLIM ANDERSON BORREGALES GOMEZ, estando inasistentes los familiares de la victima, la Fiscal 15 del Ministerio Público, abogada AMALIA RODRIGUEZ, compareció una sola escabina la ciudadana KATIUSKA JOSEFINA NAVARO, por lo que no se cubre con la cuota mínima para constituir el Tribunal con escabinos
Ahora bien, el tribunal pasa a resolver y lo hace de la siguiente forma:
El artículo 164º del COPP establece lo siguiente:
“...El día señalado se realizara la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y se constituirá definitivamente el tribunal mixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuaran como escabinos escobinas deberán constar oportunamente en autos.
En caso que hubiere que diferir la audiencia, esta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.
Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escobinas, el juez Presidente o Jueza profesional constituirá el tribunal en forma unipersonal.
Constituido el tribunal mixto, se fijara la fecha del juicio oral y publico”.
Verificado el cumplimiento de los extremos antes señalados, resulta necesario y ajustado a derecho prescindir de los Escabinos y constituir de manera Unipersonal este Tribunal a los fines de realizar el Juicio Oral y Publico en la presenta causa, ya que habiéndose diferido la audiencia oral para constituir el Tribunal en forma mixta en cuatro oportunidades, habiéndose efectuado dos sorteos, es por lo que en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado en fecha 04-09-09, este Tribunal acuerda constituir el Tribunal en forma UNIPERSONAL, la causa seguida en contra del acusado: WILLIM ANDERSON BORREGALES GOMEZ; por la presunta responsabilidad en la comisión de los delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los articulo 406 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ARILU DEL VALLE MUJICA
Según lo establecido en el articulo 164 de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pues se han efectuado mas de dos (02) convocatorias para la constitución del Tribunal Mixto sin éxito; y por vía de consecuencia, se acuerda fijar el JUICIO ORAL y PÚBLICO, para el día miércoles SEIS (069 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009) A LAS UNA Y TREINTA DE LA TARDE (1:30 P.M.), Quedando notificados los presentes y ordenándose notificar a los órganos de prueba, dejando sin efecto cualquier fijación anterior a esta.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA constituir de manera UNIPERSONAL ESTE TRIBUNAL a los fines de realizar Juicio Oral y Publico en la presenta causa seguida en su contra, en virtud de haberse efectuado mas de dos (2) convocatorias fallidas para la constitución del Tribunal Mixto, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. CUMPLASE. Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DR. LEANDRO JOSE LABRADOR BALLESTERO
LA SECRETARIA,
ABG. BELKIS ALEJANDRA VASQUEZ MENDOZA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior resolución bajo el N° 142-09.
LA SECRETARIA,
ABG. BELKIS ALEJANDRA VASQUEZ MENDOZA