REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 9 de Octubre de 2009
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
094-09
En el día de hoy, Viernes Nueve (9) de Octubre de 2009, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, , en la Causa signada con el Nº 7M-183-09, seguida en contra del acusado JESUS ENRIQUE CARRILLO MORENO, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en calidad de COMPLICE, previsto y sancionado en los artículos 458 y 406, en concordancia con los artículos 80, 82 y 84 del Código Penal Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículos 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores, cometido en perjuicio del ciudadano RIXIO RICARDO HERRERA VILCHEZ. Se constituyó el DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria ABOG. MARIANGEL GONZALEZ, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia del Fiscal 1 en colaboración con la Fiscalia Décima Tercera del Ministerio Público ABG. CARLOS GUTIERREZ, del acusado JESUS ENRIQUE CARRILLO MORENO, quien se encuentra bajo una medida de arresto domiciliario. Igualmente se deja constancia que solo se presentó de los convocados por Participación Ciudadana: JULEIMA CHIQUINQUIRA MONTILLA FERRER. C.I: 16.298.472 y JOSÉ JOAQUÍN BRACHO CASANOVA. C.I: 12.297.477, pero solicitaron permiso para retirarse por cuanto tienen diligencias personales que realizar. Así mismo se deja constancia de la incomparecencia del defensor Privado GUSTAVO GONZALEZ. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa dos (2) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana, En este acto el acusado de auto solicita la palabra y el tribunal en vista de que no esta asistido por su defensor Privado le manifiesta que no esta obligado a declarar pero siendo que el mismo insistió en declarar, en tal sentido se procede a conceder la palabra al acusado JESUS ENRIQUE CARRILLO MORENO, quien impuesto nuevamente del precepto constitucional contenido en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución Nacional, que los exime de declarar en causa propia, expuso: “Solicito que el Tribunal se constituya de manera unipersonal, no se realicen más convocatorias y se fije el juicio lo más pronto posible, es todo”. De igual manera se deja constancia que el Fiscal 1 en colaboración con la Fiscalia 13 del Ministerio Público ABOG. CARLOS GUTIERREZ, manifiesta: “Esta Representación Fiscal esta de acuerdo con que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día MIÉRCOLES CUATRO (4) DE NOVIEMBRE DE 2.009, A LAS UNA DE LA TARDE (1:00 p.m.). Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Quedan las partes notificadas. Concluyó el acto siendo las diez y cincuenta y cinco minutos de la tarde (10:55 a.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 094-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESUS ENRIQUE RINCON
EL FISCAL 1 EN COLABORACION
CON LA FISCALIA 13 DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. CARLOS GUTIERREZ
EL ACUSADO
JESUS ENRIQUE CARRILLO MORENO
LA SECRETARIA
ABG. MARIANGEL GONZALEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta y se oficio lo conducente.
CAUSA N° 7M-183-09
JER/mila.-